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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 58

Pág. 276432 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de setiembre de 2004 Vistos la carta de fecha 16 de febrero de 2004 de la Municipalidad de Zuñiga, provincia de Cañete, departa- mento de Lima; el Informe Técnico Nº 006-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM y el Memorándum Nº 062-2004-VIVIEN- DA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adqui- rió maquinaria para la industria del calzado, confección y tejido, procedentes de la República Popular China con la fi- nalidad de equipar a pequeños y microempresarios; siendo dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023- 97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adqui- ridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades edu- cativas del país, asimismo mediante el Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que del saldo del cin- cuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferir en calidad de donación a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modificó la organización y funciones de los Ministerios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministerios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento; Que, en virtud a lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe- rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2001-PRES se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las competen- cias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equi- pamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia que se desactivó; Que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Ejecu- tivo que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y por su Reglamento de Organización y Fun- ciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VI- VIENDA y que tien e como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el orde- namiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y pro- tección de los centros de población y sus áreas de influen- cia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través de la carta de Vistos, el señor Fausto Paucar Manrique, alcalde de la municipalidad distrital de Zuñiga; solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la donación de módulos de maquinaria para la fabricación de artículos de cuero y metalmecánica; Que, mediante Memorándum Nº 142-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM, el Jefe del Programa de Equipamiento Básico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 006- 2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se precisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar módulos de maquinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad- ministrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi- dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el anexo que for- ma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de las máquinas que se detallan en el Anexo 1 que forman parte integrante de la presente Resolución a favor de la Municipalidad de Zuñiga, provincia de Cañete, depar- tamento de Lima con la finalidad de implementar el Taller de Capacitación de Gestión Municipal Zuñiga; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas des- critas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la pre- sente Resolución, valorizadas en S/. 18, 816.42 (Diecio- cho mil ochocientos dieciséis con 42/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad de Zuñiga, provincia de Cañete, departamento de Lima con la finalidad de implementar el Taller de Capacitación de Gestión Municipal Zuñiga. Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministe- rial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Con- traloría General de la República dentro de los términos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 16673 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reprograman visitas dispuestas por Res. Adm. Nº 051-2004-P-CSJCL/PJ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 090-2004-P-CSJCL/PJ Callao, 17 de agosto del 2004 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTA: La Resolución Administrativa Nº 051-2004-P-CSJCL/ PJ, de fecha 31 de marzo último, de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Admi- nistrativa Nº 017-2003-CE-PJ, este Despacho expidió la Resolución Administrativa de Vista, disponiendo entre otros la realización de visitas para los Juzgados de Paz Letra- dos del Callao del 5 al 13 de julio (días hábiles); para los Juzgados Mixtos de Ventanilla el 14 y 15 de julio (días há- biles); para los Juzgados de Paz Letrados de Ventanilla del 16 al 19 de julio (días hábiles); para las Salas Civiles el 20 y 21 de julio (días hábiles) y para las Salas Penales el 22, 23 y 26 de julio del año en curso (días hábiles); Que, estando a las recargadas labores que se presen- taron y a la huelga de los Trabajadores del Poder Judicial que se viene desarrollando, no fue posible realizar en las fechas señaladas las visitas administrativas programas mencionadas; en ese sentido corresponde reprogramar las Visitas pendientes, a fin de dar cumplimiento a lo estable- cido por el Organo de Gobierno y Gestión del Poder Judi- cial en la Resolución Administrativa Nº 017-2003-CE-PJ; Que, en consecuencia en uso de las atribuciones y obli- gaciones conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del artículo 90º Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- REPROGRAMAR las visitas dis- puestas por Resolución Administrativa Nº 051-2004-P- CSJCL/PJ de la jurisdicción del Distrito Judicial del Ca- llao para el presente Año Judicial, las mismas que efec-