Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2005 (01/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 1 de agosto de 2005

en la provincia del mismo nombre; Yanatile en la provincia de Calca y Kosnipata en la provincia de Paucartambo, todos ellos del departamento del MORDAZA y que son reconocidos tambien como cuencas cocaleras, de acuerdo a la normatividad legal y la demarcacion hecha a nivel nacional y que corresponde identificar a ENACO S.A. Articulo 4º.- DEL CARACTER LEGAL DE LA PRODUCCION DE LA PLANTA DE LA HOJA DE COCA. El caracter legal produccion de la Planta de la Hoja de la Coca, se circunscribe a los valles especificamente senalados en la Ordenanza y se refiere a aquellos que estan destinados al uso medicinal, religioso, cultural, ceremonial y para el tradicional "chaqcheo", que se practica en el MORDAZA peruano y cuyos fines estan protegidos por la MORDAZA regional. Articulo 5º.- DE LOS LIMITES DE LA PRODUCCION DE LA PLANTA DE LA HOJA DE COCA. La produccion de la Hoja de la Coca, no debe exceder los limites que establecen el ordenamiento legal pertinente y alcanza a aquellos productores que se encuentren empadronados conforme a Ley. Articulo 6º.- DE LA PROMOCION E INCENTIVOS DE INVESTIGACION DE LAS PROPIEDADES DE LA PLANTA DE LA HOJA DE LA COCA. La promocion e incentivos para investigar las propiedades de la Planta de la Hoja de la Coca, se complementara de acuerdo a los recursos economicos -

financieros que posibilite el Gobierno Regional MORDAZA y acorde con el Plan Estrategico Regional Concertado MORDAZA al 2012, incidiendo este aspecto a fomentar sus fines beneficos, medicinales, cientificos y alimentarios, propiciando su industrializacion en estos aspectos con la participacion del sector privado, asi como el aporte de las instituciones profesionales y universitarias que tengan ingerencia con el tema. Articulo 7º.- DE LA CREACION DEL INSTITUTO REGIONAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA. Para desarrollar la promocion e investigacion de las propiedades de la Planta de la Hoja de la Coca, se propiciara la creacion del Instituto Regional de Investigacion Cientifica, con la participacion de las Universidades del MORDAZA, los productores, instituciones investigadoras de la Planta de la Hoja de la Coca, sociedad civil y gremios campesinos y urbanos, que se dediquen a investigar y fomentar los beneficios de la Planta de la Hoja de la Coca. MORDAZA, junio del 2005. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 13468

PREPUBLICACION OSINERG
Proyecto de Resolucion que fija el Valor MORDAZA de Reemplazo de las Instalaciones de Distribucion Electrica
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 180-2005-OS/CD MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El Informe Tecnico OSINERG-GART/DDE Nº 0292005 elaborado por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante GART) y el informe emitido por la Asesoria Legal Interna OSINERG-GART-AL-2005-113; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 1909-2001OS/CD, publicada el 13 de octubre de 2001, el OSINERG fijo el Valor MORDAZA de Reemplazo de las instalaciones de distribucion electrica (en adelante VNR), aprobandose asimismo los metrados, las incorporaciones y deducciones, y el factor de ajuste del VNR; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 77º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas (en adelante LCE), cada cuatro anos el OSINERG debera actualizar el VNR de las instalaciones de distribucion electrica, con la informacion presentada por las empresas concesionarias de distribucion electrica, y en el caso de obras nuevas o retiros debera incorporar o deducir su respectivo VNR; Que, cabe indicar que de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 71º de la LCE, la Tasa Interna de Retorno es tomada en cuenta en la determinacion definitiva de los Valores Agregados de Distribucion, siendo conveniente que el OSINERG prepublique la determinacion del Valor MORDAZA de Reemplazo, los metrados, las incorporaciones y deducciones, y el factor de ajuste del VNR, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los interesados, atendiendo a la incidencia que finalmente tiene el VNR, en la fijacion del Valor Agregado de Distribucion y diversos aspectos del servicio publico de electricidad; Que, conforme a lo previsto en el articulo 22º inciso b) del Reglamento de la LCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, corresponde al Consejo Directivo del OSINERG fijar el VNR de las instalaciones de distribucion electrica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en el Reglamento General de OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844 Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dispongase la Prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la Pagina Web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe, del Proyecto de Resolucion que fija el Valor MORDAZA de Reemplazo de las Instalaciones de Distribucion Electrica, documento que figura como Anexo B de la presente resolucion. Articulo 2º.- Definir un plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la fecha de la prepublicacion a que se refiere el articulo primero, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios y/o sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG, sita en la avenida Canada Nº 1460, San MORDAZA, Lima. Los comentarios y/o sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico Nº 224 0491, o via correo electronico a la siguiente direccion: vnr@osinerg.gob.pe. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de los comentarios que se presenten al proyecto de resolucion prepublicado, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo del OSINERG. Articulo 4º.- Publiquese la relacion de informacion que sustenta el proyecto de resolucion prepublicado a que se refiere el articulo 1º, que se acompana como Anexo A de la presente resolucion. Dicha informacion sera publicada en la Pagina Web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA SOLOGUREN CALMET Presidente (e) del Consejo Directivo ANEXO A RELACION DE INFORMACION QUE SUSTENTA EL PROYECTO DE RESOLUCION DE FIJACION DEL VALOR MORDAZA DE REEMPLAZO DE LAS INSTALACIONES DE DISTRIBUCION ELECTRICA 1. Informe Tecnico OSINERG-GART/DDE Nº 0292005.

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