Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2004 (24/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 24 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General 19139

electrificacion e instalaciones de redes de agua y desague. 2.- Contribuir con el desarrollo y progreso del distrito, estableciendo facilidades en el tramite administrativo para la ejecucion de proyectos que beneficiaran, daran mayor bienestar y mejoraran la calidad de MORDAZA de la poblacion de Ancon. Articulo Segundo.- Base Legal

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban Procedimientos de Visacion de Planos de Posesiones Informales, Centros Urbanos y Urbanizaciones Populares, para la Ejecucion de Proyectos de Servicios Basicos
ORDENANZA Nº 041-2004/MDA Ancon, 15 de setiembre de 2004 VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de la Municipalidad de Ancon, de conformidad con el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que el saneamiento de las posesiones informales y Urbanizaciones populares, se ven postergados basicamente por trabas de caracter legal y de propiedad, las cuales son dificiles de salvar en un corto plazo, existiendo poblados que llevan hasta 25 anos sin los mas elementales servicios basicos, lo que afecta la salud y bienestar de los pobladores y el medio ambiente de nuestro distrito; por lo que es conveniente establecer y facilitar el procedimiento mas adecuado para alcanzar la Visacion de Planos; Estando a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y contando con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas se aprobo la siguiente: QUE APRUEBAN PROCEDIMIENTO DE VISACION DE PLANOS DE POSESIONES INFORMALES, CENTROS URBANOS Y URBANIZACIONES POPULARES, PARA LA EJECUCION DE PROYECTOS DE SERVICIOS BASICOS Articulo Primero.- Objetivos: 1.- Facilitar la obtencion de la visacion de planos a los administrados MORDAZA posesionarios informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares, para la ejecucion de proyectos de servicios basicos tales como
Nº Denominacion del procedimiento Requisitos

-Constitucion Politica del Peru. -Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. -Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Articulo Tercero.- Ambito de Aplicacion La presente Ordenanza es de aplicacion en posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares ubicados en jurisdiccion del distrito de Ancon, siempre y cuando tengan en tramite la formalizacion de su propiedad o su habilitacion MORDAZA ante las entidades competentes y no los hayan llegado a concluir; y que no cuenten con alguno de los servicios basicos como agua, desague o electrificacion. Esta Ordenanza no es aplicable para aquellas personas naturales o juridicas que se dediquen a realizar habilitaciones urbanas con fines comerciales. Asimismo, la Visacion de Planos no otorga derechos de propiedad ni significa reconocimiento ni otorgamiento de habilitacion MORDAZA por parte de la Municipalidad a favor del administrado. Articulo Cuarto.- Definiciones Para efectos de la presente Ordenanza se entiende por: a) Posesiones informales: a los asentamientos humanos, pueblos jovenes, centros urbanos, pueblos tradicionales y toda otra forma de posesion, ocupacion o titularidad informal de predios con fines urbanos, cualquiera sea su denominacion. b) Centros Urbanos Informales: a las zonas urbanas no formalizadas ocupadas, considerandose como tales aquellos conjuntos de manzanas determinadas y vias trazadas, que MORDAZA resultado de un MORDAZA de habilitacion MORDAZA, que cuenten con construcciones parcialmente consolidadas y cuyos lotes de vivienda han sido individual y directamente adquiridos por cada uno de los integrantes del centro MORDAZA informal. c) Urbanizaciones Populares: a aquellas desarrolladas sobre predios matrices con titulos de propiedad otorgados a favor de Asociaciones Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda, Asociaciones de Vivienda, Juntas de Propietarios, Juntas de Compradores o cualquier otra forma asociativa de vivienda. Articulo Quinto.- Las posesiones informales, los centros urbanos informales y urbanizaciones populares, deberan continuar sus tramites de formalizacion o habilitacion MORDAZA, sin perjuicio del tramite que puedan seguir al MORDAZA de la presente Ordenanza de manera simultanea. Articulo Sexto.- Del procedimiento:
Dependencia que inicia el tramite No regulado 15 dias Subgerencia de Tramite Documentacion Autoridad que aprueba Resuelve recurso de impugnacion

Derechos por Calificacion del tramite tramites administrativos Automatico Evaluacion previa Silenc. Administ. Positivo Negativo

Visacion de planos para posesiones informales y urbanizaciones populares para la elaboracion de proyectos de servicios tecnicos

1. Solicitud 2. Plano de Lotizacion y perimetrico firmados por un Ing. o Arq. Colegiado (3 juegos) 3. Memoria descriptiva firmada por un Ing. Colegiado. 4. Pago por derecho de S/. 100.00 o tramite 3.125% de la U.I.T. (hasta 100 lotes) 5. Pago por inspeccion S/. 50.00 ocular. 6. Personeria juridica y/o reconocimiento municipal de las posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares.

Subgerente Reconsideracion: de Desarrollo sugerente MORDAZA Apelacion: Gerente de Desarrollo MORDAZA NOTA: Los plazos para interponer y resolver en instancia sera de 15 y 30 dias habiles, respectivamente.

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