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PÆg. 298896 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de agosto de 2005 la defensa de los derechos e intereses de PROINVERSIÓN, con la finalidad de adoptar las accioneslegales pertinentes, en tanto de los mismos sedesprende afectación a las funciones, derechos e intereses de dicha entidad; Que, por las razones expuestas resulta procedente autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntosjudiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros yencargada de la Agencia de Promoción de la InversiónPrivada - PROINVERSIÓN, para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Que, en virtud de la Resolución Ministerial Nº 159- 2002-JUS del 17 de mayo de 2002, se encargó a laProcuraduría Pública de la Presidencia del Consejo deMinistros la defensa de los derechos e intereses de laAgencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, creada mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM modificado por el Decreto SupremoNº 095-2003-EF; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto LeyNº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y encargadade la defensa y representación judicial de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a interponer las acciones legales por los hechos expuestosen la parte considerativa. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 14546 Autorizan a la procuraduría interponer acciones judiciales para que se declare la extinción de obligación contenida en título valor RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 425-2005-EF/10 Lima, 15 de agosto de 2005 Vistos, el Oficio Nº 766-2005-PP-EF/16, del Procurador Adjunto a cargo de los asuntos judiciales delMinisterio de Economía y Finanzas y la Nota Nº 063-2005-EF/75.22 de la Dirección General de Crédito Públicodel Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 316-81-EFC de fecha 22 de diciembre de 1981, aprobó el financiamiento hastapor DM 5 873 309,59 destinado al pago del 90% delprecio de los suministros contratados, entre el Ministeriode Marina y la firma Societa Generale Missilistica Italiana- SIGME; Que, el crédito debía ser pagado en un plazo de cinco (5) años, a través de diez (10) cuotas semestrales, lasmismas que estaban representadas por diez (10)pagarés, de los cuales se pagaron el primero y los ochoúltimos en su totalidad, siendo que el segundo sólo secanceló en un 5% de su valor, por lo que existe un monto no reclamado por el acreedor que corresponde al 95% del segundo pagaré mencionado; Que, al no haber sido cobrado el segundo pagaré por la firma Societa Generale Missilistica Italiana, y teniendocomo fecha de vencimiento el 30 de junio de 1983, suderecho al cobro prescribió de acuerdo al artículo 2001º del Código Civil; Que, siendo así, corresponde autorizar al señor Procurador Público para que interponga las accionesjudiciales conducentes a extinguir las obligaciones quepudiera haber tenido el Estado; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto LeyNº 17537 que regula la representación y Defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Economíay Finanzas para que en defensa de los derechos eintereses del Estado interponga las acciones judicialesque considere pertinentes contra la firma Societa Generale Missilistica Italiana por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente ResoluciónMinisterial. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución al mencionado Procurador Público, para sucumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 14547 Renuevan designación de represen- tante del Ministerio ante el Consejo de Administración del Fondo de Seguro deDepósitos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2005-EF/10 Lima, 15 de agosto de 2005 Visto el Oficio Nº 232-2005/FSD, de fecha 4 de agosto de 2005, de la Presidencia del Consejo de Administración del Fondo de Seguro de Depósitos; CONSIDERANDO:Que, el artículo 146º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Segurosestablece que el Fondo de Seguro de Depósitos cuentacon un Consejo de Administración que está integrado,entre por un representante del Ministerio de Economía yFinanzas; Que, el último párrafo del artículo 146º de la Ley Nº 26702 establece que los miembros del Consejo deAdministración ejercen el cargo por un período de 3 (tres)años, renovables; Que, en cumplimiento a la normatividad expuesta mediante Resolución Ministerial Nº 415-2004-EF/10 de fecha 24 de agosto de 2004 se designó al señor doctor Jorge Eulogio Chang Mont como representantedel Ministerio de Economía y Finanzas en el Consejode Administración del Fondo de Seguro deDepósitos; Que, atendiendo al requerimiento del Presidente del Consejo de Administración del Fondo de Seguro de Depósitos, se ha visto por conveniente proceder a larenovación de la designación del referido representante,para un nuevo período; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 146º de la Ley Nº 26702 y el artículo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- RENOVAR, por un período de 3 (tres) años, la designación del señor doctor Jorge Eulogio Chang Mont como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo de Administracióndel Fondo de Seguro de Depósitos a que se refiere elartículo 146º de la Ley Nº 26702. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 14548