Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2005 (28/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, MORDAZA 28 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad particular de las instalaciones y bienes del Proyecto Especial Chira MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 307-2005/GRP-CR
MORDAZA, 19 de agosto de 2005 VISTOS: - El Informe Nº 014/2005-GRP-PECHP-406004, de fecha 4 de MORDAZA de 2005, de la Oficina de Administracion del Proyecto Especial Chira MORDAZA, sobre contratacion de Servicios de Vigilancia. - El Informe Nº 704-2005/GRP-460000, de fecha 14 de MORDAZA de 2005, de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, emitiendo opinion legal sobre la contratacion de servicio de vigilancia. - El Informe Nº 017/2005-GRP-PECHP-406004, de fecha 8 de agosto del 2005, de la Oficina de Administracion del Proyecto Especial Chira Piura. - El Oficio Nº 052/2005-GRP-PECHP-406000, de fecha 9 de agosto del 2005, sobre ampliacion de Solicitud de Acuerdo del Consejo Regional para exoneracion de Concurso Publico para la contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad por Situacion de Desabastecimiento Inminente. - El Informe Nº 809-2005-GRP-460000, de fecha 18 de agosto del 2005, de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional Piura. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192º inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el inciso a) del articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, senala como atribucion del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, exonera de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del articulo 20º de la citada MORDAZA se realizaran mediante acciones inmediatas, requiriendo un informe tecnico - legal previo; Que, el articulo 21º de la referida Ley, establece que la situacion de desabastecimiento inminente se produce ante una situacion extraordinaria e imprevisible, en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa la continuidad de las funciones, servicio, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, segun sea el caso; Que, mediante Informe Nº 014/2005-GRP-PECHP406004, de fecha 4 de MORDAZA del 2005, la Oficina de Administracion del Proyecto Especial Chira MORDAZA, emite opinion tecnica sustentando la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad y solicitando la declaracion en situacion de desabastecimiento inminente de los servicios de vigilancia y seguridad particular por un lapso de cuarenta y cinco (45) dias en tanto el CONSUCODE resuelva el

Recurso de Revision interpuesto por el postor SERVIRED SRL.; Que, como anexo al documento anteriormente aludido, se presenta el Oficio Nº 668/2005-GRP-PECHP-406000, de fecha 7 de MORDAZA de 2005, mediante el cual la Gerencia General del Proyecto Especial Chira MORDAZA, solicita al Consejo Directivo la aprobacion de la Declaracion de Desabastecimiento Inminente para poder realizar la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad con la exoneracion del MORDAZA de seleccion; Que, mediante Oficio Nº 043-2005-CDPECHP, de fecha 8 de MORDAZA de 2005, la Presidencia del Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira MORDAZA, solicita al Consejo Regional emita un Acuerdo de Consejo Regional para la exoneracion del Concurso Publico para la contratacion de Servicio de Vigilancia y Seguridad por Situacion de Desabastecimiento inminente, ocasionado por la demora derivada del recurso de impugnacion presentado ante el Tribunal de CONSUCODE dentro del MORDAZA del Concurso Publico Nacional Nº 001/2005-GRP-PECHP-406000; Que, mediante Informe Legal Nº 704-2005/GRP-460000, de fecha 14 de MORDAZA de 2005, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional MORDAZA, emite la opinion legal sobre la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad, por situacion de desabastecimiento inminente ocasionado por la demora derivada del recurso de impugnacion presentado ante el Tribunal del CONSUCODE por el postor SERVIRED S.R.L en el MORDAZA de seleccion de Concurso Publico Nacional Nº 001/2005, concluyendo que el Consejo Regional debe emitir el Acuerdo de Consejo Regional por el cual se exonere del MORDAZA de seleccion a la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad del Proyecto Especial Chira MORDAZA, ademas expresa que debe considerarse tambien en este Acuerdo que se inicien las acciones administrativas, a fin de determinar la responsabilidad de los funcionarios y/o servidores que con su actuar y desenvolvimiento han conllevado a que se prolongue la finalizacion del Concurso Publico Nacional Nº 001/2005; Que, con posterioridad a dichos actos, mediante Resolucion Nº 710/2005.TC-SU, de fecha 22 de MORDAZA del 2005, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resuelve declarar infundado el recurso de revision interpuesto por la empresa SEVIRED S.R.L contra la Resolucion Gerencial Nº 039/2005-GRP-PECHP-406000, referente a la Declaracion de Nulidad del MORDAZA de Seleccion Concurso Publico Nacional Nº 01-2005/GRPPECHP-406000, retrotrayendo el MORDAZA hasta la etapa de elaboracion de las Bases; Que, en tal virtud, mediante Informe Nº 017/2005-GRPPECHP-406004, de fecha 8 de agosto del 2005, la Oficina de Administracion del Proyecto Especial Chira MORDAZA, solicita a la Gerencia General de dicho organismo requiera ante el Pliego la ampliacion del pedido de exoneracion formulado, hasta por el lapso de noventa (90) dias calendario, que permita cumplir los plazos que establece la ley respecto a la implementacion de lo dispuesto en la Resolucion Nº 710/ 2005.TC-SU; Que, mediante Oficio Nº 052/2005-GRP-PECHP406000, de fecha 9 de agosto del 2005, la Presidencia del Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira MORDAZA, requiere la ampliacion de la Solicitud de Acuerdo del Consejo Regional para exoneracion de Concurso Publico para la contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad por Situacion de Desabastecimiento Inminente, hasta el 31 de octubre del 2005; Que, mediante Informe Legal Nº 809-2005/GRP-460000, de fecha 18 de agosto del 2005, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA, establece que de acuerdo al articulo 98º del D.S Nº 084-2005-PCM, en los Concursos Publicos el plazo entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas no debe ser menor a veinte (20) dias habiles, y el plazo entre la integracion de las bases y la MORDAZA de propuestas no debe ser menor de cinco (5) dias habiles, entonces concluye que el Consejo Regional debe autorizar lo solicitado por el Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira MORDAZA hasta el 30 de septiembre del 2005, ello independientemente del inicio de las acciones administrativas senaladas en el articulo 47º del D.S Nº 0832004-PCM; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 07 de fecha 19 de agosto del 2005, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902;

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