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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (24/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G34/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de abril de 2005 les del país; de Consulta Popular de Revocatoria del Man- dato Popular de Autoridades Municipales - 2005 y Eleccio-nes Municipales Complementarias 2005; Que, en el Anexo de la indicada resolución se detalla la denominación de cada Oficina Descentralizada de Proce-sos Electorales conformada para el efecto, entre ellas, Piuray Cañete, y la identidad de las personas que desempeña-rán el cargo de Jefe y Asistente Administrativo, respectiva-mente; Que, mediante Resolución Nº 042-2005-JNE de fecha 8 de marzo de 2005, el Jurado Nacional de Elecciones determi-nó las circunscripciones administrativas electorales y sus res-pectivas sedes, para las elecciones municipales complementa-rias del año 2005, identificando entre las mismas, la circuns-cripción administrativa electoral de San Vicente de Cañete; Que, a través de la Resolución Nº 080-2005-JNE, de fecha 11 de abril de 2005, el Jurado Nacional de Eleccio-nes determinó las circunscripciones administrativas electo-rales y sus sedes, para la Consulta Popular de Revocatoriadel Mandato de Autoridades Municipales, señalando entrelas mismas, las circunscripciones administrativas electora-les de Sullana y San Vicente de Cañete; Que, con Resolución Jefatural Nº 101-2005-J/ONPE de fecha 15 de abril de 2005, la Oficina Nacional de Proce-sos Electorales resuelve aprobar las Disposiciones Adicio-nales de las Normas Complementarias para la elección delos Consejeros representantes de los Colegios Profesiona-les del país ante el Consejo Nacional de la Magistratura, encuyo artículo 4º literal b) se precisa que, en el departamen-to de Piura, la Oficina Descentralizada de Procesos Electo-rales, se conformará en la ciudad de Sullana; Que, atendiendo a lo expuesto en el tercer, cuarto y quinto considerandos de la presente Resolución, es proce-dente rectificar el Anexo de la Resolución Jefatural Nº 106-2005-J/ONPE de fecha 21 de abril de 2005, de conformi-dad con lo regulado en el artículo 201º de la Ley del Proce-dimiento Administrativo General, Nº 27444, según el cualel error material en los actos administrativos puede serrectificado con efecto retroactivo, en cualquier momento,de oficio o a instancia de los administrados, siempre queno se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido dela decisión, la rectificación adopta las formas y modalida-des de comunicación o publicación que corresponda parael acto original; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444,y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13º dela Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electo-rales, Nº 26487, y el literal u) del artículo 9º de su Regla-mento de Organización y Funciones aprobado medianteResolución Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE y modificadopor Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE yNº 252-2004-J/ONPE; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Rectificar el contenido del Anexo de la Resolución Jefatural Nº 106-2005-J/ONPE, para consi-derar que la denominación correcta de las OficinasDescentralizadas de Procesos Electorales, a las que endicho anexo se menciona como Piura y Cañete, es SULLA-NA y SAN VICENTE DE CAÑETE, respectivamente. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, el contenido de la presente resolu-ción para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN DURAND PARDO Jefe Nacional (e)Oficina Nacional de Procesos Electorales 07901 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G22/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G74/G69/G6E/G67 /G4D/G61/G72/G6B/G65/G74/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G74/G69/G6F/G6E/G22 RESOLUCIÓN SBS Nº 657-2005 Lima, 22 de abril de 2005EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, la National Association of Insurance Commissio- ners (NAIC), ha organizado el Curso “Integrating MarketRegulation”, el mismo que se llevará a cabo del 25 al 29 deabril de 2005, en la ciudad de Kansas City - Missouri, Esta-dos Unidos de América; Que, el mencionado curso está dirigido especialmente a los funcionarios de las autoridades supervisoras y regulado-ras de las instituciones de seguros y tiene por finalidad am-pliar el conocimiento técnico de los supervisores de segurossobre aspectos relacionados con la exploración, identifica-ción y análisis de las mejores técnicas que contribuyan a unaefectiva y eficiente regulación del mercado asegurador con elprincipal objetivo de proteger los intereses de los consumidores,así como intercambiar experiencias con representantes deotros organismos reguladores a nivel internacional; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-06, ha dictado una serie deMedidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2005,estableciéndose en el Numeral 6.1. que no se encuentrancomprendidas en las restricciones de la citada Directiva, lasactividades de capacitación aprobadas para el ejercicio 2005; Que, por ser de interés para la Institución, se ha consi- derado conveniente designar en esta oportunidad, al se-ñor Iván Reátegui Palomino, Supervisor de Seguros delDepartamento de Análisis y Supervisión de la Conducta enel Mercado de Seguros de la Superintendencia Adjunta deSeguros, para participar en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para elcumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por con-cepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos concargo al Convenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBSNº 5738-2005 y comunicación de no objeción del BancoInteramericano de Desarrollo, remitida por la Unidad deCoordinación de Préstamos Sectoriales - MEF, debiendoasumir esta Superintendencia, únicamente, los gastos porconcepto de impuestos, gastos y Tarifa CORPAC, con car-go al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2005; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y laResolución SBS Nº 640-2005, y de conformidad con lo dis-puesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad enel Gasto para el ejercicio 2005, Nº SBS-DIR-ADM-085-06; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Iván Reátegui Palomino, Supervisor de Seguros del Departamentode Análisis y Supervisión de la Conducta en el Mercado deSeguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros, a laciudad de Kansas City - Missouri, Estados Unidos de Américadel 24 al 30 de abril de 2005, para los fines expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, de-berá presentar ante el Superintendente de Banca y Segurosun informe detallado describiendo las acciones realizadas ylos resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pasa-jes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Conveniode Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE, debiendoasumir esta Superintendencia, únicamente, los costos porconcepto de impuestos, gastos y Tarifa CORPAC, con car-go al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2005, deacuerdo al siguiente detalle: Impuestos y gastos (Pasajes) US$ 204,20 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua-na de cualquier clase o denominación a favor del funciona-rio cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente de Banca y Seguros (a.i.) 07924