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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G36/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de setiembre de 2004 razón, se encuentran bajo responsabilidad de la em- presa privada el mayor número de empresas sectoria- les, reservándose el Estado el cumplimiento de sus roles normativos, promotores, reguladores y fiscaliza- dores. Esta situación es altamente favorable para el desa- rrollo sectorial, puesto que el mayor número de empresas vienen haciendo uso de modernas tecnologías de produc- ción y técnicas de gestión orientadas a lograr mayores y mejores niveles de eficiencia y eficacia, con lo cuál contri- buyen significativamente a impulsar la modernización y efi- ciencia de todas aquéllas actividades empresariales que le son conexas. Por tanto, cualquier paralización de las actividades sectoriales incidirá negativamente en los nive- les de producción y dinámica de gestión de otras activida- des sectoriales. Por lo anteriormente expresado, es sumamente impor- tante para el país que las actividades minero - energé- ticas se desarrollen en adecuadas condiciones de pro- tección frente a la eventualidad de desastres que po- drían ser ocasionados por fenómenos naturales o tecnoló- gicos; en tal sentido, el Plan Sectorial de Prevención y Desastres que se presenta deberá constituirse en uno de los documentos de gestión institucional de mayor impor- tancia, y tener una de las más altas prioridades en el pro- ceso de asignación de recursos presupuestales, ya que cualquier nivel de inversión en actividades y proyectos de prevención siempre va a ser sumamente menor o poco sig- nificativo frente a cualquier nivel de inversión de recons- trucción o rehabilitación que tendría que efectuarse. 7. SITUACIÓN SUBSECTORIAL FRENTE A LOS DE- SASTRES 7.1. Actividad MineraTodas las actividades mineras que se desarrollan en el país están normadas por la Ley General de Minería (Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 014- 92-EM del 2 de junio de 1992) y sus respectivos Reglamen- tos, entre los que desatacan el de Procedimientos Mineros, Seguridad e Higiene Minera, Protección Ambiental en la actividad Minero Metalúrgico y Normas Técnicas para Operaciones Periciales Mineras. En el desarrollo de las actividades mineras, muchas situaciones de riesgo se extienden más allá de los lími- tes del área donde se encuentra ubicad a. Las comuni- dades, tierras agrícolas, cuerpos de agua, cuencas hidro- gráficas, caminos y otros, comprendidos dentro de un de- terminado radio de acción o área de influencia, son consi- derados objetos de riesgos potenciales tanto por las pro- pias actividades mineras como por los peligros naturales que podrían presentarse, tales como sismos, deglaciacio- nes, lluvias, derrumbes, huaycos, deslizamientos, etc. La actividad minera, en cada una de sus etapas produ- ce variados y significativos impactos en el entorno fí- sico, económico, social y ambiental en el que se desa- rrolla, por lo que es necesario adoptar las medidas de pre- vención más convenientes para evitar, reducir y/o eliminar estos impactos. La presencia de fenómenos naturales tales como los sismos, lluvias intensas, deslizamientos y huaycos podrían desestabilizar los botaderos de desmonte, y afectar significativamente las presas de relaves, las plantas de beneficio, fundición y de refinación, que son conside- radas como las instalaciones más vulnerables dentro del desarrollo de las actividades mineras. Por ello, es sumamente importante y necesario que dichas instalacio- nes dispongan de un adecuado sistema de alerta que per- mita detectar a tiempo variaciones en las condiciones geo- dinámicos de las rocas, glaciares, lagunas, etc.; para infor- mar en forma antelada y oportuna, tanto a las empresas como a la población, de los peligros potenciales que po- drían presentarse, y así proceder a la respectiva evacua- ción. Otro aspecto importante a tener en consideración en el desarrollo de las actividades mineras dado que la mayor parte de ellas se encuentran ubicadas en la cordillera andi- na, es el tratamiento de los glaciares , puesto que un fe- nómeno de deglaciación, que produce el desprendimiento de masas de hielo, flujos de escombros, aluviones, etc., puede hacer colapsar los drenes naturales de las lagunas, lo que provocaría la destrucción de toda la infraestructura existente así como graves daños a la población y al medio ambiente.Por último, un grave problema para el desarrollo de las actividades mineras en mejores condiciones de seguridad, y que la hace más vulnerable frente a la presencia de fenó- menos naturales, lo constituye la falta o poca disponibili- dad de información referente a la captación de caudales, cauces, glaciares, lagunas, etc., así como de mapas de riesgo o de peligros potenciales del entorno, tales como desbordes de cauces, inestabilidad de masas terrígenas en pendientes (deslizamientos, derrumbes, etc.). De lo anteriormente expresado, se determina la nece- sidad de implementar algunos programas orientados a la reducción de riesgos y atención de desastres, considerán- dose como los más importantes los siguientes: - Un Plan de Emergencia Minera , elaborado por cada empresa, en su centro de operaciones mineras, y en fun- ción a su ubicación, identificación de peligros dentro de su entorno, y el respectivo análisis de vulnerabilidades y esti- mación de riesgos. Al respecto, el Ministerio ha elaborado una Guía de Respuesta a Emergencias Mineras que orien- tará la formulación y ejecución de este plan. - Un Plan de Contingencia para sus actividades mi- nero - metalúrgicas, relacionadas principalmente con el uso y manipulación del cianuro y otras sustancias tóxicas y peligrosas. - Un Plan de Estabilización de Pasivos Ambientales de operaciones mineras preexistentes que se encuentren ubicadas en zonas de potencial riesgo de colapso, como por ejemplo cabeceras de cuencas importantes. Dicho plan deberá incluir la justificación de inversión, análisis de alter- nativas para estabilización física y química, cálculo del pre- supuesto con la determinación de fuentes de financiamiento y programa de monitoreo. 7.2. Actividad de HidrocarburosTodas las actividades de Hidrocarburos que se desa- rrollan en el país se encuentran normadas por la Ley Or- gánica de Hidrocarburos (Ley Nº 26221 del 19 de agosto de 1993) y sus respectivos Reglamentos, entre los que destacan el de Seguridad para el Almacenamiento de Hi- drocarburos, Seguridad para Establecimientos de Venta al Público de Combustibles Derivados de Hidrocarburos, Se- guridad para el Transporte de Hidrocarburos, y Seguridad para Instalaciones y Transporte de Gas Licuado de Petró- leo. La naturaleza extractiva de la actividad hace que esté significativamente interrelacionada con la ecología , como expresión del medio ambiente donde el ser humano tiene que vivir y sobrevivir. Consecuentemente, requiere que se adopten todas las medidas de prevención necesa- rias para evitar reducir o eliminar los impactos negativos que podrían presentarse. Las actividades de hidrocarburos, en cada una de sus etapas productivas, generan gran cantidad de desechos sólidos, líquidos y gaseosos, de alta peligrosidad y al- tos índices de contaminación ; por lo que requieren trata- mientos adecuados para minimizar sus impactos. En las actividades de hidrocarburos las vulnerabilida- des más relevantes están identificadas en las operacio- nes de refinación y procesamiento de almacenamiento y transporte; y en menor grado, en las de exploración y explotación. La infraestructura de refinación y procesamiento está constituida por las instalaciones de Procesos , que es el área ocupada por unidades destinadas a refinar y transformar el petróleo crudo y el gas en condiciones muy severas de temperatura y presión, lo que determina el alto riesgo de la actividad, y por tanto su alta vulnerabilidad a fenómenos físico - químicos y peligros naturales externos como incendios y sismos que ponen en peligro su existen- cia y/o su operatividad. La infraestructura de almacenamiento está consti- tuida por el Parque de Almacenamiento e Instalaciones de Distribución , que es el área ocupada por los tanques de almacenamiento, diques de retención, caminos perime- trales, las unidades de carga, trasiego y descarga de los productos derivados, y cuya vulnerabilidad es similar a las de Procesos, aunque en menor grado de peligrosidad. La infraestructura de transporte está constituida por el Sistema de Ductos, destacando el Oleoducto Nor Peruano, con una extensión aproximada de 1100 km., que traslada el petróleo crudo de la Selva Norte al Puerto de Bayovar en Piura. Ésta es una instalación al-