Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2004 (04/09/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

Pag. 275808

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de setiembre de 2004

de S/. 5,00 (Cinco y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de multa, a cada uno de los doce (12) comites; por la inasistencia de las madres de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche a la marcha de protesta convocada por la Junta Distrital del Vaso de Leche del distrito de MORDAZA MORDAZA y la Coordinadora Nacional del Programa; transgrediendo lo dispuesto por el Articulo 2º numerales 2.2), 2.4) y 2.5) de la Ley Nº 27712, que modifica la Ley Nº 27470, que establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa Del Vaso de Leche; asi como el Articulo 10º de la Ley Nº 27470, que precisa la prohibicion de toda clase de politizacion del Programa del Vaso de Leche bajo cualquier modalidad; hechos que se derivan en la presunta responsabilidad administrativa de los senores: MORDAZA ANCHELIA MORDAZA, ex Director de Administracion y ex Secretario del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche, (Observacion Nº 19); Que, se precisa de igual forma, haberse incumplido con el MORDAZA de preparacion de las raciones por parte de las coordinadoras de base del programa del vaso de leche, desde el ano 1999 a la fecha de la verificacion por parte comision de Auditoria, no habiendo utilizado todos los insumos entregados y/o repartido todo o parte de la dotacion en crudo; evidenciandose ademas que todos los comites inspeccionados atendian a beneficiarios no empadronados, los mismos que no han sido comunicados a la Fiscal, ni Presidenta de la Junta Distrital, ni a la Jefatura del Programa del Vaso de Leche; hechos que transgreden lo dispuesto por los Articulos 1º y 2º de la Ley Nº 24059; asi como el Articulo 21º incisos a), c) y d) de las Directivas Nºs. 002-99-EF/7601Directiva para la Ejecucion y Control de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales Ano 1999, aprobada con Resolucion Directoral Nº 045-98-EF/76.01 y 0022000-EF/7601- Directiva para la Ejecucion y Control de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales Ano 2000, aprobada con Resolucion Directoral Nº 046-99-EF/ 76.0l de 15 de diciembre de 1999, se ha vulnerado igualmente lo dispuesto en el Articulos 2º numeral 2.2) y Articulo 4º numeral 4.5) la Ley Nº 27712 de 30 de MORDAZA del 2002 que modifica la Ley Nº 27470; hechos que se derivan en la presunta responsabilidad administrativa de los senores: MORDAZA ANCHELIA MORDAZA, ex Director de Administracion y ex Secretario del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de Unidad del Programa del Vaso de Leche y MORDAZA MORDAZA GRANADO, ex Jefe Unidad del Programa del Vaso de Leche, (Observacion Nº 20); Que, se establece igualmente, la inexistencia de un control adecuado por parte de las Coordinadoras de los Comites del Vaso de Leche, en razon de no haberse acreditando con documento alguno, la distribucion de las raciones preparadas para los beneficiarios del programa del vaso de leche; evidenciandose que de la revision efectuada a catorce (14) Cuadernos de distribucion de las raciones del Vaso de Leche, durante los dias del 22 al 26 de MORDAZA del 2002, no se encuentran debidamente numerados, ni con fecha de recepcion, constatandose ademas que en algunos Comites a las socias se les pedia que acrediten con antelacion (los dias lunes o martes) la recepcion de su racion de toda la semana, y en otros, ue no tienen MORDAZA de entrega a los beneficiarios por una a mas semanas; sin embargo los comites en mencion, han continuado recibiendo su dotacion en forma completa en las semanas siguientes sin advertirse descuento alguno por las raciones no entregadas o sobrantes, por parte de la Administracion; hechos que vulneran lo dispuesto por el Articulo 2º, numeral 2.2) de la Ley Nº 27470, que senala: "Las Municipalidades como responsables de la ejecucion del Programa del Vaso de Leche, en coordinacion con la Organizacion del Vaso de Leche, organizan, programan, coordinan y ejecutan la implementacion de dicho Programa en sus fases de seleccion de beneficiarios, programacion, distribucion, supervision y evaluacion"; hechos que se derivan en la presunta responsabilidad administrativa de los senores: MORDAZA ANCHELIA MORDAZA, ex Director de Administracion y ex Secretario del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefes del Programa del Vaso de Leche, (Observacion Nº 21); Que, se ha determinado igualmente, que las certificaciones de calidad de los insumos del Programa del Vaso de

Leche, entregado por las empresas proveedoras a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, durante los anos 2000, 2001 y 2002, en forma semanal, por un lote de 23,040 latas de leche evaporada de 410 grs. c/u, asi como de un lote de 2,750 kilogramos de Hojuela de Quinua, en bolsas de 440 grs. c/u; acreditan que el producto no reunia calidad sanitaria, ni nutricional requerida en las Bases de la Licitacion, por parte de la Municipalidad de MORDAZA Anita; estableciendose que del Analisis a dichos insumos, se ha evidenciado que los certificados de calidad consignan un Lote cuya fecha de vencimiento es distinta a la consignada en el documento denominado "Actas de Supervision" suscritas por el almacenero y el proveedor en forma semanal, no guardando correspondencia con los certificados de calidad recibidos en el periodo 2001 y 2002; transgrediendo lo dispuesto por el Articulo 4º numeral 4.1) de Ley Nº 27712 modificada por la Ley Nº 27470, asi como de la MORDAZA Tecnica de Control Interno 300-02 Unidad de Almacen, y el Decreto Supremo Nº 036-97-EF que reglamenta el Sistema de Evaluacion Internacional de procesos para Licitaciones y Concursos; hechos que se derivan en la presunta responsabilidad administrativa de los senores: MORDAZA ANCHELIA MORDAZA, ex Director de Administracion y ex Secretario del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe Unidad de Abastecimiento; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe Unidad de Abastecimiento; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe del Programa del Vaso de Leche y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe del Programa del Vaso de Leche (Observacion Nº 22); Que, se precisa tambien, la existencia de deficiencias en la Licitacion Publica Nº 003-2001-CE/MDSA para la contratacion del proveedor de hojuela de quinua para el Programa del Vaso de Leche, cuyo importe contratado incluyendo ADDENDA asciende a S/. 402, 957.99 (Cuatrocientos dos mil novecientos cincuenta y siete y 99/100 nuevos soles); evidenciandose que el Comite Especial encargado de conducir la referida licitacion, no contaba con ningun especialista en la materia, que hubiera podido coadyuvar en el objetivo de la contratacion; estableciendose ademas, haberse producido algunas desviaciones orientadas a favorecer a la empresa PROCESADORA DE ALIMENTOS SAC;; hechos que transgreden lo dispuesto en los Articulos 12º y 23º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, vigente desde el 13 de MORDAZA del 2001, segun el Articulo 4º de la Ley Nº 27330; asi como, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM del 12 de febrero del 2001 - Reglamento de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; hechos que se derivan en la presunta responsabilidad administrativa de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretario General, MORDAZA ANCHELIA MORDAZA, ex Director de Administracion y Presidente Comite Especial de Licitacion Publica para Adquisicion de Hojuelas de Quinua para el Programa del Vaso de Leche; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Planificacion y Presupuesto y MORDAZA GARRIDO VICUNA, ex Jefe Division Saneamiento Ambiental e Integrantes del Comite Especial y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Asesoria Legal e integrante de la Comite Especial (Observacion Nº 23); Que se ha determinado igualmente, que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, implemento un sistema integrado para el Programa del Vaso de Leche, el mismo que se encuentra desactualizado, no permitiendo mejorar la gestion del programa; habiendose verificado que no se encuentran registradas en la Base de Datos los beneficiarios empadronados como nuevos en el ano 2001, como son los ninos nacidos en el periodo Junio a Diciembre del 2001, asimismo, no se encuentran registrados los ciento once (111) ancianos que fueron incorporados al programa al cumplir los 55 o 60 anos de edad o que ingresaron como nuevos empadronados; estos hechos transgreden lo dispuesto por el Articulo 21º incisos a), c) y d) de la Directiva Nº 002-2000EF/7601, Directiva para la Ejecucion y Control de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales del ano 2000, aprobada con Resolucion Directoral Nº 046-99-EF/ 76.01 del 15 de diciembre de 1999; hechos que se derivan en la presunta responsabilidad administrativa de los senores: MORDAZA ANCHELIA MORDAZA, ex Director de Admi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.