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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G36/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 2 de setiembre de 2004 el cual se establecen las normas técnicas y legales a las cuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídi-cas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordena- miento empresarial, administrativo, operativo y de seguri- dad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático expedir los Permisos de Operación a las personas naturales o jurídi-cas, que así lo soliciten; Que, la empresa TIO JHONNY SAC. ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamen-to de Transporte Fluvial Comercial vigente, para prestar ser- vicio irregular de transporte fluvial comercial de carga ge- neral, en tráfico internacional; Que, la empresa TIO JHONNY SAC. se encuentra de- bidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20493212797; Que, mediante Informe Nº 215-2004-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimodal, así como del Informe Nº 240-2004-MTC/13.al del Asesor Le-gal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operación presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, con el Decre- to Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2003-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de la empresa TIO JHONNY SAC para prestar servicio detransporte fluvial comercial, en la forma siguiente: TRÁFICO : InternacionalSERVICIO : Irregular; de puertos peruanos en el trapecio amazónico a puertos deBrasil, Colombia, Ecuador y vicever- sa TRANSPORTE : Carga general Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con una (1) embarca- ción denominada Tío Víctor, con matrícula Nº IQ-007464- AF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de la publicación en el Dia-rio Oficial El Peruano. La renovación deberá ser solicitada por el recurrente a la Dirección General de Transporte Acuá- tico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones conanticipación de sesenta (60) días calendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, implica la obligación por parte de su titular, de someterse al Decre- to Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposiciones le- gales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial,debiendo adecuarse a las normas modificatorias y com- plementarias que se expida sobre la materia, así como a las disposiciones y directivas que dicte la Dirección Gene-ral de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que pres-tan servicio de transporte fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, lo dis- puesto por la presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- El presente permiso de operación man- tendrá su plena vigencia en tanto, TIO JHONNY SAC, cum- pla con mantener vigentes las pólizas de seguro corres-pondientes e informe de las renovaciones del caso a la Autoridad de Transporte Acuático y a la Autoridad Marítima competente. Artículo 7º.- El permiso de operación otorgado queda- rá sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministe- rio emita el acto administrativo correspondiente, si el admi-nistrado no cumple con la publicación de la presente reso- lución en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, con- tados a partir de la fecha de la presente Resolución Direc-toral. Artículo 8º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas, a las Capitanías de Puerto de Iquitos, Pucall- pa y Yurimaguas y a las Direcciones Regionales de Trans-portes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de Loreto y Ucayali, para su conocimiento y fines. Artículo 9º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director General 15327 VIVIENDA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G2D /G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G41/G6C/G74/G6F/G20/G48/G75/G61/G6C/G6C/G61/G67/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G44/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 207-2004-VIVIENDA Lima, 1 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecu- tivo del Proyecto Especial Alto Huallaga del Instituto Na- cional de Desarrollo - INADE; Que, es necesario designar a la persona que asuma el cargo antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y De- creto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designación Designar, a partir de la fecha, al Ing. Eduardo Rosendo Cervantes Huamaní en el cargo de Director Ejecutivo delProyecto Especial Alto Huallaga del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 15859 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G67/G72/G61/G74/G75/G69/G74/G6F /G64/G65/G20/G63/G61/G6D/G69/G6F/G6E/G65/G74/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G2D/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 711-2004-GG-PJ Lima, 31 de agosto de 2004 VISTO: El Oficio Nº 1505-2004-GAF-GG/PJ remitido por la Ge- rencia de Administración y Finanzas elevando el Informe Nº 108-2004-ASFLI CP-SL-GAF-GG-PJ presentado por elÁrea de Saneamiento Físico Legal y Control Patrimonial de la Subgerencia de Logística, recomendando la acepta- ción de la adjudicación de un vehículo según anexo adjun-to a favor del Poder Judicial - Corte Superior de Justicia de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, la Intendencia de Aduanas de Mollendo hace en- trega en calidad de adjudicación una Camioneta Panel;