NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (04/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 34
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G38/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de setiembre de 2004 pecial de administración caracterizado por su mayor agili- dad técnica, económica y administrativa y en los que elEstado tiene directa participación. La organización se establecerá en su respectivo Re- glamento de Organización y Funciones de conformidad conla normatividad vigente. Los Proyectos Especiales Regionales son organismos creados por el Gobierno Regional, con aprobación del Con-sejo Regional, o transferidos del Gobierno Nacional. Surégimen laboral corresponde al de la Administración Públi-ca. Artículo Cuarto.- Incorpórese el artículo 83-Aº del Reglamento de Organización y Funciones aprobado porOrdenanza Regional Nº 002-2003-CR/GRM, con el siguien-te texto: Artículo 83-Aº.- El Proyecto Especial Regional Pasto Grande es un organismo del Gobierno Regional de Mo- quegua; se constituye por un Consejo Directivo que regu-lará su funcionamiento interno y adecuará sus instrumen-tos de gestión de acuerdo a la Ley Orgánica de GobiernosRegionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica-ción en el Diario Oficial El Peruano, además de publicarseen el Portal Electrónico del Gobierno Regional. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 15977 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G31/G30/G2D/G4D/G44/G4D/G4D /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G67/G2D/G64/G61/G6C/G65/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G61/G72/G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G54/G61/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G56/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72 (Se publica el presente Acuerdo de Concejo a solicitud de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Oficio Nº 1861-2004-SGC/MML, recibido el 2 de setiembre de 2004) ACUERDO DE CONCEJO Nº 315 Lima, 29 de noviembre de 2002 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formu- lada por la Municipalidad Distrital de MAGDALENA DEL MAR,mediante Oficio Nº 269-2002-SG-MDMM sobre ratificación de la Ordenanza Nº 0110-, que modifica la Nº 050- que fuera modificada por la Ordenanza Nº 101-MDMM emitidas por laMunicipalidad Distrital de Magdalena del Mar que regula laTasa de Estacionamiento Vehicular en su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitida mediante Oficio Nº 01-90-00000326 de 15 de noviembre de 2002, Informe Le- gal Nº 04-82-00000496 de la Gerencia de Planeamientodel SAT; de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020,Reglamento Interior del Concejo, la Ordenanza Nº 211,Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas de CarácterTributario de las Municipalidades Distritales de la Provin- cia de Lima y lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 142-2002-MML-CEPP;ACORDÓ: Artículo Único.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 0110- MDMM de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Marde fecha 24 de mayo de 2002, publicada en el Diario OficialEl Peruano el 2 de junio de 2002, que modifica la Ordenan- za Nº 050-MDMM que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular en su jurisdicción Regístrese, comuníquese y cúmplase.GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 15994 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G30/G31/G31/G30/G2D/G4D/G44/G4D/G4D/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G2D /G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G67/G64/G61/G6C/G65/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G61/G72 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1364 Lima, 5 de agosto de 2004 VISTO: El documento codificado Nº 50307-2004 a tra- vés del cual el Secretario General de la Municipalidad Dis- trital de Magdalena del Mar, solicita autorización para lapublicación en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo deConcejo Nº 315-MML del 29 de noviembre de 2002 queratifica la Ordenanza Nº 110-MDMM que modifica la Orde-nanza Nº 050-MDMM, que a su vez fuera modificada por la Ordenanza Nº 101-MDMM, que regulan la Tasa de Esta- cionamiento Vehicular en la jurisdicción de la citada Cor-poración Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 315-MML del 29 de noviembre de 2002 se ratificó la Ordenanza Nº 110-MDMM, modificatoria de la Ordenanza Nº 050-MDMM, quea su vez fuera modificada por la Ordenanza Nº 101-MDMM,emitidas por la Municipalidad Distrital de Magdalena delMar, que regulan la Tasa de Estacionamiento Vehicular en su jurisdicción; Que, el artículo 51º de la Constitución Política del Perú establece que la publicidad es esencial para la vigencia detoda norma; el artículo 112º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 23853, de aplicación a la fecha de emisióndel precitado Acuerdo de Concejo, señala que las Orde- nanzas Municipales, los Edictos y los Decretos expedidos por las Municipalidades de la provincia de Lima, deben serpublicados en el Diario Oficial El Peruano; igualmente, elartículo 44º de la vigente Ley Nº 27972 Orgánica de Muni-cipalidades, señala que no surten efecto las normas degobierno municipal que no hayan cumplido con el requisito de publicación o difusión; Que, así mismo, de acuerdo a lo establecido en el artí- culo 40º de la vigente Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, concordante con el artículo 94º de la derogada LeyNº 23853, aplicable al Acuerdo de Concejo materia de lapresente resolución, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por el Concejo Provincial de su circunscripciónpara su vigencia; Que, del Oficio Nº 2785-2002-SGC/MML de fecha 10 de diciembre de 2002, remitido a la Municipalidad Distri-tal de Magdalena del Mar, conjuntamente con el Oficio Nº 2786-2002-SGC/MML dirigido al Diario Oficial El Perua- no para el trámite de su publicación, se establece que elAcuerdo de Concejo Nº 315 no fue publicado en el citadoDiario por la Municipalidad Distrital a cuya jurisdiccióncorresponde asumir el costo y la responsabilidad de supublicación; Que, de acuerdo a lo solicitado, es necesario proceder a la publicación del Acuerdo de Concejo Nº 315-MML defecha 29 de noviembre de 2002;