Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2005 (07/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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1 de marzo de 2005, acordo por unanimidad declarar la suspension del ejercicio del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el tiempo que dure el mandato de su detencion; Que el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA Portillo, mediante auto de fecha 26 de febrero de 2005 abrio instruccion contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la comision de delito de Peculado, Abuso de Autoridad y contra la Fe Publica en agravio de la Municipalidad de Iparia, dictandosele mandato de detencion, conforme consta de fojas 30; Que el ejercicio del cargo de MORDAZA se suspende por el tiempo que dure el mandato de detencion, conforme al inciso 3) del articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; debiendo reemplazarse a las autoridades suspendidas con arreglo al articulo 24º de la acotada; Que en caso de suspension del MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y para completar el numero legal de miembros del concejo municipal, se debe convocar provisionalmente a don MORDAZA Eudocio MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la Organizacion Politica Regional "Cambio en Ucayali"; Que verificado el cumplimiento de los presupuestos legales, es procedente otorgar la credencial solicitada, segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 0342004-JNE; Que en el supuesto de que no quedase ningun integrante de una lista de candidatos, se incorporara al integrante de otra lista, debiendo ser esta la que sigue en el orden del computo de sufragios; correspondiendo incorporar a un candidato de la Organizacion Politica Regional "Cambio en Ucayali", al haberse agotado la lista de los candidatos de la organizacion politica local "Movimiento Independiente Salvemos Iparia-MISI"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 181º de la Constitucion Politica del Estado y de conformidad con lo dispuesto en los acapites 1.3 del articulo IV del Titulo Preliminar y 61.2 del articulo 61º de la Ley de Procedimiento Administrativo General; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asume provisionalmente el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Iparia, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, mientras dure el mandato de detencion que existe contra don MORDAZA MORDAZA Silvano; debiendosele otorgar la credencial respectiva. Articulo Segundo.- Convocar a don MORDAZA Eudocio MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la Organizacion Politica Regional "Cambio en Ucayali", para que asuma provisionalmente el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Iparia, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, departamento de Loreto; debiendosele otorgar la credencial respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 06711

Confirman acuerdos que declararon improcedente solicitud de vacancia del cargo de Regidor del Concejo Provincial de MORDAZA
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 071-2005-JNE Expediente Nº 082-2005 MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2005 Vista, la apelacion interpuesta por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Herencia Maurtua contra el Acuerdo Nº 001-2005-MPP del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de Ica, de fecha 7 de enero de 2005, que declaro infundado su recurso de reconsideracion contra el acuerdo adoptado en sesion extraordinaria de fecha 20 de octubre de 2004 formalizado con Acuerdo Nº 075-2004-MPP de 3 de noviembre de 2004, que a su vez declaro improcedente la solicitud de vacancia planteada por el mismo recurrente, respecto del cargo de regidor que ejerce don Johny MORDAZA Landeo; CONSIDERANDO: Que el sustento de la solicitud de vacancia es la presunta infraccion de las restricciones de contratacion prevista como causal de vacancia en el inciso 9) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, concordante con el articulo 63º de la misma MORDAZA, en que habria incurrido el regidor Johny MORDAZA MORDAZA, a traves de la venta de lubricantes y otros productos que la empresa Oleocentro Jhonny E.I.R.L., de la que es gerente, ha efectuado a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - EMAPISCO S.A., y por la venta de productos similares a la misma empresa municipal y a la Municipalidad Provincial de MORDAZA realizada por la Empresa de Transportes y Turismo Melchorita MORDAZA E.I.R.L., cuyo titular es el ciudadano MORDAZA MORDAZA Monrroy Nanez, con quien, segun manifiesta el apelante, el regidor cuestionado tendria vinculacion; Que para que se configure la causal de vacancia contenida en el articulo 63º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la infraccion debe tener dos elementos constitutivos, el primero es la existencia de contrato o remate de obras o servicios publicos municipales, o la adjudicacion de bienes de la Municipalidad, y el MORDAZA es que, como consecuencia del primer supuesto, el MORDAZA o regidor resulte ser contratista o adjudicatario, ya sea directamente o por interposita persona; situacion que en el caso de autos no se ha producido, pues los hechos alegados estan referidos a adquisiciones hechas por la Municipalidad de MORDAZA, a traves de sus oficinas administrativas, a la Empresa de Transpor tes y Turismo Melchorita MORDAZA E.I.R.L., las que, en todo caso podran ser objeto de acciones de control por parte del organo competente, tal como corresponde a toda entidad sujeta al Sistema Nacional de Control; Que la empresa Oleocentro Jhonny E.I.R.L., en la que el regidor Johny MORDAZA MORDAZA es gerente, no ha efectuado ventas a la Municipalidad de MORDAZA, sino a EMAPISCO S.A., que es entidad distinta y no esta regulada por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, no habiendo causal prevista en dicha MORDAZA que resulte aplicable a la vacancia solicitada; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA

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