Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2004 (24/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, MORDAZA 24 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 052-2004 MDLO-CEP de la Comision de Economia y Presupuesto, el Informe Nº 475-2004-MDLO/SGAF/DRAT y el Informe Nº 496-2004MDLO/SGAF/DRAT de la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia Politica, Economica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley, en concordancia con la MORDAZA IV; MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, con Ordenanza Nº 0155-CDLO, del 15 de MORDAZA de 2004, se establecio a partir del 7 de MORDAZA y hasta el 7 de junio de 2004, el plazo para que los contribuyentes suscriban convenios de fraccionamiento por todas las deudas tributarias pendientes de pago de periodos vencidos, acogiendose al beneficio tributario de Condonacion Parcial del 40% del Interes Moratorio y su capitalizacion anual, sin considerar el Indice de Precios al Por Mayor (IPM) en el Impuesto Predial. Lo Indicado incluye las obligaciones tributarias que se fraccionen en instancia de cobranza coactiva; Que, mediante Ordenanza Nº 168-CDLO, de fecha 15 de agosto de 2004, se prorrogo el beneficio de Condonacion del 40% de Interes Moratorio y ajustes de tributarios municipales; el mismo que es necesario y urgente prorrogar dicho beneficio tributario; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y POR UNANIMIDAD, el Concejo Distrital de Los MORDAZA aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 176-CDLO QUE ESTABLECE LA PRORROGA DEL BENEFICIO DE CONDONACION DEL 40% DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES VENCIDOS MEDIANTE LA SUSCRIPCION DE CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 10 de diciembre del presente ano, los alcances del beneficio tributario contenido en la Ordenanza Nº 168-CDLO, de fecha 15 de agosto de 2004; conforme a los fundamentos esgrimidos en la presente. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCION DE RECAUDACION Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTION INFORMATICA su debida implementacion y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19054

Prorrogan plazo de Beneficio Tributario referente al pago de deudas correspondientes al Arbitrio de Serenazgo referidos en la Ordenanza Nº 169CDLO
ORDENANZA Nº 177-CDLO
Los MORDAZA, 14 de octubre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 053-2004-MDLO-CEP de la Comision de Economia y Presupuesto, el Informe Nº 475-2004-MDLO/SGAF/DRAT y el Informe Nº 496-2004MDLO/SGAF/DRAT de la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley, en concordancia con la MORDAZA IV; MORDAZA de Legalidad Reserva de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, con Ordenanza Nº 0149-CDLO, del 20 de marzo de 2004 se resuelve derogar la Ordenanza Nº 146CDLO y exonerar a partir de su publicacion y hasta el 30 de MORDAZA de 2004 el 50% de las deudas correspondientes al Arbitrio de Serenazgo, asi como del 100% de los intereses moratorios y reajustes generados por dicho concepto, por el pago al contado de los importes anuales correspondientes a los periodos vencidos; Que, con Ordenanza Nº 169-CDLO, de fecha 15 de agosto de 2004 se prorroga hasta el 9 de octubre del presente ano, los alcances del beneficio tributario contenido en el articulo primero de la Ordenanza Nº 159CDLO, de fecha 12 de junio de 2004; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus adeudos pendientes por concepto de Tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y POR UNANIMIDAD, el Concejo Distrital de Los MORDAZA aprobo lo siguiente: ORDENANZA Nº 177-CDLO QUE ESTABLECE LA PRORROGA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO DE EXONERACION PARCIAL POR ARBITRIO DE SERENAZGO POR PAGO AL CONTADO DE PERIODOS VENCIDOS CONTENIDO EN LA ORDENANZA Nº 169-CDLO Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 10 de diciembre del presente ano, los alcances del beneficio tributario contenido en el articulo primero de la Ordenanza Nº 0169-CDLO. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCION DE RECAUDACION Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTION INFORMATICA su debida implementacion y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19055

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