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PÆg. 281140 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de noviembre de 2004 Aprueban adquisición de simulador de vuelo de avión MIG-29 de la FuerzaAØrea de Alemania, mediante procesode adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1200-2004-DE/FAP Lima, 23 de noviembre de 2004 VISTO: El Oficio VI-70-COFA-SACFA Nº 0285 del 9 de no- viembre del 2004, a través del cual el Comandante Ge- neral de la Fuerza Aérea del Perú solicita la exoneracióndel proceso de selección de "Adjudicación Directa Se- lectiva" para la adquisición de un Simulador de Vuelos de avión MIG-29 por la causal de "Bienes que no admitensustitutos"; CONSIDERANDO: Que, el Informe Técnico Nº 004-2004 del 3 de no- viembre del 2004 del Jefe del Departamento de Aviónica del Servicio de Electrónica de la Fuerza Aérea del Perú, establece que la Fuerza Aérea del Perú cuenta desde1996 con un Sistema de Armas MIG-29, no habiendo comprendido dicha adquisición un Simulador de Vuelos, cuyo costo individual nuevo de fábrica oscila entre losUS $ 24'000,000.00 a US $ 48'000,000.00; Que, desde el año de adquisición del indicado Siste- ma de Armas, se presentó la necesidad operativa decomplementar el entrenamiento de las tripulaciones de dichas aeronaves en simuladores en el extranjero, en tal sentido estas tripulaciones han recibido entrenamientoen los Simuladores de Vuelos de Baranovich en Bielorru- sia y de Kuchovskaya en la Federación Rusa; Que, la Fuerza Aérea de Alemania contaba con una flota de aeronaves MIG-29, la misma que ha sido trans- ferida al Gobierno de Polonia, a consecuencia de lo cual retirará del servicio el Simulador de Vuelos de avión MIG-29 que posee, habiéndolo ofertado a la Fuerza Aérea del Perú dicho simulador; Que, el valor referencial por la adquisición del Simu- lador de Vuelos de avión MIG-29 es de E 10,000.00 (Diez Mil con 00/100 Euros), con cargo al presupuesto R.O. / R.D.R. AF-2004 en la cadena de gasto 6.7.11.51; Que, el indicado Simulador de Vuelos se encuentra operativo, siendo un sistema concebido y fabricado en la Federación Rusa, el mismo que ha sido modernizadoempleando alta tecnología occidental mediante el em- pleo de computadoras que generan virtualmente los di- ferentes escenarios en tierra -aeródromos, pistas, pai-sajes- y en el aire -día, noche, nubes- y de combate - aviones enemigos; Que, la generación por software de múltiples escena- rios virtuales es la gran diferencia entre el Simulador que oferta la Fuerza Aérea Alemana y de aquellos disponi- bles en la Federación Rusa y en Bielorrusia que presen-tan la información visual al piloto por medio de cámaras de televisión y que se desplazan a lo largo de maquetas fijas de tres únicos escenarios "aeródromo, polígono detiro y navegación" lo que los hace sistemas sumamente rígidos y con mínimas posibilidades de modificación de escenarios, característica a la que se añade la posibili-dad de poder introducir diferentes fallas en las aerona- ves para el entrenamiento de emergencias y de que se pueda dirigir una aeronave enemiga para el entrena-miento de interceptaciones y de combate, se establece que el Simulador de Vuelos ofrecido por la Fuerza Aérea de Alemania es un sistema único en su género en elmundo y que por lo tanto no admite sustituto; Que, el alto costo que genera la hora de vuelo real del avión MIG-29 hace necesario determinar las medidasalternativas que permitan asegurar el entrenamiento de las tripulaciones al menor costo posible, constituyendo el entrenamiento en Simulador de Vuelos una alternativaen primera prioridad, que permitirá un ahorro al Estadoen entrenamiento del personal de pilotos del avión MIG- 29, más aún teniendo en cuenta el valor referencial deéste; Que, el Informe Legal Nº 0004-2004 del 3 de noviem- bre del 2004 de la Asesora Legal del Servicio de Electró-nica señala que la solicitud de exoneración del proceso de selección de "Adjudicación Directa Selectiva" por la causal de "Bienes que no admiten sustitutos", se encuen-tra enmarcada dentro de los alcances del Inciso f), Artí- culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado con elDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, el Inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, dispone que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público y AdjudicaciónDirecta, según sea el caso, las adquisiciones que se realicen por "Bienes que no admiten sustitutos"; Que, el Artículo 20º del dispositivo legal antes mencionado establece que las contrataciones a que se refiere el Artículo 19º, se realizarán mediante el proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía, salvo las previs-tas en el literal b) del mencionado artículo y se aproba- rán mediante Resolución del Titular del Pliego de la en- tidad; asimismo dicha Resolución requiere obligato-riamente de un Informe Técnico Legal previo y será publicada en el Diario Oficial El Peruano, remitiéndose copia de la Resolución y del Informe Técnico Legal quela sustenta ante la Contraloría General de la República dentro de los diez días siguientes a la fecha de su aprobación; Que, los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, esta-blecen que de producirse los supuestos señalados en el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrata-ciones y adquisiciones se efectuarán mediante el pro- ceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía, para tal efecto la Entidad competente para aprobar laexoneración designará a la dependencia u órgano en- cargado de llevar a cabo el mencionado proceso, de acuerdo al monto involucrado, su complejidad, enver-gadura o sofisticación; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aérea del Perú del proceso de selección de "Adjudicación Directa Selecti-va" por la causal de "Bienes que no admiten sustitutos" para la adquisición a la Fuerza Aérea de Alemania de un Simulador de Vuelos del avión MIG-29. Artículo 2º.- Aprobar a favor de la Fuerza Aérea de Alemania, la adquisición de un Simulador de Vuelo de avión MIG-29 por el valor referencial de E 10,000.00(Diez Mil con 00/100 Euros), con cargo al presupuesto R.O. / R.D.R. AF-2004 en la cadena de gasto 6.7.11.51. Artículo 3º.- Autorizar al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú a nombrar al Comité Especial que llevará a cabo el respectivo proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía, así como alComandante de Material a aprobar las Bases Adminis- trativas y al Comandante del Servicio de Electrónica a suscribir el contrato respectivo de conformidad con loestablecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla- mento. Artículo 4º.- Remitir la presente Resolución Ministe- rial a la Contraloría General de la República, con los antecedentes del caso, dentro de los diez (10) días ca-lendario siguientes a la fecha de aprobación. Regístrese, publíquese y archívese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 21521