Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2005 (01/08/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 297884

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 1 de agosto de 2005

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante los Informes Nºs. 392-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, 103-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi,162-2005PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PE, los Decretos Supremos Nºs. 006-2002-PE, 0302003-PRODUCE y la Resolucion Directoral Nº 3472003-PRODUCE/DNEPP; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Levantar la suspension de zarpe de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-2766-BM dispuesta por la Resolucion Directoral Nº 347-2003-PRODUCE/DNEPP y excluirla del Anexo I de la citada Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 13375

Peru, creara un Comite Directivo Nacional conformado por representantes de ministerios e instituciones publicas, representantes de organizaciones de trabajadores y de empleadores y de otras organizaciones no gubernamentales y, en calidad de asesores, representantes de la Organizacion Internacional del Trabajo - OIT, y de otras organizaciones internacionales; Que, por Resolucion Suprema Nº 018-2003-TR fue aprobada la creacion del Comite Directivo Nacional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil - CPETI, en cuyo Articulo 8º se establece que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, regulara los demas aspectos relativos a su funcionamiento mediante Resolucion Ministerial; Que, el Comite Directivo Nacional ha elaborado de manera participativa y consultiva el Reglamento CPETI y en su Sesion Ordinaria Nº 16 fue aprobado el articulado que lo conforma; el mismo que establece el MORDAZA legal que debe regir la organizacion, funcionamiento y actuacion de este organo y que resulta necesario aprobar; Que, como consecuencia de lo senalado precedentemente, resulta conveniente emitir el acto administrativo de aprobacion del referido reglamento, emitiendose para tal efecto la Resolucion Ministerial correspondiente; y, Con la visacion del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento del Comite Directivo Nacional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil - CPETI, que regula su organizacion y funcionamiento y que consta de VII Titulos y Veinticinco (25) articulos, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo APRUEBA REGLAMENTO DEL COMITE DIRECTIVO NACIONAL PARA LA PREVENCION Y ERRADICACION DEL TRABAJO INFANTIL - CPETI TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- DE LA FINALIDAD DEL COMITE DIRECTIVO NACIONAL. El Comite Directivo Nacional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil es un espacio de coordinacion multisectorial entre los diversos actores que desarrollan actividades para la prevencion y erradicacion del trabajo infantil, cuya finalidad es potenciar y articular el esfuerzo desplegado por estos, aprovechando las sinergias, que permitan formular propuestas de politicas, programas y acciones. Siendo su sigla CPETI. Articulo 2º.- DE LOS OBJETIVOS. Son objetivos del Comite Directivo Nacional, coordinar, evaluar y efectuar el seguimiento de las acciones y esfuerzos desplegados en favor de la prevencion y erradicacion progresiva del trabajo infantil en el Peru; asi como formular propuestas de politicas en el tema de trabajo infantil. TITULO II DE LAS FUNCIONES Y ORGANIZACION Articulo 3º.- DE LAS FUNCIONES DEL COMITE DIRECTIVO NACIONAL. Las funciones del Comite Directivo Nacional seran las siguientes:

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban Reglamento del Comite Directivo Nacional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil CPETI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 202-2005-TR MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005 VISTO: el Oficio Nº 567-2005-DRTPELC/DPMSST, de fecha 8 de MORDAZA de 2005 de la Direccion de Proteccion del Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano ha ratificado el Convenio Nº 138 sobre Edad Minima de Admision al Empleo y el Convenio Nº 182 sobre Prohibicion de las Peores Formas de Trabajo Infantil, instrumentos internacionales que obligan al Estado a la adopcion de medidas eficaces para la prevencion y eliminacion del trabajo infantil; Que, con fecha 31 de MORDAZA de 1996, el Gobierno Peruano representado por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y la Organizacion Internacional del Trabajo - OIT, representada por la Oficina Internacional del Trabajo, suscr ibieron el Memorandum de Entendimiento, con el cual se acordo ejecutar a nivel nacional actividades destinadas a la erradicacion progresiva del trabajo infantil, compromiso renovado el 11 de diciembre de 2002; Que en dicho Memorandum de Entendimiento se establece que, para coordinar, evaluar y dar seguimiento a los esfuerzos en favor de la eliminacion progresiva del trabajo infantil en el MORDAZA, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en representacion del Gobierno del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.