Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2004 (27/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 27 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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ANEXO 5 REQUISITOS MINIMOS PARA LA CLASIFICACION DE ECOLODGES
REQUISITOS MINIMOS Nº de Cabanas o Bungalows independientes Ingreso suficientemente amplio para el MORDAZA de huespedes y personal de servicio Recepcion (1) Dormitorios simples (m2) Dormitorios dobles (m2) Terraza Cantidad de servicios higienicos por MORDAZA o bungalow (tipo de bano) (1) Area minima (m2) Las MORDAZA del area de ducha deben estar revestidas con material impermeable de calidad comprobada Cabanas o bungalows (servicios y equipos) Ventilador Estufa (2) Linterna grande portatil operativa Tacho para desperdicios en general Tacho para residuos y/o material reciclable (identificado con simbolo) Servicios Generales Agua debidamente procesada Agua caliente de acuerdo al horario establecido y excepcionalmente a pedido del huesped (no se aceptan sistemas activados por el usuario) Servicios higienicos publicos diferenciados por sexos Cambio regular de sabanas y minimo (3) Cambio regular de toallas y minimo (3) Custodia de valores (individual o con MORDAZA fuerte comun) Guardarropa - custodia de equipaje Generacion de energia electrica para emergencia en los lugares que cuentan con red de energia electrica Limpieza diaria de los bungalows o cabanas del Ecolodge Extintores de incendios ubicados en areas debidamente senalizadas Oficio central Personal calificado (1) Personal uniformado (las 24 horas) Guias especializados en Ecoturismo, conocedores de las comunidades nativas, la fauna y la MORDAZA locales Sala de interpretacion Codigo de Etica a disposicion de los huespedes Servicio de gastronomica priorizando la local Botiquin de primeros auxilios, incluyendo sueros antiofidicos y otros animales ponzonosos Equipo de comunicaciones para casos de emergencia 12 obligatorio obligatorio 11 m2 14 m2 6 m2 1 privado - con ducha 4 m2 1.80 m de altura obligatorio obligatorio obligatorio - 1 por MORDAZA o bungalows obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio diario diario obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio

CONSIDERACIONES GENERALES - El area minima corresponde al area util y no incluye el area que ocupan los muros. - Los servicios higienicos publicos se ubicaran en el hall de recepcion o en zonas adyacentes al mismo. - La edificacion debera guardar MORDAZA con el entorno en el que se ubique el establecimiento de Hospedaje. - El Ecolodge debe ser construido con materiales naturales propios de la MORDAZA, debiendo guardar estrecha MORDAZA con su entorno natural, con especial enfasis en la generacion de energia, que preferentemente debe ser de MORDAZA renovables, como la solar, eolica, etc., asi como implementar el manejo de sus residuos. - Los operadores de Ecolodges, son responsables de las aguas negras y la disposicion de desechos que se produzcan como resultado de los residuos comerciales generados en sus instalaciones, de acuerdo a lo contemplado en la Ley Nº 27314 Ley General de Residuos Solidos. - En lugares que no cuenten con red de energia electrica se podra exonerar el uso de artefactos electricos. (1) Definiciones contenidas en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. (2) Se tomara en cuenta la temperatura promedio de la zona. (3) El huesped podra solicitar que no se cambien regularmente de acuerdo a criterios medioambientales y otros.

ANEXO 6 REQUISITOS MINIMOS PARA LA CLASIFICACION DE ALBERGUES
REQUISITOS MINIMOS Ambientes de alojamiento, con servicios higienicos diferenciados para uso exclusivo de los huespedes Ambientes de estar Ambientes de esparcimiento Comedor Cocina Servicios higienicos publicos diferenciados por sexo Equipo de seguridad contra incendios y siniestros Equipo de comunicacion con zonas urbanas CONSIDERACIONES GENERALES Las condiciones relativas a: Ventilacion, MORDAZA de seguridad, escaleras, salidas de emergencia, etc., se cumpliran conforme a los establecido en las disposiciones municipales y del Instituto Nacional de Defensa Civil segun corresponda. - Los servicios higienicos publicos se ubicaran en el hall de recepcion o en zonas adyacentes al mismo. - La edificacion debera guardar MORDAZA con el entorno en el que se ubique el establecimiento de Hospedaje.

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