Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2004 (15/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 2004

derecho penal, amplia experiencia en brindar asesoria penal especializada y defensa a entidades del sector publico y privado con alto riesgo legal, debido a la naturaleza del cargo, tales como la defensa de altos funcionarios del Ministerio de Economia y Finanzas, asesoria legal especializada en temas penales, en las Comisiones presididas por los Congresistas MORDAZA Pease y MORDAZA Helfer para la expedicion de los informes de las Comisiones de Fiscalizacion, en la que se encontraban involucrados funcionarios de la Administracion Publica; asi como la asesoria penal especializada brindada al Banco Central de Reserva, CONASEV, COFIDE, entre otros; Que, de acuerdo al referido Informe Tecnico, el Dr. MORDAZA MORDAZA Yon Ruesta, es un destacado profesional especializado en materia penal, con estudios de especializacion a nivel de post-grado en la Universidad Catolica del Peru (Estudio de Maestria en Derecho Constitucional), asi como en la Universidad de MORDAZA - Espana (Estudio de Especializacion en Derecho Penal Economico); especializacion obtenida producto del desarrollo de actividades academicas y profesionales, tales como la docencia en Derecho Penal en la Universidad Catolica del Peru, Universidad de MORDAZA y en la Academia de la Magistratura; elaboracion de diversos trabajos y publicaciones tales como el MORDAZA de Oportunidad en nuestro Sistema Procesal Penal, la Responsabilidad Penal de los Organismos de Administracion de la Empresa en los Delitos Economicos y Trafico de Influencias, entre otros; destacado expositor en conferencias en temas relacionados con el Delito de Abuso de Autoridad, Analisis de la Ley de Procedimientos para adoptar medidas excepcionales de limitacion de Derechos en Investigaciones Preliminares - Ley Nº 27379, entre otros; Participacion activa en congresos y certamenes como Organizador o Ponente a nivel nacional e internacional; Que, segun refiere el Informe Tecnico, las cualidades y caracteristicas que reune el Dr. MORDAZA MORDAZA Yon Ruesta por su alta especializacion profesional en materia penal, su experiencia en la defensa y MORDAZA legal de altos funcionarios publicos y su experiencia en la asesoria especializada en materia penal y temas vinculados a funcionarios publicos en el Congreso de la Republica, donde ademas del analisis legal ha tenido que efectuar evaluaciones del contexto politico, lo convierte en el profesional idoneo para asumir la defensa del Ministro de Transportes y Comunicaciones en este caso; Que, de acuerdo a los terminos del referido Informe Tecnico, las necesidades especializadas del servicio y las caracteristicas inherentes al Dr. MORDAZA MORDAZA Yon Ruesta sustentan objetivamente la necesidad del Ministerio del Transportes y Comunicaciones de cumplir con lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 685-2004-MTC/01 a fin de otorgar al funcionario beneficiado con los alcances del Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM el MORDAZA oportuno, eficiente, especializado e idoneo del referido profesional, el mismo que cuenta con una acreditada y reconocida trayectoria, amplio conocimiento del derecho penal y con la experiencia necesaria en asesoria penal en la funcion publica y defensa de entidades del sector publico y privado; Que, el costo de la contratacion asciende a la suma de S/. 105 000.00 (ciento cinco mil y 00/100 nuevos soles), incluyendo impuestos y gastos correspondientes por todas las instancias fiscales, ante el Congreso de la Republica o judiciales que pudieran presentarse, siendo el plazo de la prestacion del servicio desde la suscripcion del contrato respectivo hasta la culminacion del MORDAZA penal o del archivamiento del caso en la etapa de investigacion fiscal o ante el Congreso de la Republica, lo que ocurra primero; Que, de acuerdo al Memorandum Nº 419-2004-MTC/ 10.01 de la Oficina de Administracion Presupuestal de la Oficina General de Administracion se cuenta con el financiamiento correspondiente con cargo a Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001-Administracion General; Que, de acuerdo al inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudica-

cion Directa, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe tecnico - legal previo; dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, precisa que de conformidad con el inciso h) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio y que la evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que, segun se desprende del Informe Tecnico Nº 2342004-MTC/10.02, dada la especializacion del servicio requerido para el cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 685-2004-MTC/01, es necesaria la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA Yon Ruesta para que brinde el servicio de asesoria legal especializada para la defensa del senor Ministro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ser un profesional altamente calificado y especializado en materia de derecho penal, con amplia experiencia profesional en la defensa de funcionarios publicos; Que, en consecuencia, atendiendo a la especialidad del servicio y a las calidades inherentes del referido profesional, la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA Yon Ruesta para brindar el servicio de asesoria legal al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para la defensa del funcionario MORDAZA mencionado, ante la denuncia penal interpuesta por la presunta comision de los delitos tipificados en los articulos 377º, 384º y 397º del Codigo Penal , al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 685-2004-MTC/01, debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por ser este un servicio personalisimo; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0562004-MTC/01 y sus modificatorias, el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA Yon Ruesta para que brinde asesoria legal especializada en la defensa del funcionario comprendido en la Resolucion Ministerial Nº 685 -2004-MTC/01, al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM. Articulo 2º.- Declarar como servicios personalisimos la contratacion del Dr.Roger MORDAZA Yon Ruesta para la prestacion del servicio a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, hasta por la suma de S/. 105 000.00 (ciento cinco mil y 00/100 nuevos soles), incluyendo impuestos y gastos correspondientes, por la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001-Administracion General y por el periodo comprendido desde la suscripcion del contrato hasta la culminacion del MORDAZA penal o del archivamiento del caso en la etapa de investigacion fiscal o ante el Congreso de la Republica, lo que ocurra primero. Articulo 3º.- Exonerar la contratacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica. Articulo 4º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 5º.- La presente Resolucion, asi como el Informe Tecnico Nº 234-2004-MTC/10.02 y el Informe Legal Nº 1298-2004-MTC/08 seran puestos en conocimiento de

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