Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2005 (24/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Apoyo Administrativo, Nivel F.4, del Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 07839

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran resuelto contrato de concesion suscrito con Valtron E.I.R.L. para prestar servicio portador de larga distancia nacional no conmutado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 239-2005-MTC/03
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005 VISTO, el Expediente Nº 2002-009843, sobre concesion otorgada a la empresa VALTRON E.I.R.L., para la prestacion del servicio portador de larga distancia nacional en la modalidad no conmutado, y solicitud de ampliacion de concesion para el referido servicio en la modalidad conmutado; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 438-2003-MTC/ 03, de fecha 9 de junio de 2003, se otorgo concesion a la empresa VALTRON E.I.R.L., para la prestacion del servicio portador de larga distancia nacional en la modalidad no conmutado, suscribiendose el contrato de concesion el 25 de agosto de 2003; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 621-2003-MTC/ 17, del 10 de octubre de 2003, aprobo las caracteristicas tecnicas especificas de operacion para la empresa VALTRON E.I.R.L. para la prestacion del servicio concedido, se le asigno el espectro radioelectrico, otorgandole permiso para instalar y operar 2 estaciones radioelectricas, y se aprobaron las metas de uso; modificandose las caracteristicas tecnicas aprobadas por Resolucion Directoral Nº 1040-2004-MTC/17, del 15 de noviembre de 2004; Que, el numeral 6.01 de la clausula Sexta del contrato de concesion suscrito con la empresa VALTRON E.I.R.L. establece la obligacion de iniciar la prestacion del servicio concedido en el plazo MORDAZA de doce (12) meses, computado desde la fecha efectiva, entendiendose como tal la fecha de suscripcion del contrato, de acuerdo a lo estipulado en la clausula Cuarta del contrato, estableciendose que en caso se incumpliera el plazo senalado, la concesion quedara automaticamente sin efecto; Que, el literal a) del numeral 18.01, de la clausula Decima Octava del contrato de concesion, establece que el contrato quedara resuelto cuando la empresa concesionaria incurra en algunas de las causales de resolucion del contrato de concesion previstas en el Reglamento General; Que, el articulo 144º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que el contrato de concesion se resuelve, entre otros, por incumplimiento del plazo pactado para iniciar la prestacion del servicio; Que, el articulo 142º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, senala que vencido el plazo fijado para el inicio de la prestacion del servicio de telecomunicaciones concedido sin haberse iniciado la prestacion del mismo, se producira de pleno derecho la resolucion del contrato de concesion, y simultaneamente quedara sin efecto la correspondiente resolucion que asigno el uso del espectro radioelectrico; Que, mediante Informe Nº 014-2005-MTC/18.01.1, la Subdireccion de Control MORDAZA, de la Direccion de Monitoreo e Inspeccion de Telecomunicaciones, da cuenta de la inspeccion efectuada el 5 de enero de 2005, para verificar el inicio de operaciones del servicio publico portador de larga distan-

cia nacional modalidad no conmutado, de la empresa VALTRON E.I.R.L., concluyendo que se verifico que la empresa no inicio la prestacion del mencionado servicio dado en concesion en el plazo estipulado para tal efecto en el numeral 6.01 de la clausula sexta del contrato de concesion; Que, por escrito con registro Nº 2004-009197, la empresa VALTRON E.I.R.L. solicita, entre otros, ampliacion del servicio portador de larga distancia nacional en la modalidad conmutado; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 096-2005-MTC/ 17.01.ssp., efectua la evaluacion de la situacion legal de la concesion otorgada a la empresa VALTRON E.I.R.L. y de la solicitud de concesion para prestar el servicio portador de larga distancia nacional en la modalidad conmutado, indicando que la empresa no ha iniciado operaciones del servicio concedido en el plazo estipulado para tal efecto. Por lo tanto, concluye que procede declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho el contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 438-2003-MTC/03, a favor de VALTRON E.I.R.L., para la prestacion del servicio portador de larga distancia nacional en la modalidad no conmutado, y por consiguiente han quedado sin efecto la referida resolucion asi como la Resolucion Directoral Nº 621-2003-MTC/17, y demas resoluciones vinculadas a la referida concesion. Asimismo, concluye que corresponde denegar la solicitud de ampliacion de concesion del servicio portador de larga distancia nacional modalidad conmutado, presentada mediante Expediente Nº 2004-009197, continuando con el tramite respectivo respecto de los demas servicios solicitados; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004MTC, su modificatoria, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, el MORDAZA del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho el contrato de concesion suscrito con la empresa VALTRON E.I.R.L., para la prestacion del servicio portador de larga distancia nacional en la modalidad no conmutado; y, en consecuencia han quedado sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 438-2003-MTC/03, las Resoluciones Directorales Nºs. 621-2003 y 1040-2004-MTC/17 demas resoluciones expedidas a favor de la empresa para prestar el mencionado servicio concedido, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de la empresa VALTRON E.I.R.L., sobre ampliacion de la concesion del servicio portador de larga distancia nacional en la modalidad conmutado, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07959

Modifican permiso de operacion de servicio de transporte aereo otorgado a MORDAZA Up S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 049-2005-MTC/12 MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2005 Vista la solicitud de MORDAZA UP S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0199-2004-MTC/ 12 del 10 de diciembre del 2004, se otorgo a MORDAZA UP

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