NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (27/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 31
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G37/G31/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de setiembre de 2004 servicios derivados de la explotación de infraestructura portuaria de uso público, que se encuentre bajo el régimenregulatorio de tarifas. El plazo de duración del procedimiento de fijación o re- visión tarifaria en el caso de servicios derivados de la ex-plotación de infraestructura portuaria, de conformidad conlo establecido en la LSPN, se incrementaría a 270 y 305Días, respectivamente. REGLAMENTO GENERAL DE TARIFAS CONTENIDO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II DEL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN REGULADORA Capítulo 1 De las normas tarifarias generalesCapítulo 2 De las resoluciones que aprueban la fi- jación o revisión tarifaria TÍTULO III DE LAS OBLIGACIONES DE LAS EN- TIDADES PRESTADORAS EN MATE-RIA DE ESTABLECIMIENTO Y APLI-CACIÓN DE TARIFAS Capítulo 1 Del establecimiento de tarifas por parte de las Entidades Prestadoras Capítulo 2 Del Tarifario de las Entidades Prestado- ras Capítulo 3 De la política comercial de las Entida- des Prestadoras TÍTULO IV DE LOS MECANISMOS DE PARTICI- PACIÓN DE INTERESADOS EN LA FI-JACIÓN O REVISIÓN DE LAS TARIFAS Capítulo 1 De la publicación de la propuesta tarifa- ria Capítulo 2 De las audiencias públicas descentrali- zadas Capítulo 3 De las audiencias privadas TÍTULO V DEL PROCEDIMIENTO DE FIJACIÓN Y REVISIÓN DE TARIFAS Capítulo 1 Del procedimiento de fijación y revisión tarifaria de oficio Capítulo 2 Del procedimiento de fijación y revisión tarifaria a solicitud de parte Capítulo 3 Del procedimiento de fijación tarifaria de servicios nuevos Capítulo 4 Del procedimiento de desregulación ta- rifaria Capítulo 5 De la impugnación de la Resolución ta- rifaria DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASDISPOSICIONES TRANSITORIASDISPOSICIONES FINALESANEXO IANEXO II TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Referencia Cuando en el presente Reglamento se aluda a Ley, se entenderá que se refiere a la Ley Nº 27838, Ley de Trans-parencia y Simplificación de los Procedimientos Regulato-rios de Tarifas. Asimismo, cuando se aluda a Reglamento, deberá entenderse que se hace referencia al presente Re-glamento. Cuando en el presente Reglamento se mencione un Artículo sin precisar la norma legal a la que corresponde,se entenderá que está referido a un Artículo del presenteReglamento. Artículo 2º.- Objeto del presente Reglamento El presente reglamento tiene por objeto establecer la metodología, reglas, principios y procedimientos que apli-cará OSITRAN cuando fije o revise las tarifas aplicables ala prestación de los servicios derivados de la explotaciónde la Infraestructura de Transporte de Uso Público, ya seaque el procedimiento se inicie de oficio o a pedido de parte. Artículo 3º.- Definiciones Para efectos del presente Reglamento, entiéndase por: Audiencia Privada: Es la instancia dentro de los pro- cedimientos de fijación y revisión de tarifas a través de lacual OSITRAN, por medio de sus representantes, se re-úne con representantes de las Entidades Prestadoras ocon representantes de las Organizaciones Representati-vas de Usuarios, con el fin de absolver consultas. Audiencia Pública: Es la instancia dentro de los pro- cedimientos de fijación y revisión de tarifas a través de lacual OSITRAN somete a consulta pública los criterios,metodología, estudios, informes, modelos económicos odictámenes, que servirán de justificación en la fijación yrevisión de las tarifas, con el fin de permitir a los agentesdel sector regulado bajo su ámbito de competencia, unaparticipación efectiva en el proceso regulatorio. Autoridad Portuaria Nacional: Es un Organismo Pú- blico Descentralizado creado por Ley Nº 27943, encarga-do del Sistema Portuario Nacional. Adscrito al Ministeriode Transportes y Comunicaciones, dependiente del Minis-terio, con personería jurídica de derecho público interno,patrimonio propio y con autonomía administrativa, funcio-nal, técnica, económica, y financiera, y facultad normativapor delegación del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones. Canastas por servicios: Agrupación de servicios de- rivados de la explotación de la Infraestructura de Transpor-te de Uso Público, por parte de la Entidad Prestadora quese encuentran bajo el régimen de regulación tarifaria. Cargo de Acceso: Es la contraprestación monetaria que cualquier operador de servicios competitivos está obli-gado a pagar a la Entidad Prestadora por utilizar las Facili-dades Esenciales. Días: Son los días hábiles. Entidad Prestadora: Empresa o grupo de empresas que tiene la titularidad legal o contractual para realizar ac-tividades de explotación de Infraestructura de Transportede Uso Público, sea empresa pública o privada y que con-serva frente al Estado la responsabilidad por la prestaciónde los servicios. Fijación de Tarifas: Es el procedimiento administrativo que lleva a cabo OSITRAN, conducente a la determina-ción de las Tarifas, peajes o cobros similares, aplicables ala prestación de los servicios derivados de la explotaciónde la Infraestructura de Transporte de Uso Público por par-te de las Entidades Prestadoras, cuando se haya determi-nado previamente que los servicios en cuestión no se pres-tan en condiciones de competencia en el mercado. Infraestructura de Transporte de Uso Público: Es el sistema compuesto por las obras civiles e instalacionesmecánicas, eléctricas, electrónicas u otras, mediante lascuales se brinda un servicio de transporte o se permite elintercambio modal, y por el cual se cobra una contrapres-tación. La infraestructura puede ser aeroportuaria, portua-ria, vial u otras infraestructuras públicas de transporte. Organización Representativa de Usuarios: Es la per- sona jurídica inscrita en los Registros Públicos, que tienela representatividad para velar por los intereses de los usua-rios, que reciben de forma permanente algún servicio deri-vado de la explotación de la Infraestructura de Transportede Uso Público.