NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/09/2004)
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PÆg. 276508 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 2004 dando las copias de las resoluciones que se expidan y/o se soliciten, dejando las constancias correspondientes. - Verificar que las notificaciones y trámites ordenados por la Oficina Central y las Oficinas Desconcentradas seejecuten dentro de los plazos establecidos. - Otorgar a los interesados copias de las resoluciones expedidas por la Fiscalía Suprema de Control Interno delMinisterio Público, previa autorización de la Oficina Cen-tral. - Elaborar las estadísticas de la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público, con información so-bre el número de quejas ingresadas, resueltas, pendien-tes, y cualquier otra información que considere relevante. - Realizar el seguimiento de la documentación solici- tada a otras dependencias del Ministerio Público u otrasinstituciones públicas o privadas; informando semanal-mente a la Oficina Central sobre el resultado de las mis-mas. Artículo 14º.- Área de Informática.- Tiene las funciones siguientes: - Procesa la información de todas las áreas de la Fis- calía Suprema de Control Interno del Ministerio Público, aefectos de contar con estadísticas actualizadas que per-mitan la planificación de las actividades de control. - Elaborar y mantener actualizada la base de datos de magistrados y asistentes de la función fiscal del MinisterioPúblico a nivel nacional, donde se registre la hoja de vida,declaraciones juradas de bienes e ingresos, entre otra in-formación relevante. - Implementar y dirigir un sistema informático Intra- net que permita el manejo fluido de la información sobreel trámite diario y resolución de quejas funcionales, tan-to en la Oficina Central como en las Oficinas Descon-centradas, permitiendo las consultas de los usuarios víaInternet. TÍTULO III OFICINAS DESCONCENTRADAS DE CONTROL INTERNO Artículo 15º.- Integrantes.- Las Oficinas Desconcentradas de Control Interno del Ministerio Público se encuentran a cargo de un Fiscal Su-perior Titular en actividad, designado por la Junta de Fis-cales Supremos a propuesta del Jefe de la Fiscalía Supre-ma de Control Interno del Ministerio Público, cuya compe-tencia se extiende a las fiscalías comprendidas bajo sujurisdicción, establecidas por el presente Reglamento. Integran también las Oficinas Desconcentradas de Con- trol Interno del Ministerio Público: a) Un representante de los Colegios de Abogados del distrito o distritos judiciales comprendidos bajo la compe-tencia territorial de la Oficina Desconcentrada de ControlInterno, elegido por sus Decanos. b) Un representante de las Facultades de Derecho de las universidades públicas o privadas del mismo ámbitoterritorial. Estos representantes serán designados en la forma prevista por la ley y prestarán juramento ante el Fiscal Su-premo Titular Jefe de la Fiscalía Suprema de Control Inter-no del Ministerio Público, antes de asumir funciones. Incu-rren en responsabilidad frente a los casos que conocen ensu función contralora. En caso de comprobarse su respon-sabilidad por actos que afecten su probidad y decoro, o deno asumir el cargo en el plazo de treinta días a partir de suconvocatoria, previo informe del Jefe del Órgano Descon-centrado y del Jefe de la Oficina Central de Control Inter-no, la Junta de Fiscales Supremos podrá declarar la va-cancia del cargo, sin perjuicio de las acciones legales aque hubiera lugar en caso de responsabilidad. Declarada la vacancia el Fiscal Supremo de Control Interno solicitará al organismo que corresponda la desig-nación de un nuevo representante. Artículo 16º.- Competencia Territorial de las Ofici- nas Desconcentradas de Control Interno.- La competencia territorial de las Oficinas Desconcen- tradas de Control Interno se basa en los distritos judicialesde la República, con la distribución siguiente: 1. Oficina Desconcentrada de Control Interno I: Lima y CallaoSede: Lima2. Oficina Desconcentrada de Control Interno II: Cono Norte, Cañete y HuauraSede: Cono Norte. 3. Oficina Desconcentrada de Control Interno III: Piu- ra, Tumbes, Lambayeque y Cajamarca.Sede: Lambayeque. 4. Oficina Desconcentrada de Control Interno IV: Lo- reto y UcayaliSede: Loreto. 5. Oficina Desconcentrada de Control Interno V: Ama- zonas y San MartínSede: Amazonas. 6. Oficina Desconcentrada de Control Interno VI: La Libertad, Ancash y El SantaSede: la Libertad. 7. Oficina Desconcentrada de Control Interno VII: Junín y Huánuco-PascoSede: Junín. 8. Oficina Desconcentrada de Control Interno VIII: Ica, Huancavelica y AyacuchoSede: Ica. 9. Oficina Desconcentrada de Control Interno IX: Cus- co, Apurímac y Madre de DiosSede: Cusco. 10.Oficina Desconcentrada de Control Interno X: Are- quipa, Puno, Tacna y MoqueguaSede: Arequipa. El Fiscal Supremo Titular de Control Interno podrá pro- poner a la Junta de Fiscales Supremos, previa conformi-dad del Titular del Pliego la creación de nuevas sedes deOficinas Desconcentradas de Control Interno, según lasnecesidades del servicio en cada Distrito Judicial del país. Artículo 17º.- Funciones de las Oficinas Desconcen- tradas de Control Interno.- Tienen las funciones siguientes: 1. Planificar y organizar el trabajo de la Oficina Des- concentrada de Control Interno, a su cargo, así como efec-tuar evaluaciones semestrales dando cuenta de los resul-tados a la Oficina Central. 2. Calificar las quejas determinando su procedencia o improcedencia y verificar los plazos de caducidad y pres-cripción, aplicables a cada caso. 3. Programar las visitas a las diferentes fiscalías inte- grantes de la Oficina Desconcentrada de Control Interno,bajo su jurisdicción, en la oportunidad que considere pro-picia. 4. Planificar y ejecutar en el ámbito territorial de su com- petencia, los operativos de inteligencia, destinados a laerradicación de la corrupción en la actividad fiscal. 5. Iniciar investigación por mandato de la Oficina Cen- tral de Control Interno, o de oficio cuando tome conoci-miento de irregularidades existentes en las fiscalías bajosu jurisdicción. 6. Imponer en primera instancia, las sanciones de amo- nestación y multa. 7. Proponer a la Oficina Central las sanciones de sus- pensión y destitución, cuando fuere aplicable en los casosbajo su conocimiento. 8. Cuando en la tramitación de una queja funcional se establezcan indicios de la presunta comisión de un delito enel ejercicio de la función fiscal, se remitirá al Fiscal SuperiorJefe de la Oficina Desconcentrada, quien hará uso de lascompetencias, atribuciones y facultades que como Fiscal leconfiere la Ley Orgánica del Ministerio Público, por ser elencargado de conocer las investigaciones de contenido pe-nal contra jueces de primera instancia y fiscales provincia-les, adjuntos superiores y adjuntos provinciales. TÍTULO IV INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES Artículo 18º.- Los miembros integrantes de los Órganos de Control están sujetos a las mismas prohibiciones e incompatibili-dades que establecen los artículos 20º, 21º y 22º de la LeyOrgánica del Ministerio Público, debiendo excusarse en elcaso de presentarse algunas de las situaciones previstasen dichas normas. También deberán excusarse en los ca-sos previstos en los artículos 29º y 31º del Código de Pro-cedimientos Penales. Artículo 19º.- Los miembros integrantes de los órganos de control in- terno no son recusables, pero deberán excusarse, bajo