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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 69

PÆg. 305543 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de diciembre de 2005 Programa de Aplicación de las Multas por no Reemplazar los Medidores Defectuosos Período Porcentaje de la multa calculada por empresa Año 2005 25%1er Semestre del 2006 50%2do Semestre del 2006 70% A partir del 1er Semestre del 2007 100% De acuerdo a este cronograma la multa a aplicar será: Multa Final =Multa calculada por Empresa * Porcentaje de la multa calculada Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante la Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 192-2004-OS/CD, se aprobó el Anexo 6 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia deFiscalización Eléctrica, correspondiente a la tipificación de sanciones por incumplimiento del “Procedimiento para la fiscalización de contrastación y/o verificación demedidores de electricidad”. Dicha escala, en concordancia con el “Procedimiento para la fiscalización de contrastación y/o verificación demedidores de electricidad”, estableció tres clases de multas. La primera, relacionada a multas por no cumplir con el programa de contrastación y/o verificaciónsemestral de medidores. La segunda, constituyen multas por no cumplir con el programa de contrastación y/o verificación detectados en el muestreo semestral deOSINERG. Finalmente se estableció multas por no reemplazar los medidores defectuosos en los plazos establecidos. Posteriormente, una vez de entrada en vigencia la referida escala, OSINERG detectó que en las multas por “No reemplazar los medidores defectuosos en losplazos establecidos”, no se consideró ciertos aspectos necesarios para aplicar una sanción que sea proporcional a la infracción cometida. En efecto, elnumeral 6.3, solo considera para el cálculo de la multa, el hecho de no cumplir con dichos reemplazos dentro del plazo establecido, no considerando los días de retrasopara ello. En consecuencia, la multa resultaba igual para aquel que demoraba un día o demoraba más de 120 días, lo cual es desproporcionado, dando un mensajeequivocado a las empresas obligadas. Es por esta razón que resulta necesario proceder a modificar el numeral 6.3 de la citada escala a fin de incorporar este factor(días de retraso) dentro del cálculo de la multa a imponer a las empresas eléctricas responsables, con lo cual se logrará proporcionalidad entre la infracción y sanción aimponer. Por otro lado, en la modificación realizada, se señala que la multa resultante (Multa Calculada) no será aplicadaen su totalidad, sino en un porcentaje establecido de acuerdo a un cronograma. Este cronograma establecerá los porcentajes de la Multa Calculada para cada añohasta llegar al cien por ciento de la misma. Con este cronograma se busca dar un período de adaptación a las empresas para el cumplimiento del “Procedimientopara la fiscalización de contrastación y/o verificación de medidores de electricidad”. Finalmente, debemos señalar que con esta modificación del anexo 6 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, se logrará una aplicación más transparente, objetiva yproporcional del “Procedimiento para la fiscalización de contrastación y/o verificación de medidores de electricidad”. 20526OSIPTEL Exoneran de proceso de selección la contratación de consultores para diseæar metodología basada en nœmeros índices aplicada a serviciosde telefonía fija RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 073-2005-CD/OSIPTEL Lima, 24 de noviembre de 2005 EXPEDIENTE PE-SP Nº 00002-2005/OSIPTEL MATERIA CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES VISTOS: El Memorándum Nº 377-GPR/2005 e Informe Nº 079- GPR/2005 de fecha 17 de octubre de 2005, el Memorándum Nº 394-GPR/2005 de fecha 26 de octubrede 2005, el Informe Nº 053-GL/2005 de fecha 9 de noviembre de 2005, y el Memorándum Nº 417-GPR/2005 de fecha 15 de noviembre de 2005, referidos a lacontratación de los servicios de los consultores doctores Denis Lawrence y Erwin Diewert para el diseño de una metodología basada en números índices aplicada a losservicios de telefonía fija. CONSIDERANDO:Que el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM - en adelante la Ley, establece que los servicios personalísimos se encuentran exonerados de losrespectivos procesos de selección. Que el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM - en adelante el Reglamento, señala que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales,artísticos, científicos o tecnológicos; procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamenteespecializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitansustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otrospotenciales proveedores. Que el artículo 20º de la Ley establece que las resoluciones de exoneración requieren obligatoriamentede un informe técnico-legal previo para su aprobación. Que mediante Memorándum Nº 377-GPR/2005 de fecha 17 de octubre de 2005, la Gerencia de PolíticasRegulatorias remite el Informe Técnico Nº 079-GPR/2005 recomendando la contratación - a través de servicios personalísimos - de los doctores Denis Lawrence yErwin Diewert, a fin que se encarguen de realizar el diseño de una metodología basada en números índices aplicada a los servicios de telefonía fija. Que la citada gerencia solicita la contratación de los consultores doctor Denis Lawrence y doctor Erwin Diewert, por considerar que estas personas cuentan con laexperiencia y alta especialización requerida para el desarrollo de los temas materia de la presente consultoría. Que, en el caso del doctor Erwin Diewert, éste ha obtenido los siguientes grados académicos: Bachiller (B.A) por la “University of British Columbia”; Maestría (M.A.) por la “University of British Columbia” y Ph.D. porla “University of California - Berkeley”. Que por su parte el doctor Denis Lawrence ha obtenido los siguientes grados académicos: Bachiller enEconomía por la “Australian National University” y Ph.D. por la “University of British Columbia”. Que la experiencia del doctor Erwin Diewert se puede apreciar en las investigaciones realizadas en la teoría