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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (04/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G38/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de setiembre de 2004 cini, José Luis Alarcón Soldevilla, Percy Antonio López Amaro, Juan Manuel Cevallos Ampuero, Carlos TroncosPaucar, Arturo Galindo Funamoto, Pablo Hinostroza Calla-ñaupa, Filiberto Cevallos Pimentel, Julio Calvo Gutiérrez,Mónica Sifuentes del Mar, Francisco Muñoz Zambrano, Pe-ñafort Luis Humán Ureta, José Garrido Vicuña, Bruno Cár- denas Berrocal, Lucy Villanueva Quispe y Enrique Monto- ya Granados; por las siguientes consideraciones: Que, se ha determinado, que durante el período 1997 al 2000, la Administración de la Municipalidad a efectuadogastos por la suma de S/. 4,778.00, sustentadas con bole- tas de venta que no son auténticas y que no corresponden a sus originales; precisándose la existencia de (32) bole-tas de venta de los años 1997, 1998 y 2000, que procedendel proveedor: “Restaurant Cevichería Cáceres”, afectadasal gasto de “Atenciones Oficiales de Alcaldía”, habiéndosecomprobado que dichos documentos muestran diferencias con respecto a la fecha de emisión, importes y cliente, con relación a las copias originales de estos documentos queobran en poder del proveedor; hechos que se derivan en lapresunta responsabilidad administrativa de los señores:EUSEBIO ZENÓN ROMERO CALLE y MANUEL CHINÉNOKUMA, ex Secretarios Generales; ARNALDO ANCHE- LÍA DURÁN, ex Director de Administración, y JULIO CAL- VO GUTIÉRREZ, ex Jefe de la Unidad de Tesorería, (Ob-servación Nº 01); Que, se precisa igualmente, haber existido un manejo irregular de los Fondos, por parte de la Administración Mu-nicipal, al haberse dispuesto la suma de S/. 32,788.80 en gastos ajenos a la finalidad de la Entidad; habiéndose com- probado que durante los períodos 1999, 2000 y 2001 la ad-ministración Municipal dispuso en forma irregular la sumaantes indicada, sin contar con la autorización del ConcejoMunicipal, para que se disponga del uso y destino de talesrecursos, importe que fue orientado a la adquisición de bie- nes diversos (cadenas y dijes), sin haberse sustentado el destino final de estos bienes; hechos que se derivan en lapresunta responsabilidad administrativa de los señores:EUSEBIO ZENÓN ROMERO CALLE, MANUEL CHINÉNOKUMA y ENRIQUE MERCADO PADILLA, ex SecretariosGenerales, gestionaron el requerimiento de estas adquisi- ciones a la Dirección General de Administración, a fin de atender los pedidos de apadrinamiento de promociones es-colares por parte del Alcalde, de Centros Educativos que nisiquiera pertenecen al Distrito de Santa Anita, (Observa-ción Nº 02); Que, se establece también, que del Préstamo efectuado por la suma de 2´900,000.00 (dos millones novecientos mil y 00/100 nuevos soles) para la culminación del Centro Cívi-co Municipal de Santa Anita, se ha destinado un monto de230,448.60 para fines diferentes al objetivo del préstamo;precisándose que la realización de los gastos no tiene rela-ción con la ejecución de la obra, como es el caso del pago por concepto de servicios No Personales (SNP) por un monto de S/. 18,204.65 y la Compra de un camión Cisterna pararegadío de parques y jardines por la suma de S/. 211,785.35,cuyos desembolsos corresponden a gastos corrientes de laentidad. Consecuentemente, el préstamo obtenido por laMunicipalidad de santa Anita, no ha sido utilizado totalmen- te en la ejecución de la obra, habiéndose destinado aproxi- madamente el 7.95% del total, para sufragar gastos ajenosal objetivo del préstamo; hechos que se derivan en la pre-sunta responsabilidad administrativa de los señores: ENRI-QUE MERCADO PADILLA, ex Director Municipal, ARNAL-DO ANCHELÍA DURÁN, ex Director de Administración y EULOGIO SANTOS DE LA CRUZ, ex Director de Planifica- ción y Presupuesto, (Observación Nº 03); Que, se precisa también, que del préstamo de S/. 2´400,000.00 (dos millones cuatrocientos mil y 00/100 nue-vos soles) para la construcción del “cine teatro municipalsanta Anita”, se ha destinado la suma de 1´057,089.17 para fines diferentes al objetivo del préstamo, el cual era única- mente para la “Construcción del Cine Teatro Municipal deSanta Anita” conforme al Acuerdo de Concejo del 19 denoviembre del 2000, que aprobó dicho préstamo; eviden-ciándose que la ejecución de gastos no tiene relación conla ejecución de la Obra, toda vez que, la Municipalidad Dis- trital de Santa Anita, destinó parte de éstos recursos para sufragar otros gastos por un monto de S/. 1´057,089.0017,lo cual representa el 44.05 % del total del préstamo, sin contar que la referida obra se encontraba paralizada des-de el mes de febrero al 04 de junio del 2002, fecha en lacual se realizó la inspección física por parte de la Comi-sión de Auditoría; hechos que se derivan en la presuntaresponsabilidad administrativa de los señores: ARNALDO ANCHELÍA DURÁN, ex Director de Administración, EULO- GIO SANTOS DE LA CRUZ, ex Director de Presupuesto yMOISÉS OLIVOS PACCINI, ex Director de Desarrollo Ur-bano, (Observación Nº 04); Que, se ha determinado igualmente, que en el año 1997 la Municipalidad de Santa Anita, consideró la necesidad de supervisar la obra del Centro Cívico Palacio Municipal, con el objeto de garantizar la ejecución de la misma, para talefecto se dispuso la Contratación de un Consultor – Su-pervisor de experiencia, a través de la Adjudicación Direc-ta Nº 008-97-S-MDSA, para la selección del referido su-pervisor de obra del Centro Cívico Municipal, precisando no haber existido imparcialidad en dicho proceso de selec- ción; toda vez que en los términos de referencia no se es-pecificaban las características técnicas del consultor (per-fil profesional), así como tampoco se señalaba el monto dela obra, (el cual serviría como referencia para determinarel monto de sus servicios); habiéndose incumplido el inci- so b) del Artículo 34º del Reglamento General de las Acti- vidades de Consultoría, igualmente lo dispuesto en los Ar-tículos 37º, 38º, 50º y 51º de la acotada norma, así como elArtículo 9º de la Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el año 1997; hechos que se derivan en la presuntaresponsabilidad administrativa de los señores: GABRIELA NIÑO DE GUZMÁN, ex Directora de Desarrollo Urbano y Presidenta de la Comisión de Recepción de Propuestas yAdjudicación de Buena Pro para la Contratación de la Eje-cución de Obras Públicas y de Actividades de Consultoríay JOSÉ LUIS ALARCÓN SEVILLA, ex Jefe de la Divisiónde Obras Públicas y Transporte, e integrante de la referida comisión, (Observación Nº 05); Que, se ha establecido también, no haberse previsto la contratación de la póliza de seguros para la maquinaria,vehículos y equipos de cómputo, así como el seguro dedeshonestidad; generando riesgos inminentes de pérdida,al ocurrir un siniestro; evidenciándose que las pólizas de seguros adquiridas en el año 2000, no fueron renovadas en el año 2002, a pesar de haberse considerado en el pre-supuesto para dicho ejercicio, precisándose que con elOficio Nº 095-2002-OAI-E/MDSA del 25 de octubre del2002, la Oficina de Auditoría Interna de la Municipalidad deSanta Anita, adjuntó la copia del Informe Nº 273-2002-ABA- DA/MDSA de fecha 11 de octubre del 2002, donde el Jefe de la Unidad de Abastecimiento reitera al Director de Ad-ministración, que por falta de disponibilidad presupuestal,no se ha podido cumplir con la Contratación de los servi-cios de seguros para vehículos y deshonestidad de la enti-dad y que debe considerarse para el periodo presupuestal 2003, habiendo incumplido con lo dispuesto en la Norma Técnica de Control Interno para el Sector Publico 300-08Protección de Bienes de Activo Fijo; hechos que se deri-van en la presunta responsabilidad administrativa de losseñores: JUAN MANUEL CEVALLOS AMPUERO y CAR-LOS TRONCOS PAUCAR, ex Directores Municipales; AR- NALDO ANCHELÍA DURAN, ex Director de Administra- ción y FILIBERTO CEVALLOS PIMENTEL, ex Jefe de laUnidad de Abastecimiento, (Observación Nº 06); Que, asimismo se ha determinado, que la administra- ción municipal no ha efectuado las gestiones pertinentespara esclarecer el cargo efectuado por el Banco Wiese Sud- ameris por la suma de S/. 13,320.00 en la cuenta de los Fondos del Programa del Vaso de Leche, al haberse evi-denciado que las operaciones de desembolsos efectuadosdurante el año 2001 de la Cuenta Corriente del Programadel Vaso de Leche Nº 00-080-106-0097-50, existe una ope-ración por el monto de S/. 13,320.00, cargada por el Banco Wiese Sudameris el 12 de enero del 2001, respecto de la cual la Municipalidad de Santa Anita, no cuenta con sus-tento documentario alguno, que acredite el uso y destinode dicha operación; transgrediendo lo dispuesto por el Ar-tículo 21º de la Directiva Nº 002-2000-EF/76.01, Directivapara la Ejecución y Control de los Presupuestos Institucio- nales de los Gobiernos Locales, correspondiente al año 2000, aprobada por Resolución Directoral Nº 046-99-EF/