Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2005 (21/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2005 VISTOS:

NORMAS LEGALES

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El Expediente Nº 2005000103, presentado por la Universidad San MORDAZA de Porres y el Memorandum Nº 1170-2005-EF/94.45 del 12 de MORDAZA de 2005, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante sesion extraordinaria del Consejo Universitario de la Universidad San MORDAZA de Porres del 15 de septiembre de 2004, se acordo aprobar el primer programa de emision de bonos de la universidad por un monto total de hasta US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles; asimismo, en dicha sesion se acordo delegar en los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Urena Schrack las facultades necesarias para determinar todos y cada uno de los terminos, caracteristicas y condiciones del programa asi como la modalidad de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en virtud del acuerdo MORDAZA senalado, la Universidad San MORDAZA de Porres solicito a CONASEV la aprobacion del tramite anticipado, el registro del prospecto MORDAZA y la inscripcion del "Primer Programa de Emision de Bonos Institucionales de la Universidad de San MORDAZA de Porres" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada se ha verificado que la Universidad San MORDAZA de Porres ha cumplido con presentar la informacion requerida por la Ley del MORDAZA de Valores, el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el articulo 2 numeral 2) de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta publica primaria, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como por lo establecido en la sesion del Directorio de CONASEV del 6 de MORDAZA de 1999, de acuerdo con lo cual el Gerente General se encuentra facultado para aprobar tramites anticipados, disponer la inscripcion de valores y/o registro de prospectos derivados de tramites anticipados, asi como disponer la inscripcion de programas de emision de valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente e inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, el primer programa de emision de bonos de la Universidad San MORDAZA de Porres denominado "Primer Programa de Emision de Bonos Institucionales de la Universidad de San MORDAZA de Porres", hasta por un monto total de US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles. Articulo 2º.- La inscripcion de valores y el registro de prospectos se encuentran sujetos a lo dispuesto por el articulo 14º inciso b) numeral 2 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 3º.- La oferta publica de los valores a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto por el articulo 25º y, de ser el caso, por el articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º del mencionado Reglamento. La colocacion de los valores a los que se refiere el presente articulo debera efectuarse en un plazo que no exceda de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, y siempre y cuando el plazo del programa y del tramite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a

peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga debera ser presentada MORDAZA de vencimiento del referido plazo de colocacion. Articulo 4º.- La aprobacion, la inscripcion y el registro a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Universidad San MORDAZA de Porres, en su calidad de emisor; al Banco Sudamericano, en su calidad de Representante de los Obligacionistas; al Banco Continental, en su calidad de agente estructurador; a Continental Bolsa S.A.B. S.A., en su calidad de agente colocador; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LOZAN MORDAZA Gerente General Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 07394

CONSUCODE
Aprueban Directiva sobre Procedimiento para la Liquidacion de los Contratos de Consultoria de Obras
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 136-2005-CONSUCODE/PRE MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Memorandum Nº 097-2005/GTN, de fecha 1 de MORDAZA del 2005, emitido por la Gerencia Tecnico Normativa; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, tiene la funcion de aprobar las directivas que fijen los criterios de interpretacion o de integracion de dicha Ley y su Reglamento, asi como las de orientacion sobre las materias de su competencia; Que, segun lo prescrito en el articulo 43º de la Ley, los contratos destinados a la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios, culminan con la conformidad de recepcion de la MORDAZA prestacion pactada. Asimismo, tratandose de contratos de ejecucion o consultoria de obras, el contrato culmina con la liquidacion, la misma que debera ser elaborada y presentada a la Entidad por el contratista; Que, a fin de orientar a las Entidades del Estado sujetas a la normativa, asi como a los proveedores y contratistas, y con el objeto de complementar lo dispuesto en el articulo 43º de la Ley, en relacion al procedimiento y los plazos para la liquidacion de los contratos de consultoria de obras, resulta necesario emitir las disposiciones correspondientes; De conformidad con lo establecido en el inciso b) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y por el numeral 2) del articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Fun-

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