Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2005 (07/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 290293

de Derecho, superando de este modo la MORDAZA de un Estado Liberal de Derecho. El MORDAZA de uno a otro modelo no es solo una cuestion semantica o de terminos, sino que comporta el redimensionamiento de la funcion del propio Estado. En efecto, si bien es MORDAZA que los valores basicos del Estado liberal eran, precisamente, la MORDAZA, la propiedad individual, la igualdad, la seguridad juridica y la participacion, en todo ambito, de los ciudadanos en la formacion de la voluntad estatal, tambien lo es que "(...) el Estado social democratico y libre no solo no niega estos valores, sino que pretende hacerlos mas efectivos dandoles una base y un contenido material y partiendo del supuesto de que individuo y sociedad no son categorias aisladas y contradictorias, sino dos terminos en implicacion reciproca de tal modo que no puede realizarse el uno sin el otro"1 . 2. El Tribunal Constitucional con frecuencia debe hacer frente a conflictos de la mas alta trascendencia social y politica. Esto supone, muchas veces, que las decisiones jurisdiccionales que adopte, tengan un impacto en los medios academicos y de comunicacion social. No obstante, el reconocimiento del Estado Social y Democratico de Derecho como un espacio plural para la convivencia, hace posible que la labor del MORDAZA interprete de la Constitucion sea la de un autentico componedor de conflictos sociales, funcion que se canaliza, en forma institucional, a traves de los procesos constitucionales. 3. La argumentacion constitucional, es en este contexto, el mejor recurso de legitimacion y persuasion con que cuenta este Tribunal para la busqueda del consenso social y el retorno de la armonia. De este modo logra adhesiones y persuade y construye un espacio para su propia presencia en el Estado Social y Democratico de Derecho, erigiendose como una institucion de dialogo social y de construccion pacifica de la sociedad plural. 4. El Estado Social y Democratico de Derecho, como alternativa politica frente al Estado Liberal, si bien asume los fundamentos de este, le imprime funciones de caracter social; su pretension es que los principios que lo sustentan y justifican tengan una base y un contenido social. Ello porque en este modelo de Estado, los derechos del individuo no son excluyentes de los intereses de la sociedad, pues la realizacion de uno no puede ser sin el concurso del otro. Se trata, pues, de un MORDAZA de Estado que procura la integracion social y conciliar los legitimos intereses de la sociedad con los legitimos intereses de la persona, cuya defensa y el respeto de su dignidad constituyen el fin supremo de la sociedad y el Estado (articulo 1º de la Constitucion). 5. De ahi que el Estado Social y Democratico de Derecho promueva, por un lado, la existencia de condiciones materiales para alcanzar sus objetivos, lo cual exige una relacion directa con las posibilidades reales y objetivas del Estado y con una participacion activa de los ciudadanos en el quehacer estatal; y, por otro, la identificacion del Estado con los fines de su contenido social, de forma tal que pueda evaluar, con MORDAZA, tanto los contextos que justifiquen su accionar como su abstencion, evitando constituirse en obstaculo para el desarrollo social. 6. Como ha senalado MORDAZA Haberle, el Tribunal Constitucional, a traves de los procesos constitucionales, sobre todo de aquellos que logran una "gran audiencia" en la sociedad, se vincula cada vez mas con los actores directos, "se sociabiliza", lo que permite que "(...) cuanto mas interviene en la conduccion de la sociedad abierta, tanto mas se adhiere la sociedad a el (...)"2 . 7. El Tribunal Constitucional participa como un autentico organo con sentido social, estableciendo, a traves de su jurisprudencia, las pautas por las que ha de recorrer la sociedad plural, advirtiendo los peligros de determinadas opciones del legislador democratico, a traves de sus sentencias exhortativas, o, simplemente, llevando el mensaje de la Constitucion a los lugares mas alejados del MORDAZA, a traves de sus audiencias descentralizadas. En un MORDAZA que busca desterrar el trauma de las dictaduras y las opciones autoritarias que aun MORDAZA cercanas, la labor del Tribunal, en cada caso, supone la

conviccion y la MORDAZA de que es posible construir una sociedad MORDAZA y libre con garantia para las diferencias y la pluralidad de opciones. Como bien precisa Kelsen: "(...) no puede comprenderse la democracia partiendo de la sola idea de libertad; ya que esta, por si misma, no puede fundar un orden social, cuyo sentido esencial es la vinculacion; y solo una vinculacion normativa puede establecer vinculos sociales y establecer una comunidad. El sentido mas profundo del MORDAZA democratico radica en que el sujeto no reclama para si, sino para los demas; el "yo" quiere que tambien el "tu" sea libre, porque ve en el su igual. De ese modo, para que pueda originarse la nocion de una forma social democratica, la idea de igualdad ha de agregarse a la de MORDAZA, limitandola"3 . 8. El Tribunal Constitucional, como supremo interprete de la Constitucion, sustentandose en los articulos 3º y 43º de la Constitucion, que reconocen al nuestro como Estado Social y Democratico de Derecho, ha venido otorgando contenido a sus principios a traves de su jurisprudencia. De este modo, desde la STC Nº 0008-2003-AI/ TC (caso MORDAZA Nesta Brero contra el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 140-2001) y en causas subsiguientes, se ha marcado la pauta de lo que el constituyente historico ha querido plasmar en la MORDAZA de una Constitucion como una realidad viviente. 9. La jurisprudencia constitucional es una herramienta fundamental para la construccion y defensa permanente del Estado Social y Democratico de Derecho, por cuanto permite que el modelo mismo de organizacion politica no solo se consolide, sino que se desarrolle en un dialogo fructifero y MORDAZA entre texto y realidad constitucional. 10. La jurisprudencia de este Tribunal Constitucional es tambien una fuente de primer orden no solo para los tribunales ordinarios y los demas entes publicos, sino para el propio Tribunal a la hora de decidir un MORDAZA caso. En cada sentencia de MORDAZA, un MORDAZA dispositivo de nuestra Constitucion es desarrollado sin olvidar que se trata de una obra duradera en el tiempo y en MORDAZA movimiento. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional es, en buena cuenta, Constitucion viviente de la sociedad plural. §2. El contenido de lo "social" en la actividad del Estado y de los particulares 11. Este Colegiado, al dejar sentado que el Estado Social y Democratico de Derecho es una construccion complementaria del Estado Liberal de Derecho, preciso que: "[l]a configuracion del Estado Social y Democratico de derecho requiere de dos aspectos basicos: la existencia de condiciones materiales para alcanzar sus presupuestos, lo que exige una relacion directa con las posibilidades reales y objetivas del Estado y con una participacion activa de los ciudadanos en el quehacer estatal; y la identificacion del Estado con los fines de su contenido social, de forma tal que pueda evaluar, con criterio prudente, tanto los contextos que justifiquen su accionar como su abstencion, evitando tornarse en obstaculo para el desarrollo social (...)"(STC 0008-2003-AI, Fundamento Nº 12). 12. En terminos economicos, en la precitada ejecutoria nos referimos a una actividad que "(...) debe ser ejercida con responsabilidad social y bajo el presupuesto de los valores constitucionales de la MORDAZA y la justicia (...)" (Fundamento Nº 13). La Economia Social de

1

MORDAZA MORDAZA, Manuel. Las transformaciones del Estado contemporaneo. Madrid: Alianza Editorial, 1980. p. 26.

2

Haberle, Peter. "La jurisdiccion constitucional institucionalizada en el Estado Constitucional", en: Nueve ensayos constitucionales y una leccion jubilar, traduccion de MORDAZA Brage, MORDAZA 2004, pag.122.
Kelsen, Hans. Esencia y valor de la democracia. Madrid: Labor, 2.ª edicion, 1977. p. 138.

3

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.