Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2005 (13/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 290721

d. Los puntos de conexion con la linea telefonica deben contar con la proteccion adecuada que impida su modificacion, durante la medicion del consumo. e. No se deberan manipular las medidas de seguridad del ERLL a fin de no alterar la instalacion, operacion y datos relacionados con el registro efectuado. f. El ERLL debera contar con su manual de instalacion y operacion, elaborado por el fabricante del equipo. En dicho manual se deberan especificar entre otros aspectos la operacion para visualizar o para obtener el reporte escrito, asi como las limitaciones tecnicas que presente el ERLL. Articulo 7º.- Condiciones de operacion del ERLL a. Actuar como interfaz transparente para todas las senales que transiten por la linea telefonica, sin alterar el comportamiento de esta ni las funciones del equipo telefonico. b. Solo debera registrar aquellas senales necesarias para cumplir estrictamente con su definicion. Asimismo, se precisa que los ERLL no deberan tener registros de voz (posibilidad de grabar la conversacion que se cursa en las llamadas telefonicas). c. Debe permitir la medicion del consumo al segundo. El error MORDAZA aceptado para el reloj interno del ERLL es de 1 MORDAZA al dia. El reloj calendario del ERLL se ajustara con la fecha y hora informada por la MORDAZA de MORDAZA del Peru. d. La medicion de la duracion de la llamada se inicia con la inversion de polaridad en la linea del abonado llamante. e. Debera estar protegido contra ondas radioelectricas interferentes y no debera provocar interferencias de ningun tipo. f. Debera interpretar y registrar correctamente los servicios suplementarios asi como aquellos servicios que son programados directamente en la central de conmutacion de las empresas operadoras del servicio de telefonia fija local. En el caso de presentar limitaciones tecnicas, debera de ser claramente especificado en el manual del equipo, conforme se menciona en el articulo 6, literal f. g. Debera adaptarse para su funcionamiento a las condiciones climaticas de acuerdo al siguiente rango: Temperatura - 10° C hasta + 45° C Humedad de 0% a 100% Articulo 8º.- Informacion generada por el ERLL a. El ERLL debera generar reportes de informacion conteniendo lo siguiente: Informacion General: Numero del certificado de homologacion. Numero del certificado de registro metrologico Numero telefonico asociado al ERLL. Fecha y hora de la emision del reporte. Fecha y hora de instalacion del ERLL Nombre de la persona o empresa que instala el ERLL. Reporte de llamadas telefonicas: - Llamadas completadas: Fecha de inicio. Hora de inicio. Todos los digitos marcados (incluir, ademas del numero de destino, prefijo de acceso, indicativo de MORDAZA, indicativo de portador y codigo de area cuando corresponda), Duracion de la llamada. Descripcion, si corresponde (por ejemplo servicios de red inteligente - serie 80C, entre otros). - Eventos anomalos (falta de energia electrica de alimentacion del ERLL, y su reposicion, asi como la ausencia de voltaje en la linea telefonica) Fecha en que ocurre el evento. Hora en que ocurre el evento. Descripcion del evento. - Comunicaciones con el centro de conmutacion: Fecha inicio. Hora inicio. Todos los digitos y caracteres ( *, #) enviados a traves de la linea telefonica, para establecer la comunicacion.

Las fechas se expresaran en dia, mes y ano, los registros de tiempo y de duracion se expresaran en horas, minutos y segundos y la descripcion de eventos debe expresarse en texto alfanumerico. b. La informacion almacenada en el ERLL podra ser visualizada por medio del visor del ERLL. c. Para extraer la informacion registrada, se podra contar con: - Facilidades de impresion, ya sea a traves de i) una impresora incorporada al ERLL, ii) una impresora externa conectada a traves de un puerto instalado en el ERLL, o - Acceso a un medio de almacenamiento (driver) como diskette, CD o memoria externa para puerto USB, entre otros, a fin de que permita al abonado leer la informacion a traves de una computadora y de esta manera efectuar la impresion respectiva. Articulo 9º.- Infracciones y sanciones Seran de aplicacion las infracciones y sanciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones y en su Reglamento General. 07157

Amplian autorizacion de viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 205-2005-MTC/02
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, por Resolucion Ministerial Nº 162-2005-MTC/02, del 16 de marzo de 2005, se autorizo el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 4 al 12 de MORDAZA de 2005, para llevar a cabo las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.