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PÆg. 297898 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de agosto de 2005 Que, mediante Informe Nº 0369-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 11 de julio de 2005, del Sr. Luis Danilo Zapata Martínez, de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, comunica que sehan subsanado las observaciones planteadas; Que, mediante Acuerdo Nº 341 de fecha 11 de julio de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomien-da a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio ar- queológico Kanapun, ubicado en el distrito de Independen- cia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash; - Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Kanapun, Cod. PP-003-INC-A/SDPA-2005, de fecha mayo de 2005, a escala 1/500, con un área de 0.36 Has. y unperímetro de 272.900 ml, ubicado en el distrito de Indepen- dencia, provincia de Huaráz, departamento de Ancash. Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Di-rección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organi- zación y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Kanapun, ubicado en el distrito de Inde- pendencia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueo- lógico Kanapun, Cod. PP-003-INC-A/SDPA-2005, de fecha mayo de 2005, a escala 1/500, con un área de 0.36 Has. y un perímetro de 272.900 ml, ubicado en el distrito de Independen-cia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del sitio arqueológicomencionado en el Artículo 1º y del plano señalado en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- mino, carreteras, canales, denuncios mineros o agrope- cuarios, obras habitacionales y otros que pudiesen afec- tar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado"Patrimonio Cultural de la Nación", deberán contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori- dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 13426 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados enel departamento de Lima y en la ProvinciaConstitucional del Callao JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 132-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 26 de julio de 2005Visto el Expediente Nº 099-2005/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 71 587,50 m², ubicado entre el Pueblo Joven Villa Poeta José Gálvez, Agrupamiento de Familias Nueva Juventud, Pueblo Joven Villa Los Rosales, Pueblo Joven Nuevo Progreso, Asentamiento Humano Daniel Hokama y te- rrenos eriazos, en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; y,CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económi-co de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su regis-tro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales,se identificó un terreno ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima que se encuentra libre de inscripción; Que, con fecha 27 de abril de 2005, se realizó la inspección técnica al terreno submateria, en la que se verificó que éste corresponde a un terreno eriazo detopografía ondulada y accidentada; Que, conforme al Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 8 de junio de 2005, emitido por la Zona RegistralIX - Sede Lima sobre la base del Informe Técnico Nº 3595-2005-SUNARP-Z.R. Nº IX/OC de fecha 6 de junio de 2005, el Registro de Predios de Lima concluyeque el terreno de 71 587,50 m² se encuentra en zona de la cual no se ha ubicado inscripción registral; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por loque corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 71 587,50 m², de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artícu-lo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrati- vos de los Bienes de Propiedad Estatal" aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN,aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014- 2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primerade dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprue- ba el "Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir enprimera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Dispo- sición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modi-ficado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decre- to Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Admi- nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modifica- do por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0189-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 4 de julio de 2005; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 71 587,50 m², ubicado entre el Pueblo Joven Villa Poeta José Gálvez, Agrupamiento de Familias Nueva Juventud, Pueblo Joven Villa Los Rosales,Pueblo Joven Nuevo Progreso, Asentamiento Humano Daniel Hokama y terrenos eriazos, en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, según la docu-mentación técnica que sustenta la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por elmérito de la presente Resolución efectuará la primera ins- cripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEÓN Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 13392 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 133-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 26 de julio de 2005