Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2004 (24/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de octubre de 2004

Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIAZZA Presidente Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios 19052

Resolucion, brindaran las facilidades a los actualizadores encargados del diligenciamiento del formulario, quienes estaran debidamente acreditados por la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 4º.- Se establece el periodo de recojo de informacion de esta actividad, entre los meses de octubre y noviembre del ano 2004. Articulo 5º.- Las personas naturales y juridicas de las empresas seleccionadas, que incumplan con brindar la informacion, seran sancionadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91º del D.S. Nº 043-2001PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe 19133

INEI
Autorizan ejecutar la "Actualizacion de la Informacion Basica de las Empresas de MORDAZA Metropolitana"
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA RESOLUCION JEFATURAL Nº 297-2004-INEI MORDAZA, 18 de octubre del 2004 Visto, el Oficio Nº 430-2004­SG/OEI, de la Oficina de Estadistica e Informatica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (MTPE), solicitando autorizacion para realizar la "Actualizacion de la Informacion Basica de las Empresas de MORDAZA Metropolitana" a traves de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizadas por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Basicas; Que, la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, requiere efectuar la "Actualizacion de la Informacion Basica de las Empresas de MORDAZA Metropolitana", que permita ratificar, rectificar o actualizar los datos de identificacion de las empresas, la actividad economica principal y secundaria, y el numero de trabajadores por categoria ocupacional y modalidades de contratacion; Que, en tal sentido la precitada Direccion Nacional realizara la "Actualizacion de la Informacion Basica de las Empresas de MORDAZA Metropolitana" a una muestra de empresas de todos los sectores economicos, siendo necesario aprobar el formulario respectivo y fijar el periodo de ejecucion; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la ejecucion de la "Actualizacion de la Informacion Basica de las Empresas de MORDAZA Metropolitana", a una muestra de empresas de todos los sectores economicos, la que sera ejecutada por la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2º.- Aprobar el formulario para relevar informacion de las empresas, el mismo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas seleccionadas a que se refiere el articulo 1º de la presente

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Dejan en suspenso la obligacion de las EPS de reportar trimestralmente a la SEPS la actualizacion de indicadores prestacionales
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL Nº 053-2004-SEPS/IG
MORDAZA, 20 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 14º de la Ley Nº 26790, Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS) autoriza, regula y supervisa el funcionamiento de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS); Que, la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 00997-SA, establece que las empresas y entidades que presten servicios vinculados a los Planes de Salud ofrecidos por las EPS deben registrarse en la SEPS, y estan sujetas a su supervision; Que, mediante Resolucion de Intendencia General Nº 077-2000-SEPS/IG, se aprobaron los indicadores prestacionales y economico-financieros que la SEPS utilizara para llevar a cabo la supervision de las entidades comprendidas dentro del ambito de aplicacion del Reglamento General de Supervision de la SEPS; Que, mediante Resolucion de Intendencia General Nº 035-2002-SEPS/IG se dispuso la actualizacion de los indicadores prestacionales, estableciendose en su Articulo 2º la obligatoriedad de las EPS de reportarlos a la SEPS con una periodicidad trimestral y en un plazo no mayor de noventa (90) dias posteriores a la culminacion del trimestre; Que, la SEPS viene desarrollando el modelo de transmision electronica de informacion de las prestaciones de salud desde los establecimientos de salud hacia las EPS y desde estas hacia la SEPS, cuya implementacion permitira obtener dichos indicadores con base en informacion de calidad; En ejercicio de lo establecido en la Disposicion Complementaria Unica de la Resolucion de Superintendencia Nº 053-2000-SEPS/CD; RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar en suspenso lo dispuesto en el Articulo 2º de la Resolucion de Intendencia General Nº 035-2002-SEPS/IG, hasta la fecha que establezca la SEPS para el inicio de la aplicacion del modelo de transmision electronica de informacion de las prestaciones de salud en el Sistema de EPS.

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