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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (24/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G34/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadascon el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se reali-cen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras deCooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizacio-nes No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU)nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro re-ceptoras de donaciones de carácter asistencial o educa-cional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Regis-tro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Coopera-ción Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada porResolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el Centro de Investigación y Apoyo para el Desarro- llo Comunitario HAZ-PERU, se encuentra inscrita en el Re-gistro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana deCooperación Internacional - APCI, de conformidad con laDirectiva de procedimientos de aceptación y aprobación,internamiento de donaciones de carácter asistencial o edu-cacional provenientes del exterior, aprobada por DecretoSupremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 4 de junio del 2004, legalizado por el Consulado General delPerú en Bruselas, se observa que Centro Andino vzw, hadonado equipos dentales, materia educativo, material paraoficinas, material para hospitales /centro de refugio, ropacalzado, material para comedores populares y material paraniños/bebé; Que, los bienes donados consisten en trescientos noventisiete (397) bultos con Equipos dentales, materialeducativo, material para oficinas, material para hospitales/centro de refugio, ropa /calzado, material para comedores populares y material para niños/bebé, con un valor  558.65 y un peso 11470.00 KB, destinados para contribuir en lalucha frontal contra la pobreza en los sectores más necesi-tados de Lima, Junín, Huánuco y otros, beneficiando aproxi-madamente a 10,000 personas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primerpárrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relacio- nes Exteriores, aprobar la donación efectuada por CentroAndino vzw, a favor del Centro de Investigación y Apoyopara el Desarrollo Comunitario HAZ-PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Su-premo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consu-mo (ISC) correspondiente a la donación efectuada porCentro Andino vzw a favor del Centro de Investigación yApoyo para el Desarrollo Comunitario HAZ-PERU; a que serefiere el cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolu- ción a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae elDecreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 07952 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0340-2005-RE Lima, 22 de abril de 2005 Visto el Expediente Nº 13756-2004, presentado por la Asociación LA MERE DU PAUVRE, mediante el cual solici-ta la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV)e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la dona- ción recibida de Association d'Education Populaire St. Jean,Amitie Lima. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadascon el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se reali-cen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras deCooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizacio-nes No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU)nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro re-ceptoras de donaciones de carácter asistencial o educa-cional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Regis-tro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Coopera-ción Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada porResolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la Asociación LA MERE DU PAUVRE, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformi-dad con la Directiva de procedimientos de aceptación yaprobación, internamiento de donaciones de carácterasistencial o educacional provenientes del exterior, apro-bada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación s/fecha, legalizado por el Consulado General del Perú en París, se observaque Association d'Education Populaire St. Jean, AmitieLima, ha donado a la Asociación LA ME RE DU PAUVRE,productos farmacéuticos, y material médico; Que, los bienes donados consisten en un (1) bulto conteniendo productos farmacéuticos, y material médico, con un valor estimado de  9856,00 y un peso bruto de 106 kilos, destinados a los programas asistencia les de lainstitución, en beneficio de la población más necesitada yserá distribuida gratuitamente en la parroquia de NuestraSeñora del Perpetuo Socorro, ubicada en el Cercado deLima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectaciónde e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX,ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relacio- nes Exteriores, aprobar la donación efectuada porAssociation d'Education Populaire St. Jean, Amitie afavor de la Asociación LA MERE DU PAUVRE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Su-premo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consu-mo (ISC) correspondiente a la donación efectuada porAssociation d'Education Populaire St. Jean, Amitie Lima afavor de la Asociación LA MERE DU PAUVRE, a que serefiere el cuarto considerando de la o presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la SuperintendenciaNacional de Administración Trib utaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF,dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 07953 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0341-2005-RE Lima, 22 de abril de 2005 Visto el Expediente Nº 2229-2005, presentado por la Asociación Radio María, mediante el cual solicita la Inafec-tación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibidade Associazione World Family Of Radio María;