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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (24/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G30/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de octubre de 2004 Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS ANTONIO JIMENO HERNÁNDEZ Intendente General 19139 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G73/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G73/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G65/G73/G2C/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G73/G20/G79/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/G6F/G2D/G70/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G2D /G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G42/GE1/G73/G69/G63/G6F/G73 ORDENANZA Nº 041-2004/MDA Ancón, 15 de setiembre de 2004VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de la Mu- nicipalidad de Ancón, de conformidad con el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que el saneamiento de las posesiones informales y Urbanizaciones populares, se ven postergados básica-mente por trabas de carácter legal y de propiedad, lascuales son difíciles de salvar en un corto plazo, existien-do poblados que llevan hasta 25 años sin los más ele- mentales servicios básicos, lo que afecta la salud y bie- nestar de los pobladores y el medio ambiente de nuestrodistrito; por lo que es conveniente establecer y facilitar elprocedimiento más adecuado para alcanzar la Visaciónde Planos; Estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972 y contando con el voto unánime del Concejo Municipal y con la dispensa del trá- mite de aprobación de actas se aprobó la siguiente: QUE APRUEBAN PROCEDIMIENTO DE VISACIÓN DE PLANOS DE POSESIONES INFORMALES, CENTROS URBANOS Y URBANIZACIONES POPULARES, PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE SERVICIOS BÁSICOS Artículo Primero.- Objetivos:1.- Facilitar la obtención de la visación de planos a los administrados sean posesionarios informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares, para laejecución de proyectos de servicios básicos tales comoelectrificación e instalaciones de redes de agua y de- sagüe. 2.- Contribuir con el desarrollo y progreso del distrito, estableciendo facilidades en el trámite administrativo para la ejecución de proyectos que beneficiarán, darán ma- yor bienestar y mejorarán la calidad de vida de la pobla-ción de Ancón. Artículo Segundo.- Base Legal -Constitución Política del Perú. -Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972.-Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Artículo Tercero.- Ámbito de Aplicación La presente Ordenanza es de aplicación en posesio- nes informales, centros urbanos informales y urbaniza-ciones populares ubicados en jurisdicción del distrito deAncón, siempre y cuando tengan en trámite la formaliza-ción de su propiedad o su habilitación urbana ante las entidades competentes y no los hayan llegado a con- cluir; y que no cuenten con alguno de los servicios bási-cos como agua, desagüe o electrificación. Esta Ordenanza no es aplicable para aquellas per- sonas naturales o jurídicas que se dediquen a realizarhabilitaciones urbanas con fines comerciales. Asimismo, la Visación de Planos no otorga derechos de propiedad ni significa reconocimiento ni otorgamientode habilitación urbana por parte de la Municipalidad afavor del administrado. Artículo Cuarto.- Definiciones Para efectos de la presente Ordenanza se entiende por: a) Posesiones informales: a los asentamientos hu- manos, pueblos jóvenes, centros urbanos, pueblos tra-dicionales y toda otra forma de posesión, ocupación otitularidad informal de predios con fines urbanos, cual- quiera sea su denominación. b) Centros Urbanos Informales: a las zonas urba- nas no formalizadas ocupadas, considerándose comotales aquellos conjuntos de manzanas determinadas yvías trazadas, que sean resultado de un proceso dehabilitación urbana, que cuenten con construcciones par- cialmente consolidadas y cuyos lotes de vivienda han sido individual y directamente adquiridos por cada unode los integrantes del centro urbano informal. c) Urbanizaciones Populares: a aquellas desarro- lladas sobre predios matrices con títulos de propiedadotorgados a favor de Asociaciones Pro Vivienda, Coo- perativas de Vivienda, Asociaciones de Vivienda, Juntas de Propietarios, Juntas de Compradores o cualquier otraforma asociativa de vivienda. Artículo Quinto.- Las posesiones informales, los cen- tros urbanos informales y urbanizaciones populares, de- berán continuar sus trámites de formalización o habilita- ción urbana, sin perjuicio del trámite que puedan seguir alamparo de la presente Ordenanza de manera simultánea. Artículo Sexto.- Del procedimiento: Nº Denominación Requisitos Derechos por Calificación del trámite Dependencia Autoridad Resuelve del trámites que inicia el que recurso procedimiento administrativos Automático Evaluación previa trámite aprueba de Silenc. No impugnación Administ. regulado Positivo Negativo Visación de planos 1. Solicitud 15 días Subgerencia Subgerente Reconsideración: para posesiones 2. Plano de Lotizac ión y de Trámite de Desarrollo sugerente informales y perimétrico firmados por Documentación Urbano Apelación: urbanizaciones un Ing. o Arq. Colegiado Gerente de populares para la (3 juegos) Desarrollo elaboración de 3. Memoria descriptiva Urbano proyectos de firmada por un Ing.servicios técnicos Colegiado. 4. Pago por derecho de S/. 100.00 ó NOTA: Los plazos trámite 3.125% de la para interponer U.I.T. (hasta y resolver en 100 lotes) instancia será de 15 y 30 días 5. Pago por inspección S/. 50.00 hábiles, ocular. respectivamente. 6. Personería jurídica y/oreconocimiento municipalde las posesionesinformales, centrosurbanos informales y urbanizaciones populares.