Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2005 (21/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2005 FE DE ERRATAS

de la institucion, de conformidad con la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Oficina Tecnica de la Autoridad Nacional 07657

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 066-2005-OS/CD Mediante Oficio Nº 191-2005-OSINERG-GART, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversion en Energia OSINERG Nº 066-2005-OS/CD, publicada en nuestra edicion del dia 15 de MORDAZA del ano 2005. En la primera columna de la fila doce (12) del Cuadro Nº 1 del Articulo 1º: DICE: "Guacho" DEBE DECIR: "Huacho" 07689

OSINERG
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 065-2005-OS/CD Mediante Oficio Nº 192-2005-OSINERG/GART, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversion en EnergiaOSINERG Nº 065-2005-OS/CD, publicada en nuestra edicion del dia 16 de MORDAZA del ano 2005. En el Cuadro Nº 2 del Articulo 1º, en lo que corresponde al Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transmision en Energia (CBPSE) de la empresa Edecanete S.A.: DICE:
CBPSE en Puntos de Venta de Energia Concesionarios / SST (ctm. S/./ kW.h) a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) TOTAL [1] [5] 1,5151 1,9786

SUNARP
Designan funcionarios de la Oficina Registral Nº VII - Sede MORDAZA como responsables de brindar informacion que se solicite en virtud de la Ley Nº 27806
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 122-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, publicada con fecha 2 de agosto de 2002, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion establecido en el numeral 2 del articulo 5º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, de fecha 7 de agosto de 2003 se aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion, estableciendose en su articulo 4º la obligatoriedad en la designacion de los funcionarios responsables de entregar la informacion y de elaborar el MORDAZA de Transparencia, para las Entidades que cuenten con oficinas desconcentradas, a fin de tramitarse la informacion solicitada con mayor celeridad; Que, mediante Resolucion Nº 402-2003-SUNARP/SN, de fecha 18 de agosto de 2003, se designaron a los funcionarios de las diferentes Oficinas Registrales los mismos que serian los responsables de brindar la informacion solicitada dentro del MORDAZA de la Ley Nº 27806 y su Reglamento; Que, con Oficio Nº 236-2005-Z.R.NºVII/JEF, el Jefe de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA, solicita la designacion de los nuevos funcionarios que se encargaran de brindar la informacion en merito a la Ley Nº27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento, asi como la designacion del MORDAZA responsable encargado del MORDAZA de Transparencia de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede Huaraz; Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27806 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0722003-PCM, por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el articulo 7º inciso v) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a los siguientes funcionarios de la Oficina Registral Nº VII - Sede MORDAZA, como

Empresa

EDE CANETE

DEBE DECIR:
CBPSE en Puntos de Venta de Energia (ctm. S/./ kW.h) a) En AT En MT (acumulado) b) (acumulado) 1,5803 2,0358

Empresa

Concesionarios / SST

EDE CANETE

TOTAL [1] [5]

En el Cuadro Nº 6 del Articulo 1º en lo que corresponde al Factor de Perdidas Marginales de Energia (FPME) de la empresa Edecanete S.A.: DICE:
Empresa FPME en Puntos de Venta de Energia a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) 1,0120 1,0157

EDE CANETE

DEBE DECIR:
Empresa FPME en Puntos de Venta de Energia a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) 1,0159 1,0198

EDE CANETE

En el Cuadro Nº 9 del Articulo 1º, en lo que corresponde al Factor de Perdidas Marginales de Potencia (FPMP) de la empresa Edecanete S.A.: DICE:
Empresa FPMP en Puntos de Venta de Energia a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) 1,0164 1,0215

EDE CANETE

DEBE DECIR:
Empresa FPMP en Puntos de Venta de Energia a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) 1,0218 1,0271

EDE CANETE

07690

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