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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (27/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G37/G32/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de setiembre de 2004 1. Marco general y justificación; 2. Definición del o los servicios objeto de la fijación de la tarifa; 3. Proyección de la demanda;4. Plan de inversiones;5. Costos operativos;6. Costo de capital;7. Flujo de caja;8. Análisis de sensibilidad;9. Comparación tarifaria de ser el caso;10. Análisis financiero de la empresa. Artículo 56º.- Evaluación de la propuesta tarifaria La Gerencia de Regulación contará con un plazo no mayor de sesenta (60) Días, excepcionalmente prorroga-bles por un período máximo de treinta (30) Días adiciona-les, para presentar ante la Gerencia General la propuestatarifaria adjuntando la información a que se refiere el Artí-culo 43º. En un plazo de cinco (05) Días, la Gerencia General evaluará el referido informe y en el caso de otorgar su con-formidad lo someterá a consideración del Consejo Directi-vo, quien dentro de un plazo de quince (15) Días contadosa partir de la fecha en que tome conocimiento del referidoinforme y de no tener observaciones aprobará la publica-ción de la propuesta tarifaria. Artículo 57º.- Presentación de comentarios a la pro- puesta tarifaria Los interesados contarán con un plazo no menor de quince (15) Días ni mayor de treinta (30) Días, contados apartir de la publicación de la propuesta tarifaria, para efec-tos de presentar a OSITRAN sus comentarios, observa-ciones o aportes. Dentro de este plazo, se llevará a cabolas Audiencias de conformidad a lo establecido en Título IVdel presente Reglamento. Artículo 58º.- Presentación de información de las partes interesadas Las Entidades Prestadoras sólo podrán presentar in- formación adicional ante OSITRAN relativa al procedimientode revisión o fijación tarifaria de que se trate, a más tardarel tercer Día contado desde la fecha señalada por OSI-TRAN para la realización de la última Audiencia Públicacorrespondiente o al término del plazo previsto para la pre-sentación de comentarios, lo que ocurra después. Artículo 59º.- Aprobación de la propuesta de revi- sión o fijación tarifaria La Gerencia de Regulación contará con un plazo de quince (15) Días contados a partir de la fecha de venci-miento del plazo para la presentación de comentarios delos interesados, para presentar a la Gerencia General elInforme que sustente las Tarifas Máximas relativas al pro-cedimiento de Fijación o Revisión Tarifaria, así como laexposición de motivos y Resolución correspondiente. En un plazo de cinco (05) Días, la Gerencia General eva- luará el referido informe y en el caso de otorgar su conformi-dad, lo someterá a consideración del Consejo Directivo. El Consejo Directivo contará con un plazo máximo de quince (15) Días, contados a partir de la fecha en que tomeconocimiento del Informe de la Gerencia de Regulación,para dar su conformidad u observar dicho informe y emitirla correspondiente Resolución tarifaria. Artículo 60º.- Actuaciones Complementarias En el caso que la Gerencia General o el Consejo Direc- tivo observe el Informe de la Gerencia de Regulación o lanaturaleza del procedimiento exija la realización de actua-ciones complementarias, por considerarse indispensablespara que el Consejo Directivo cuente con los elementos dejuicio necesarios para aprobar la Resolución correspon-diente, podrán requerir a la Gerencia de Regulación la eje-cución de dichas actuaciones complementarias y la am-pliación del informe, en un plazo no mayor de quince (15)Días, contados desde la fecha en que se requiere dichaampliación a la Gerencia de Regulación. CAPÍTULO 2 DEL PROCEDIMIENTO DE FIJACIÓN Y REVISIÓN TARIFARIA A INSTANCIA DE PARTE Artículo 61º.- Inicio del procedimiento a instancia de parte La Entidad Prestadora podrá solicitar a OSITRAN el inicio de un procedimiento de fijación o revisión tarifaria.Una vez admitida a trámite la solicitud presentada por la Entidad Prestadora, ésta será publicada en la página Webde OSITRAN, respetándose la normativa relativa al trata-miento de la información calificada como confidencial. Es competencia exclusiva de OSITRAN, evaluar la ad- misibilidad y procedencia de la solicitud presentada por laEntidad Prestadora. Para tal efecto, dentro de los primerostres (03) Días de recibida dicha solicitud, OSITRAN debe-rá solicitar a la Entidad Prestadora, de ser el caso, querealice las subsanaciones a que hubiera lugar en un plazomáximo de cinco (05) Días, contados desde el día siguien-te a la recepción de la notificación relativa al requerimientode subsanación. Una vez efectuada la subsanación respectiva, la Ge- rencia de Regulación con el apoyo de la Gerencia de Ase-soría Legal contarán con un plazo máximo de diez (10)Días para evaluar la procedencia de la solicitud y presen-tar a la Gerencia General el informe respectivo. La Geren-cia General lo someterá a consideración del Consejo Di-rectivo en la sesión inmediata siguiente. El Consejo Direc-tivo, sobre la base del Informe de la Gerencia de Regula-ción, emitirá la Resolución correspondiente relativa al ini-cio del procedimiento de fijación o revisión tarifaria. Artículo 62º.- Contenido de la solicitud de fijación o revisión tarifaria La solicitud de fijación o revisión tarifaria deberá conte- ner cuando menos la siguiente información: 1. Indicación de la Entidad Prestadora solicitante 2. Poder del representante legal de la Entidad Presta- dora; 3. Marco general y justificación;4. Definición del servicio o servicios objeto de la solici- tud de fijación o revisión tarifaria; 5. Estudio que incluya el sustento técnico-económico de los supuestos, parámetros y bases de datos utilizadosen el estudio; 6. Definición y sustentación de la metodología utilizada como base para la propuesta de fijación o revisión tarifaria. 7. Proyección de la demanda;8. Plan de inversiones;9. Costos operativos;10. Costo de capital;11. Flujo de caja;12. Análisis de sensibilidad;13. Comparación tarifaria internacional, de ser el caso;14. Análisis financiero de la empresa. Artículo 63º.- Continuación del procedimiento A partir de la aprobación de la Resolución a que se refiere el Artículo precedente será de aplicación lo esta-blecido en los Artículos 55º al 60º del presente Reglamen-to. CAPÍTULO 3 DEL PROCEDIMIENTO DE FIJACIÓN TARIFARIA DE SERVICIOS NUEVOS Artículo 64º.- Inicio del procedimiento de fijación ta- rifaria de servicios nuevos La Entidad Prestadora deberá solicitar a OSITRAN la fijación de una tarifa aplicable a un servicio nuevo en loscasos a que se refiere el Artículo 11º del presente Regla-mento. Una vez admitida a trámite la solicitud presentadapor la Entidad Prestadora, ésta será publicada en la páginaWeb de OSITRAN, respetándose la normativa relativa al tra-tamiento de la información calificada como confidencial. Es competencia exclusiva de OSITRAN, evaluar la ad- misibilidad y procedencia de la solicitud presentada por laEntidad Prestadora. Para tal efecto, dentro de los primerostres (03) Días de recibida dicha solicitud, OSITRAN debe-rá solicitar a la Entidad Prestadora, cuando corresponda,realice las subsanaciones a que hubiera lugar, en un plazomáximo de tres (03) Días, contados desde el día siguientea la recepción de la notificación relativa al requerimientode subsanación. Una vez efectuada la subsanación respectiva, la Ge- rencia de Regulación con el apoyo de la Gerencia de Ase-soría Legal, contarán con un plazo máximo de diez (10)Días para evaluar la procedencia de la solicitud y presen-tar a la Gerencia General el informe respectivo. En dichoinforme se podrá proponer la aplicación de una tarifa provi-sional. La Gerencia General someterá el informe a consi-deración del Consejo Directivo en la sesión inmediata si-guiente.