Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2004 (27/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 27 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que la propuesta de la modificacion del referido Plan ha sido presentada a traves del Viceministro de Turismo, segun encargo conferido por acuerdo del Comite Especial; Que, corresponde al Titular de Comercio Exterior y Turismo aprobar dicha propuesta; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Ley Nº 27889, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la modificacion del Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional para el ano 2004, que en Anexo forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 21482

Disponen aplicar derechos correctivos provisionales ad valorem, restituyendo el arancel al nivel de nacion mas favorecida, sobre importaciones de mantecas y grasas vegetales originarias y procedentes de Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 013-2004-MINCETUR/VMCE MORDAZA, 24 de noviembre de 2004 VISTOS: El Acuerdo de Cartagena y el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 082003-MINCETUR/VMCE, el gobierno peruano decidio imponer una medida de salvaguardia MORDAZA al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 97º del Acuerdo de Cartagena, a un grupo de productos del sector oleaginoso, por haberse verificado la existencia de perjuicio a la MORDAZA de la produccion nacional de dichos productos; Que, mediante la Resolucion Nº 805 de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA se autorizo al Peru la imposicion de una salvaguardia MORDAZA para las importaciones originarias de Colombia de las subpartidas NANDINA 1516.20.00 y 1517.90.00, autorizando la imposicion de derechos correctivos hasta el nivel NMF, estableciendo un contingente libre de gravamen de 1 566 toneladas hasta el 21 de noviembre del 2004; Que, las condiciones que motivaron la medida autorizada mediante la referida Resolucion Nº 805 se han mantenido e incluso agravado, por las multiples distorsiones existentes en el comercio de productos oleaginosos en la Subregion; Que, se ha verificado que las importaciones de mantecas y grasas vegetales que ingresaban bajo la subpartida 1516.20.00 inicialmente afecta a las medidas, actualmente ingresan por la subpartida 1511.90.00, que incluye productos de similares caracteristicas; De conformidad con el articulo 97º del Acuerdo de Cartagena, la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; RESUELVE: Articulo 1º.- Aplicar derechos correctivos provisionales ad valorem de un 12%, restituyendo el arancel al nivel de nacion mas favorecida, sobre las importaciones de mantecas y grasas vegetales que ingresan bajo las subpartidas arancelarias 1516.20.00, 1511.90.00 y 1517.90.00, originarios y procedentes de Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela. Articulo 2º.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunicara a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la aplicacion de la presente Resolucion, asi como las precisiones que fueran necesarias sobre sus alcances. La presente Resolucion entrara en vigencia desde el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA BELAUNDE Viceministro de Comercio Exterior 21515

Aprueban el Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional para el ano 2005
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 435-2004-MINCETUR/DM MORDAZA, 25 de noviembre de 2004 Visto el Memorandum Nº 1001-2004-MINCETUR/ VMT, del Viceministro de Turismo y el Acta de Sesion Extraordinaria del Comite Especial creado por la Ley Nº 27889; CONSIDERANDO: Que, el Comite Especial creado por Ley Nº 27889 Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, en su Sesion Extraordinaria (Sesion Nº 1-2004), de fecha 11 de junio de 2004, aprobo por unanimidad la propuesta de Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional 2005, a que se refiere el articulo 4º de la citada Ley, el mismo que contiene el detalle de las actividades y proyectos de promocion en el exterior y desarrollo del turismo nacional, asi como el gasto proyectado para cada uno de ellos; Que la propuesta del referido Plan ha sido presentada a traves del Viceministro de Turismo, segun encargo conferido por acuerdo del Comite Especial; Que, corresponde al Titular de Comercio Exterior y Turismo aprobar dicha propuesta; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Ley Nº 27889, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional para el ano 2005, que en Anexo forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 21483

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