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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (27/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 281138 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de noviembre de 2004 DEFENSA Autorizan viaje de Comandante FAP a Chile para participar en el curso de Gestión de Defensa Regional en AmØ- rica del Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1192-2004-DE/SG Lima, 23 de noviembre de 2004 Vista la Hoja de Recomendación Nº 10 DGPE/B/01 del 25 de octubre del 2004, del Director General de Polí- tica y Estrategia del Ministerio de Defensa; CONSIDERANDO: Que, mediante carta s/n del 30 de setiembre de 2004, el Agregado de Defensa de la Embajada Británica en el Perú, hace de conocimiento de este Despacho Ministe-rial la invitación para que dos (2) Oficiales del grado de Teniente Coronel o su equivalente, participen en el curso de Gestión de Defensa Regional en América del Sur, adesarrollarse en la República de Chile del 29 de noviem- bre al 10 de diciembre de 2004; Que, en tal sentido, se hace necesaria la asistencia y participación en el curso de Gestión de Defensa Regio- nal en América del Sur, de Personal Militar, por cuanto permitirá familiarizarlos con la necesidad de una Direc-ción Política de Defensa que hará posible a los delega- dos asistentes civiles y militares, construir una visión compartida de los puntos más importantes en seguridadregional y global; Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 10 DGPE/B/01 del 25 de octubre del 2004, el Director Ge-neral de Política y Estrategia recomienda se designe como representante del Ministerio de Defensa al Coman- dante FAP Carlos GOMEZ VERA; Que, con Carta s/n del 16 de noviembre de 2004, el Agregado de Defensa de la Embajada Británica comuni- ca a la Dirección General de Política y Estrategia de esteDespacho Ministerial, la elección del Comandante FAP Carlos GOMEZ VERA, para que participe en el curso de Gestión de Defensa Regional de América del Sur; Que, los gastos que irroguen la presente Comisión de Servicios no ocasionarán gastos al Tesoro Público, por cuanto los mismos serán asumidos por cuenta ycargo del Gobierno Británico; De conformidad, con la Ley Nº 27619 - Ley que regu- la la autorización de viajes al exterior de Servidores yFuncionarios Públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM del 5 de junio del 2002, y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión de Servicio al Comandante FAP Carlos GOMEZ VERA, para que participe en el curso de Gestión deDefensa Regional en América del Sur, a realizarse en Chile del 29 de noviembre al 10 de diciembre de 2004. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Co- misión del Servicio será sufragados por el Gobierno Bri- tánico. Artículo 3º.- El citado Oficial Superior Militar deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Decreto SupremoNº 002-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 21519Declaran nulidad de acta referente a la buena pro de ítem correspondientea la licitación pœblica para adquisiciónde vestuario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1198-2004-DE/SG Lima, 23 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio V.1000-4277 del Director de Abasteci- miento de fecha 8 de noviembre del 2004, mediante el cual eleva el recurso de apelación interpuesto por laempresa NORTH TRADING S.R.L. contra el otorga- miento de la Buena Pro del ítem 76 del Anexo (1) del proceso de Licitación Publica Nacional Nº 0004-2004MGP/DIABASTE (Primera convocatoria); CONSIDERANDO: Que, el Comité Especial respectivo realizó el proce- so de Licitación Publica Nacional Nº 0004-2004 MGP/ DIABASTE (Primera convocatoria) para la adquisición de vestuario, el cual luego de la evaluación técnica yeconómica de las propuestas presentadas por los postores, en acto público de fecha 08 de julio del 2004 y en presencia de Notario Público, otorgó la Buena Prodel ítem 76 “Tela Rip Stop camuflado boscoso”, descri- to en el Anexo (1) “relación de productos y cantidades requeridas” de las Bases del mencionado proceso, a laempresa CONFECCIONES Y REPRESENTACIONES MILITARES E.I.R.L. - COREMI; Que, la empresa NORTH TRADING SRL. mediante escrito de fecha 15 julio 2004, recibido en la misma fecha, interpuso recurso de apelación contra el otorga- miento de la Buena Pro respecto del ítem descrito en elconsiderando precedente, el cual ha sido presentado dentro del plazo legal y con los requisitos de admisibili- dad que dispone el artículo 168º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fe- cha 12 de febrero del 2001; Que, la empresa NORTH TRADING SRL. en su re- curso impugnativo solicita se revoque la decisión del Comité Especial y se le otorgue la Buena Pro del citadoítem, señalando que su propuesta cumple con las características técnicas por lo que pide se le asigne el máximo puntaje en el factor Control de Calidad; asimis-mo, indica que la empresa COREMI en su propuesta ha presentado una Declaración Jurada en la que afirma que la tela ofertada es un bien producido dentro delterritorio nacional, al respecto, señala que la tela ofer- tada por la dicha COREMI no es un producto nacional en razón que no es un bien fabricado dentro del territo-rio nacional, solicitando que una entidad autorizada por INDECOPI emita un informe pericial para determinar el origen de la tela ofertada por la empresa COREMI; Que, mediante Oficio V.200-2656 de fecha 19 de julio del 2004, el Presidente del Comité Especial corrió traslado del recurso de apelación a la empresa queobtuvo la Buena Pro, lo cual absolvió por escrito de fecha 22 de julio del 2004, recibido el día 23 del mismo mes, solicitando se declare improcedente el recursoimpugnativo y se resuelva dando por consentida la Buena Pro; Que, de los antecedentes documentarios que confor- man el expediente administrativo del citado proceso de selección, se observa que los criterios de evaluación técnica que ha aplicado el Comité Especial para el fac-tor Control de Calidad del producto requerido, así como la metodología objetiva de la asignación de puntajes en dicho factor, no están descritos para una apropiada oadecuada interpretación, lo cual imposibilita realizar un análisis del cuadro de evaluación técnica y económica anexo al Acta Nº 153 del Comité Especial de fecha 8 dejulio del 2004; Que, la situación expuesta en el considerando prece- dente constituye motivo determinante para que los “Cri-