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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 276507 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 2004 temporalmente la jefatura de la Fiscalía Suprema de Con- trol Interno del Ministerio Público en caso de licencia, va-caciones, impedimento u otro motivo que afecte a su titu-lar. b) Un representante de los Colegios de Abogados del país, elegido por sus Decanos. c) Un representante de las Facultades de Derecho de las cinco (5) Universidades Públicas más antiguas del país,elegido por sus Decanos. d) Un representante de las Facultades de Derecho de las cinco (5) Universidades Privadas más antiguas del país,elegido por sus Decanos. Los cuatro integrantes antes mencionados prestarán juramento ante el Fiscal Supremo de Control Interno, an-tes de asumir funciones. Incurren en responsabilidad fren-te a los casos que conocen en su función contralora. Encaso de comprobarse su responsabilidad por actos queafecten su probidad y decoro, o de no asumir el cargo en elplazo de treinta días a partir de su convocatoria, previoinforme del Jefe de la Oficina Central de Control Interno,en este último caso, la Junta de Fiscales Supremos decla-rará la vacancia del cargo, sin perjuicio de las accioneslegales a que hubiera lugar en caso de responsabilidad. Declarada la vacancia el Fiscal Supremo de Control Interno, solicitará al organismo que corresponda la elec-ción de un nuevo representante. Artículo 5º.- Competencia de la Oficina Central de Control Interno.- La Oficina Central de Control Interno tiene competen- cia en el ámbito nacional, con relación a las quejas funcio-nales formuladas contra los fiscales en todos sus niveles,con excepción de los Fiscales Supremos. Artículo 6º.- Funciones de la Oficina Central de Con- trol Interno.- La Oficina Central de Control Interno tiene las funcio- nes siguientes: 1. Planificar, organizar, dirigir y evaluar las acciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Pú-blico. 2. Proponer a la Junta de Fiscales Supremos, una ter- na de Fiscales Superiores por cada Oficina Desconcen-trada de Control Interno para la designación de su Jefe. 3. Programar las visitas a las diferentes Oficinas Des- concentradas de Control Interno, en la oportunidad queconsidere conveniente. 4. Planificar y ejecutar operativos extraordinarios e ino- pinados destinados a la erradicación de la corrupción en laactividad fiscal. 5. Disponer que el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno, inicie la investigación cuando tome co-nocimiento de irregularidades funcionales en su jurisdic-ción. 6. Conocer las quejas funcionales presentadas contra los Fiscales Superiores y adjuntos Supremos, disponien-do la apertura de investigación o su archivamiento de serel caso. 7. Conocer y resolver en segunda y última instancia, las sanciones de amonestación y multa, impuestas por lasOficinas Desconcentradas de Control Interno. 8. Imponer las sanciones de multa, amonestación y suspensión; elevando a consideración de la Junta de Fis-cales Supremos de la Fiscalía de la Nación, el pedido dedestitución. 9. Cuando en la tramitación de una queja funcional se establezcan indicios de la presunta comisión de un delitoen el ejercicio de la función fiscal, se remitirá al Fiscal Su-premo Jefe de la Oficina Central, quien hará uso de lasatribuciones y facultades que le confiere la ley Orgánicadel Ministerio Público, por ser el encargado de conocer lasinvestigaciones de contenido penal contra Vocales Supe-riores y Fiscales Superiores y Adjuntos Supremos, proce-diendo según corresponda a su archivo o a la formaliza-ción de la denuncia. 10. Resolver las abstenciones que en caso de incom- patibilidades formulen los miembros de la Fiscalía Supre-ma de Control Interno del Ministerio Público. Artículo 7º.- Órganos de línea.- La Oficina Central de Control Interno del Ministerio Pú- blico, cuenta con dos órganos de línea: - Dirección de Quejas - Dirección de ApelacionesArtículo 8º.- Dirección de Quejas.- Es el órgano de línea que contribuye al óptimo funcio- namiento de la Oficina Central de Control Interno del Mi-nisterio Público, se encuentra presidida por el Fiscal ce-sante o jubilado miembro de la Oficina Central de ControlInterno, quien conocerá de las resoluciones en primera ins-tancia. Son atribuciones de esta Dirección: 1. Recepcionar y tramitar las quejas remitidas por la mesa de partes. 2. Conocer las quejas interpuestas contra los Fiscales Superiores y Fiscales Adjuntos Supremos del ámbito na-cional. 3. Emitir la resolución final en esta instancia de archivo o de sanción dentro del plazo señalado en el presente Re-glamento. Artículo 9º.- Dirección de Apelaciones.- Es el órgano de línea encargado de conocer en segun- da y última instancia los medios impugnatorios interpues-tos contra las resoluciones expedidas en primera instan-cia, por la Dirección de Quejas y las Oficinas Desconcen-tradas de Control Interno del Ministerio Público a nivel na-cional. Se encuentra integrada por todos los miembros del ple- no de la Oficina Central de Control Interno, quienes actúancomo cuerpo colegiado en el conocimiento en grado de lascausas. En los casos que conoce de manera originaria a través de la Dirección de Quejas, el Fiscal cesante o jubilado, nointerviene en segunda instancia. Artículo 10º.- Áreas de Apoyo.- La Oficina Central de Control Interno del Ministerio Pú- blico, para el desarrollo de sus funciones, cuenta con cua-tro áreas de apoyo: 1. Área de supervisión y prevención. 2. Área de información y difusión.3. Área de trámite documentario.4. Área de informática Artículo 11º.- Área de Supervisión y Prevención.- Se encarga de programar y ejecutar las visitas a las Oficinas Desconcentradas de Control Interno de todo elpaís, según la programación aprobada por la Oficina Cen-tral de la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministe-rio Público; así como de efectuar el seguimiento de lasmedidas dispuestas en las mismas y en las visitas extraor-dinarias e inopinadas. Realizar las acciones de inteligencia de carácter pre- ventivo, destinadas a la erradicación de la corrupción en laactividad fiscal; así como efectuar los operativos que seandispuestos por la Oficina Central de Control Interno. Esta área estará a cargo de un Fiscal Adjunto Supre- mo. Artículo 12º.- Área de Información y Difusión.- Tiene la misión de informar a la opinión pública sobre las actividades de la Fiscalía Suprema de Control Internodel Ministerio Público, mediante los diferentes medios decomunicación social, así como la elaboración de notas deprensa, comunicados, encartes periodísticos, memoriaanual, entre otras actividades; en estrecha coordinacióncon la Gerencia de Comunicaciones Institucionales delMinisterio Público. Desarrollar periódicamente campañas de difusión so- bre los servicios que brinda la Fiscalía Suprema de Con-trol Interno del Ministerio Público, proporcionando orienta-ción permanente a sus usuarios sobre la presentación dequejas funcionales y demás trámites de los procesos dis-ciplinarios. Artículo 13º.- Área de Trámite Documentario.- Es el área encargada de atender al público en el hora- rio establecido por la Oficina Central de Control Internodesarrollando las funciones siguientes: - Recepcionar las quejas funcionales presentadas, dan- do cuenta en el día al Jefe de la Fiscalía Suprema de Con-trol Interno del Ministerio Público. - Remitir a las distintas áreas de control, dentro de las 24 horas, la documentación recibida correspondiente aquejas funcionales. - El jefe de área actuará como Fedatario de la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público, refren-