TEXTO PAGINA: 38
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G34/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de abril de 2005 4. DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución a la Gerencia de Red AsistencialPiura, al Comité Especial de la Adjudicación de Menor Cuan-tía Nº 0409M15551 y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente EjecutivoEsSalud 07853 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 229-PE-ESSALUD-2005 Lima, 19 de abril del 2005 VISTAS:La Carta Nº 010-OA-RATU-ESSALUD-2005 mediante la cual el Jefe de la Oficina de Administración de la RedAsistencial Tumbes solicita que se declare de oficio la nuli-dad de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0408M00723-2004-ESSALUD-RATU "Contratación del Servicio de Man-tenimiento de Equipos Biomédicos" - Tercera Convocato-ria; y, la Carta Nº 879-OCAJ-ESSALUD-2005, de la OficinaCentral de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el 15 de julio del 2004, la Red Asistencial Tumbes convocó a la Adjudicación de Menor CuantíaNº 0408M00721-2004-ESSALUD-RATU con el objeto decontratar una empresa de servicios para la prestación delServicio Especializado de Mantenimiento de Equipos Bio-médicos en los Centros Asistenciales de la Red AsistencialTumbes, por un período de 12 meses, por un valor referen-cial de S/. 48,000.00 (Cuarenta y ocho mil con 00/100Nuevos Soles); Que, con fecha 26 de julio del 2004, se declaró desier- to el mencionado proceso de selección por ausencia depostores; Que, es así, que el 15 de setiembre del 2004, la Red Asistencial Tumbes convocó a la Adjudicación de MenorCuantía Nº 0408M00722-2004-ESSALUD-RATU - Segun-da Convocatoria, con el objeto de contratar una empresade servicios para la prestación del Servicio Especializadode Mantenimiento de Equipos Biomédicos en los CentrosAsistenciales de la Red Asistencial Tumbes, por un períodode 12 meses, por un valor referencial de S/. 68,400.00(Sesenta y ocho mil cuatrocientos con 00/100 Nuevos So-les), siendo declarado desierto dicho proceso de selec-ción, dado que ninguno de los postores que presentaronpropuestas alcanzaron el puntaje mínimo para participaren la Etapa de Evaluación Económica; Que, el 15 de noviembre del 2004, la Red Asistencial Tumbes convocó a la Adjudicación de Menor CuantíaNº 0408M00723-2004-ESSALUD-RATU con el objeto decontratar una empresa de servicios para la prestación delServicio Especializado de Mantenimiento de Equipos Bio-médicos en los Centros Asistenciales de la Red AsistencialTumbes, por un período de 12 meses, por un valor referen-cial de S/. 68,400.00 (Sesenta y ocho mil cuatrocientoscon 00/100 Nuevos Soles); Que, dicha Convocatoria se realizó mediante publica- ción en la vitrina de la Red Asistencial Tumbes e invitacióncursada vía correo electrónico; comunicándose a PROM-PYME y a CONSUCODE por esa misma vía. Se presenta-ron como postores: SERVICIOS BIOMÉDICOS SISTEMASE.I.R.L. y el Consorcio ENGINEERING GROUP S.R.L. -INSTRUMENTACIÓN Y CONTROLES ELECTRÓNICOSS.R.L.; Que, con fecha 24 de noviembre del 2004, se otorgó la Buena Pro de la Adjudicación de Menor CuantíaNº 0408M00723 a la empresa SERVICIOS BIOMÉDICOSSISTEMAS E.I.R.L.. La propuesta del Consorcio ENGI-NEERING GROUP S.R.L. - INSTRUMENTACIÓN YCONTROLES ELECTRÓNICOS S.R.L. fue descalificada; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artí- culo 16º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, mediante el proceso de selec-ción según relación de ítems, la Entidad puede convocaren un solo proceso la adquisición o contratación de bie-nes, servicios o ejecución de obras distintos pero vincula-dos entre sí, constituyendo cada uno de los ítems un pro-ceso menor dentro del proceso de selección principal;Que, en el presente caso, en el Anexo 3A - Valores Referenciales - de las Bases de la Adjudicación de MenorCuantía Nº 0408M00723-2004-ESSALUD-RATU se esta-blece como valores referenciales los siguientes: ÍTEM DESCRIPCIÓN CANT. V ALOR VALOR MESES REFERENCIAL REFERENCIAL (A) MENSUAL TOTAL (S/.) (S/.) (B) (C)=(A)x(B) 10 Servicio Mantenimiento de 12 4,200.00 S/. 50,400.00 Equipos Biomédicos 20 Capital de Trabajo para 12 1,500.00 S/. 18,000.00 Equipos Biomédicos Que, sin embargo y de acuerdo a lo señalado por el Supervisor de Mantenimiento Hospitalario de la Subge-rencia de Ingeniería Clínica de la Gerencia de IngenieríaClínica y Hospitalaria en su Informe Nº 013-JEEY-SGIC-GICyH-GDAO-ESSALUD-2005, el Servicio de Mantenimien-to de Equipos Biomédicos para los Centros Asistencialesde la Red Asistencial Tumbes, constituye un solo ítem,puesto que el capital de trabajo está incluido en el servicioque se busca prestar, estando claramente identificado enel Anexo 22 de las Bases referido al capital de trabajo,contraviniendo de esta manera lo estipulado en el artículo16º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, aprobado mediante Decreto SupremoNº 013-2001-PCM; Que, cabe indicar que, lo expuesto concuerda con lo estipulado en el artículo 27º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PC, el cual disponeque la entidad calculará el Valor Referencial incluyendotodos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, prue-bas y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre elcosto del servicio que se busca contratar; Que, por otra parte, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 40º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las Bases de-berán contener las características y/o especificaciones téc-nicas que incidan sobre los objetivos, funciones y operati-vidad de los bienes, servicios y ejecución de obras requeri-dos; debiendo especificar, además del precio, los factorespertinentes que se considerarán para la evaluación de laspropuestas y la manera en que éstos se aplicaran paradeterminar la mejor propuesta; Que, asimismo, las características y/o especificaciones técnicas, los requerimientos técnicos así como los factoresde evaluación, deberán sujetarse a criterios de razonabili-dad y objetivos congruentes con el bien, servicio u obrarequerido con su costo o precio; Que, en el presente caso, el numeral 3.1 del Anexo 4 - Especificaciones Técnicas, de las Bases de la Adjudica-ción de Menor Cuantía Nº 0408M00723-2004-ESSALUD-RATU, referido a los recursos humanos, establece que, losperfiles básicos y la cantidad mínima de personal queESSALUD requiere para la prestación del servicio de man-tenimiento están indicados en el Anexo 5; Que, sin embargo y de acuerdo a lo manifestado por el Supervisor de Mantenimiento Hospitalario de la Subge-rencia de Ingeniería Clínica de la Gerencia de IngenieríaClínica y Hospitalaria en su Informe Nº 013-JEEY-SGIC-GICyH-GDAO-ESSALUD-2005, el Anexo 5 es sólo un for-mato en blanco, es decir no se han establecido cuáles sonlos perfiles y los recursos humanos mínimos para la presta-ción del servicio a contratar; Que, asimismo, en el Anexo 5 de las Bases de la Adjudi- cación de Menor Cuantía Nº 0408M00723-2004-ESSALUD-RATU, en los numerales 3 y 4 se indica que laprofesión de los técnicos que ejecutarán el servicio demantenimiento debe estar de acuerdo a lo descrito en elAnexo 5 - A; sin embargo, dicho Anexo no existe dentro delas Bases; Que, en ese sentido, lo expuesto incumple con lo estipu- lado en el artículo 40º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado; Que, conforme al artículo 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, son nulos losactos administrativos cuando son dictados por órgano in-competente, contravengan las normas legales, contenganun imposible jurídico o prescindan de las normas esencia-les del procedimiento; Que, por consiguiente, al haberse transgredido los artículos 16º, 27º y 40º del Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median-