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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (07/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 60

PÆg. 290294 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de abril de 2005 Mercado parte de la premisa que el mejor sistema para la asignación y distribución de los recursos, es aquelque propicia la concertación libre entre oferta y deman-da, puesto que de este modo se promueve el desplieguede las iniciativas de los seres humanos, se incentiva lacompetencia creadora y se impulsan las innovaciones tecnológicas. Al Estado en este esquema le correspon- de crear las condiciones para que las actividades eco-nómicas privadas se desarrollen de manera libre y com-petitiva, procurándoles un marco para su desarrollo efi-ciente, que redunde en mejores productos y a precioscompetitivos para los consumidores y usuarios. De otro lado, el mandato constitucional cuyo enunciado es que el Estado debe velar por el bien común, implica que debeintervenir para corregir las inequidades sociales, a fin deque todos, y no unos pocos, sean partícipes de los be-neficios del progreso y del desarrollo económico. 13. En este contexto, el papel del Estado implica la defensa del bien común y del interés público, la explota- ción y el uso racional y sostenible de los recursos natu-rales que como tales pertenecen a la Nación, y el desa-rrollo de acciones orientadas a propiciar la equidad so-cial. Por ende, tiene la obligación de acentuar la búsque-da del equilibrio entre la libertad económica, la eficiencia económica, la equidad social y las condiciones dignas de vida material y espiritual para las actuales y venide-ras generaciones. §3. Responsabilidad social de la empresa 14. El modelo del Estado Social y Democrático de Derecho representa un nivel de desarrollo mayor que eldel Estado Liberal. Pero ¿qué supone la fórmula políticao, más precisamente, el término “social” respecto a laactuación de los grupos económicos y las empresasprivadas? ¿Es indiferente que el Estado se defina cons- titucionalmente como “Social y Democrático de Dere- cho” cuando se trata de extraer algunos efectos frente alos particulares? Respecto del Estado, ya sabemos queha suscitado una especie de mutación estructural. Noes lo mismo, ni en la perspectiva histórica, ni en cuantoa los alcances y contenidos concretos, la fórmula del Estado Liberal y la acuñada por el constitucionalismo de posguerra como “Estado Democrático y Social de Dere-cho”. 15. En ese marco, la otrora relación liberal del indivi- dualismo frente al Estado y la relación social del Estadocomo garante del bienestar general, se complementan con la constitucionalización de la economía y de la tutela del medio ambiente y los recursos naturales. En estaperspectiva es que la empresa privada, como expresiónde un sector importante de la sociedad, tiene especialresponsabilidad frente al Estado. La Economía Social deMercado condiciona la participación de los grupos eco- nómicos en armonía con el bien común y el respeto del interés general, estableciendo límites para que la demo-cracia constitucional no sea un espacio donde se im-pongan las posiciones de los más poderosos económi-camente en detrimento de los bienes jurídicos protegi-dos constitucionalmente. En el Estado Social y Demo- crático de Derecho el crecimiento económico no puede ni debe reñirse con el derecho a la plenitud de la vidahumana; no puede superponerse al resguardo de la dig-nidad de la persona que constituye la prioridad no sólodel Estado, sino de la sociedad en su conjunto. 16. Lo “social”, se define aquí desde tres dimensio- nes: como mecanismo para establecer legítimamente algunas restricciones a la actividad de los privados; comouna cláusula que permite optimizar al máximo el principiode solidaridad, corrigiendo las posibles deformacionesque pueda producir el mercado de modo casi “natural”,permitiendo, de este modo, un conjunto de mecanismos que permitan al Estado cumplir con las políticas sociales que procuren el bienestar de todos los ciudadanos; y,finalmente, como una fórmula de promoción del uso sos-tenible de los recursos naturales para garantizar unambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Prima facie , la actividad de la empresa está sujeta a regulaciones constitucionales y legales a fin de que la organización política pueda lograr los objetivos estable-cidos en la propia Constitución. Por ello es que, cuando entran en conflicto determinados derechos o libertadesindividuales con las prerrogativas del Estado, resultadeterminante establecer el marco jurídico y político enque se sustentan dichos derechos. Ni la propiedad ni laautonomía privada son irrestrictas per se en el constitu- cionalismo contemporáneo. Lo importante es que dichos derechos se interpreten a la luz de las cláusulas delEstado Social y Democrático de Derecho; de lo contra-rio, otros bienes constitucionales igualmente valiosostendrían el riesgo de diferirse. Sólo de este modo puedeconsiderarse superado el viejo y equívoco postulado del mercado per se virtuoso y el Estado per se mínimo, para ser reemplazado por un nuevo paradigma cuyo enun-ciado es: “tanto mercado como sea posible y tanto Esta-do como sea necesario”. §4. La Constitución, el medio ambiente y la polí- tica nacional del ambiente El derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida 17. La Constitución Política de 1993 (artículo 2º, inci- so 22) reputa como fundamental el derecho de la perso- na "(...) a gozar de un ambiente equilibrado y adecuadoal desarrollo de su vida". El constituyente, al incluir dichoderecho en el Título I, Capítulo I, referido a los derechosfundamentales, ha tenido como propósito catalogar elderecho de las personas a disfrutar de un medio am- biente sano, como un derecho de la persona. El carácter de este derecho impone delimitar, principalmente, sucontenido. Ello, no obstante, exige analizar previamenteel significado de "medio ambiente", pues es un conceptoque es consustancial al contenido mismo del derecho encuestión. Desde la perspectiva constitucional, y a efectos de su protección, se hace referencia, de modo general, almedio ambiente como el lugar donde el hombre y losseres vivos se desenvuelven 4. En dicha definición se incluye "(...) tanto el entorno globalmente considerado –espacios naturales y recursos que forman parte de la naturaleza: aire, agua, suelo, flora, fauna– como el en- torno urbano" 5; además, el medio ambiente, así entendi- do, implica las interrelaciones que entre ellos se produ-cen: clima, paisaje, ecosistema, entre otros. Una vez precisado el concepto de medio ambiente, debemos referirnos al derecho en sí. Nuestra Constitu- ción ha elevado al nivel de fundamental dicho derecho; siendo ello así, el Estado tiene el deber de efectivizar suplena vigencia, así como prever los mecanismos de sugarantía y defensa en caso de transgresión. El contenido del derecho fundamental a un medio am- biente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la persona está determinado por los siguientes elementos, a saber: 1) el derecho a gozar de ese medio ambiente y2) el derecho a que ese medio ambiente se preserve 6. En su primera manifestación, esto es, el derecho a gozar de un medio ambiente equilibrado y adecuado , dicho derecho comporta la facultad de las personas de poder disfrutar de un medio ambiente en el que sus ele- mentos se desarrollan e interrelacionan de manera na-tural y armónica; y, en el caso en que el hombre inter-venga, no debe suponer una alteración sustantiva de lainterrelación que existe entre los elementos del medioambiente. Esto supone, por tanto, el disfrute no de cual- quier entorno, sino únicamente del adecuado para el desarrollo de la persona y de su dignidad (artículo 1º de 4 Vera Esquivel, Jesús. El nuevo Derecho internacional del medio ambiente . Lima: Academia Diplomática del Perú, 1992. p. 14. 5 Alonso García, María. El régimen jurídico de la contaminación atmosférica y acústica. Madrid: Marcial Pons, 1995. p. 90. 6 Canosa Usera, Raúl. Constitución y medio ambiente . Madrid: Dykinson-Ciudad Argentina Editorial, 2000. p. 101.