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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G36/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de setiembre de 2004 Visto el escrito con registro Nº CE-04647002 de fecha 8 de julio del 2004, presentado por el señor ELIO MONTE- ZA SILVA. CONSIDERANDO: Que el artículo 44º del Decreto Ley Nº 25977 -Ley General de Pesca-, establece que las autorizaciones son derechos específicos que el Ministerio de Pesque- ría (hoy Ministerio de la Producción), otorga a plazo de-terminado para el desarrollo de las actividades pesque- ras, conforme a lo dispuesto en la presente Ley y en las condiciones que determina su Reglamento; Que el numeral 1 del artículo 26º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 012-2001-PE, dispone que la importación y exportación de especies hidrobiológicas vivas con fi- nes de investigación, recreación o difusión cultural; re-querirá la autorización del Ministerio de Pesquería (ac- tualmente Ministerio de la Producción); Que mediante el escrito del visto, el señor ELIO MONTEZA SILVA solicita autorización por un año para la importación de especies hidrobiológicas vivas deaguas continentales y marinas procedentes de Hawai, Estados Unidos de Norteamérica, Brasil, Indonesia, Venezuela, Taiwan, Alemania, Italia, Singapur, Tailan-dia, China, Ecuador, Costa Rica, Panamá, Colombia, Filipinas, Japón, España y Sri Lanka, con fines de re- creación y comerciales; Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados se ha determinado que el recurrente hacumplido con acreditar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 18 del Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio de la Producción,aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODU- CE, por lo que procede otorgar la autorización solicita- da; Estando a lo informado por la Dirección de Consu- mo Humano de la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero mediante Informe Nº 179- 2004-PRODUCE/DNEPP-Dch y con la opinión favora- ble de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 -Ley General de Pesca-, su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento administrativo Nº 18 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Pro-ducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003- PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar al señor ELIO MONTEZA SIL- VA, por el período de un (1) año, la importación confines de recreación y comerciales de treinta y siete mil (37 000) ejemplares vivos de las especies hidrobiológi- cas marinas y de aguas continentales que se detallanen el Anexo de la presente Resolución, procedentes de Hawai, Estados Unidos de Norteamérica, Brasil, Indo- nesia, Venezuela, Taiwan, Alemania, Italia, Singapur, Tai-landia, China, Ecuador, Costa Rica, Panamá, Colom- bia, Filipinas, Japón, España y Sri Lanka, a ser instala- dos en la tienda acuarística ubicada en el Jr. San Mar-tín Nº 632, distrito de Magdalena, provincia y departa- mento de Lima. Artículo 2º .- La eficacia de la presente Resolución estará sujeta al ingreso de las especies hidrobiológi- cas vivas autorizadas, con el correspondiente certifi- cado sanitario, el mismo que deberá ser presentado ala Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero en el término de las veinticuatro (24) horas de efectuada la importación. Artículo 3º .- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción yProcesamiento PesqueroEn uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Otorgar permiso de pesca a la empresa GYOREN DEL PERU S.A.C., representada por GENJISUGAWARA SUZUKI en representación del armador ja- ponés NATIONAL FEDERATION OF FISHERIES CO-OPE- RATIVE ASSOCIATION (ZENGYOREN), para operar laembarcación pesquera de bandera japonesa cuyas carac- terísticas se detallan a continuación, en la extracción del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguasjurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, así como la licencia para la operación de su res- pectiva planta de congelado a bordo; con vigencia desdeel 17 de agosto al 15 de setiembre del 2004, para el buque: NOMRE T.R.N. INDICATIVO CAPAC. CAPAC. ARTE INTER. INTERNAC. ALMACEN. CONGE- DE ARMADOR (m3) LADO PESCA (TM/día) HOYO MARU 328 JCGI 1,025 84 LINEAS OHNO SUISANNº 37 POTERAS KABUSHIKI KAISHA Artículo 2º .- El permiso de pesca otorgado por el artí- culo precedente está sujeto al Reglamento de Ordenamien- to Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PE, en lo que le sea aplica- ble y a las condiciones y compromisos asumidos confor- me a la Resolución Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE,que establece el régimen provisional para la extracción comercial del calamar gigante o pota y a las Resoluciones Ministeriales Nº 134-2004-PRODUCE y Nº 283-2004-PRO-DUCE que prorrogan dicho régimen. Artículo 3º .- GYOREN DEL PERU S.A.C., deberá ope- rar su planta de procesamiento de productos hidrobiológi-cos (congelado) con sujeción a las normas legales y regla- mentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como a las relativas a la preservación del medio ambiente y lasreferidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesque- ra que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad. Asimismo, deberá implementar su sistema de control delproceso que garantice la óptima calidad del producto, así como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contaminación marina. Artículo 4º .- El inicio de las operaciones de pesca y procesamiento pesquero a bordo de la embarcación pes- quera calamarera citada en el artículo 1º de la presenteresolución, está condicionada a la entrada en vigencia del permiso de pesca y a la comunicación que efectúe la Di- rección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesque-ro del Ministerio de la Producción a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, después de la Inspección Técnica Sanitaria de la Direc-ción Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero e instalación del Sistema de Seguimiento Satelital - SISES- AT a bordo de la referida embarcación. Artículo 5º .- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 15933 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G61/G72 /G63/G6F/G6E/G20/G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 /G65/G6A/G65/G6D/G70/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G76/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G65/G73/G68/G69/G64/G72/G6F/G62/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G65/G6E/G74/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G61/GED/G73/G65/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 226-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 9 de agosto de 2004