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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (20/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 298911 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de agosto de 2005 Conceden indulto a internos de diversos establecimientos penitenciarios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 190-2005-JUS Lima, 18 de agosto de 2005 Vista la recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias;y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la personahumana y el respeto de su dignidad son el fin supremode la sociedad y del Estado; Que, VICTOR VELASQUEZ ANAYA, se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario Régimen Cerrado Ordinario Lurigancho; Que, de acuerdo al Acta de Junta Médica Penitenciaria Nº 232-05-INPE/EPRCOL de fecha 6 de junio del presenteaño e Informe Médico de fecha 6 de junio del presenteaño, emitidos por el Establecimiento Penitenciario RégimenCerrado Ordinario Lurigancho, el mencionado interno ha sido diagnosticado con una enfermedad en fase terminal; Que, estando a que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimenpenitenciario tiene por objeto la reeducación,rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad terminal, la continuidad de la ejecución de la pena y prisión pierdetodo sentido jurídico y moral; Que, el caso del referido interno, por la avanzada patología que le afecta, se adecua a los requisitosestablecidos para la concesión de una Gracia Presidencial Humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada en los documentos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la ConstituciónPolítica del Perú; corresponde al Presidente de laRepública dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a VICTOR VELASQUEZ ANAYA, quiense encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario Régimen Cerrado Ordinario Lurigancho. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 14614 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 192-2005-JUS Lima, 18 de agosto de 2005 Vista la recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la personahumana y el respeto de su dignidad son el fin supremode la sociedad y del Estado; Que, MICHAEL MALLQUI VILCHEZ o MICHAEL FRANZ MALLQUI VILCHEZ, se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario Régimen Cerrado OrdinarioLurigancho; Que, de acuerdo al Acta de Junta Médica Penitenciaria Nº 275-05-INPE/EPRCOL de fecha 7 dejulio del presente año e Informe Médico de fecha 7 de julio del presente año, emitidos por el EstablecimientoPenitenciario Régimen Cerrado Ordinario Lurigancho,el mencionado interno ha sido diagnosticado con una enfermedad en fase terminal; Que, estando a que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimenpenitenciario tiene por objeto la reeducación,rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad terminal, la continuidad de la ejecución de la pena y prisión pierdetodo sentido jurídico y moral; Que, el caso del referido interno, por la avanzada patología que le afecta, se adecua a los requisitosestablecidos para la concesión de una Gracia Presidencial Humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada en los documentos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la ConstituciónPolítica del Perú; corresponde al Presidente de laRepública dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a MICHAEL MALLQUI VILCHEZ oMICHAEL FRANZ MALLQUI VILCHEZ, quien se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario Régimen Cerrado Ordinario Lurigancho. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 14616 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 193-2005-JUS Lima, 18 de agosto de 2005 Vista la opinión favorable de la Comisión Permanente de Calificación de Indultos; CONSIDERANDO: Que, es ocasión propicia para conceder indulto a sentenciados que por su buen comportamiento en losEstablecimientos Penales de la República, han demostrado ser personas aptas para reintegrase a la sociedad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, esatribución del señor Presidente de la República, concederindultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONCEDER indulto a los siguientes SENTENCIADOS de los diferentes EstablecimientosPenitenciarios de la República. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PROCESADOS PRIMARIOS DE LIMA 1.- ROLDAN TENORIO JORGE RAUL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE SENTENCIADOS DE SOCABAYA - AREQUIPA 2.- HUACASI HUACASI MARCELINO 3.- PALO CHAVEZ OLIVER ANTONIO ESTABLECIMIENTO PENAL DE MUJERES DE SOCABAYA - AREQUIPA 4.-PAUCA ALVAREZ VANESSA VANNY