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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (25/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G30/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 25 de setiembre de 2004 6. En los casos de los Órganos de Control Institucional que carecen de equipos de cómputo, deberán anexar al proyecto de Plan Anual de Control una declaración jurada precisando la imposibilidad de ingresar la información delPlan Anual de Control en el SAGU, acompañando los sus- tentos de las acciones adoptadas ante el Titular para con- tar con dichos equipos. 7. Toda Acción de Control Posterior no programada, in- dependientemente del origen de la misma, se efectuará con opinión previa favorable de la unidad orgánica de línea dela Contraloría General. 8. La información contenida en los formatos estableci- dos por la presente directiva tiene naturaleza de declara-ción jurada y por tanto está sujeta a verificación selectiva posterior. F. ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE PLAN ANUAL DE CONTROL 1. Asignación de la Capacidad Operativa para la pro- gramación. La programación de Acciones y Actividades de Control deberá considerar la capacidad operativa disponible del personal auditor del OCI: personal nombrado y contratadobajo cualquier modalidad que forma parte del OCI. Para la programación se considera estándar 230 días útiles al año y 8 horas diarias por auditor, equivalentes a untotal de 1,840 h/h anuales laborables por cada auditor in- cluyéndose al Jefe del OCI; salvo los casos en que el nú- mero de días útiles al año o la jornada de trabajo difiera delestándar, en los cuales se procederá a adecuar los cálcu- los, debiéndose señalar las respectivas justificaciones, en el oficio de remisión del proyecto de Plan Anual de Control. De otro lado, del total de 230 días útiles, se descontará aquellos necesarios para la culminación de las Acciones de Control Posterior que al 31 de diciembre del año ante-rior quedarán en proceso, las cuales mantendrán su códi- go de inicio. Para el cálculo de la distribución de h/h, se tendrá dis- ponible en el SAGU el Reporte Nº 1 que se acompañará al proyecto de Plan Anual de Control. Distribución estándar de las h/h/ del Personal Audi- tor Disponible - 50% de las h/h del Personal Auditor serán destinadas para efectuar Acciones de Control Posterior. - 30% de las h/h del Personal Auditor serán destinadas a efectuar Actividades de Control - 20% de las h/h del Personal Auditor deberá ser reser- vado para efectuar Encargos de Acciones de Control Pos-terior, que en su oportunidad disponga la Contraloría Ge- neral. sea de oficio o a pedido del Titular. Se encuentra comprendido en el uso de este porcen- taje, la disposición contenida en el inciso f) del Art. 28º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional,referido a la actuación de oficio del OCI ante indicios ra- zonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento. Los porcentajes de programación entre las Acciones de Control Posterior y de las Actividades de Control pue- den diferir en +/- 5% del estándar establecido; excepto el20% destinado a Encargos, el cual deberá mantenerse in- variable. 2. Criterios y disposiciones para la determinación de las Acciones de Control Posterior La selección de las Acciones de Control Posterior a ser incorporadas en el proyecto de Plan Anual de Control se elaborará con sujeción a los Lineamientos de Política im-partidos por la Contraloría General y las disposiciones con- tenidas en la presente directiva. 1. El alcance de las Acciones de Control Posterior debe considerar en lo posible períodos de no más de dos años anteriores a la ejecución de la Acción de Control, que per-mitan la adopción de medidas correctivas inmediatas. 2. En las Acciones de Control Posterior programadas, deberá considerarse las áreas o procesos que constituyenla función principal, expresión de la misión institucional. 3. La selección de las Acciones de Control Posterior a incluirse en el Plan Anual, será resultado de la priorizaciónque se efectúe considerando entre otros los siguientes cri- terios: a) Áreas o procesos, críticos o de riesgo. b) Denuncias sustentadas. c) Área o proceso de relevancia en la Entidad (razón de ser). d) Materialidad (Importancia económica). e) Impacto social. f) Alcance.g) Carencia o insuficiencia de Controles preventivos. h) Falta de implementación de recomendaciones conte- nidas en los Informes de Acciones de Control Posterior. i) Tiempo transcurrido desde la última Acción de Con- trol efectuada al área o proceso a ser evaluado. j) Áreas o procesos que a pesar de su importancia no han sido examinados los últimos años. Los criterios empleados para la selección de las Accio- nes de Control programadas, deben sustentarse en el Ca- pítulo “Programación de Acciones de Control” del Plan Anual de Control. 4. Los OCI realizarán el seguimiento de la solicitud de designación de una SOA para efectuar la Auditoría a los Estados Financieros y el Examen Especial a la Informa-ción Presupuestaria de su entidad, en base a la Directiva impartida por la Contraloría General, en caso no cuenten con presupuesto para este fin, el OCI efectuará la progra-mación de esta auditoría. 5. En armonía con lo dispuesto en la Directiva Nº 02- 2003-CG/CE “Disposiciones para la Auditoría a la Informa-ción Financiera emitida por los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo-CAFAE”, los OCI deberán programar la Auditoría a los Estados Financierosde CAFAE. 6. Los Órganos de Control Institucional de municipios deberán programar el examen al Programa del Vaso de Le-che. 7. Los Órganos de Control Institucional de las entida- des que han concertado operaciones de endeudamientopúblico en el último año, deberán incluir en su Plan Anual de Control, un Examen Especial con el objeto de determi- nar la adecuada utilización de los recursos provenientesde dichas operaciones, incluyendo, en el caso de las muni- cipalidades, aquellas que hayan sido efectuadas con car- go al FONCOMUN 3. Criterios y disposiciones para la determinación de las Actividades de Control 1. Entre las actividades de control, se incorporará aquella que comprenda la revisión del Sistema de ControlInterno implementado en las áreas estratégicas o de ma- yor importancia de la entidad, a partir de la cual, el OCI emitirá recomendaciones al Titular de la Entidad para laadopción de las medidas para prevenir la ocurrencia de actos irregulares y alertar de los riesgos potenciales en la administración. (salvo requerimiento expreso de la CGR,sus resultados se enviarán únicamente al Titular de la Entidad). 2. Todo encargo dado por otra norma, se considera Actividad de Control, salvo que el mismo señale en forma expresa que se trata de una Acción de Control Posterior en cualquiera de sus tres modalidades (Examen Espe-cial, Auditoría Financiera, Auditoría de gestión). 3. La actividad de control denominada Evaluación de Denuncias, se efectuará con celeridad y oportunidad, aefecto de garantizar una actuación oportuna frente a he- chos de gravedad que atenten contra el interés fiscal, o conlleven a riesgos de prescripción. 4. Programación de las Acciones de Control Poste- rior y Actividades de Control 4.1 Programación de Acciones de Control Posterior Las Acciones de Control Posterior están conformadas por los Exámenes Especiales, las Auditorías Financieras y las Auditorías de Gestión. La programación de las Acciones de Control Posterior se registra en el Formato A-1 denominado “Programación de Acciones de Control Posterior”, el cual contiene infor-mación básica de las mismas. El contenido del Formato A-1 deberá ser registrado en el SAGU instalado en el OCI, el cual asignará automática-