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PÆg. 305541 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de diciembre de 2005 VISTOS: El Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº 092- 2005 y el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2005-184 elaborados por la Gerencia Adjunta de RegulaciónTarifaria. CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2005-EM, publicado el 3 de febrero de 2005, fue modificado elartículo 92º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93- EM, estableciéndose en el nuevo texto del referido artículoque el OSINERG determinará los costos eficientes de inversión, de operación y de mantenimiento que se reconocerán al Coordinador por la coordinación de laoperación en tiempo real del Sistema, debiendo ser cubiertos dichos costos por los integrantes del COES; Que, posteriormente, con fecha 12 de junio de 2005, el OSINERG publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución OSINERG Nº 099-2005-OS/CD, mediante la cual se aprobó la norma “Procedimiento para el Pago delos Costos Eficientes al Coordinador de la Operación del SEIN y a las Entidades Delegadas”, cuyo objeto es establecer los criterios, lineamientos y parámetrosnecesarios para efectuar el pago de los costos eficientes; Que, con el fin de complementar la Resolución OSINERG Nº 099-2005-OS/CD y la resolución referidaa los “Estándares Técnicos Mínimos del Equipamiento para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real del SEIN”, se requiere emitir una resolución que determinelos costos eficientes que se deberá reconocer al coordinador para el desarrollo de su función de coordinación de la operación de tiempo real del SEIN,con lo que se da cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 92º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, antes mencionado; Que, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la publicación del Decreto Supremo Nº 003-2005-EM y la fecha de entrada en vigencia de la Norma"Procedimiento para el Pago de los Costos Eficientes al Coordinador de la Operación del SEIN y a las Entidades Reguladas", aprobada por Resolución OSINERG Nº 099-2005-OS/CD, resulta conveniente publicar la determinación de costos eficientes de inversión, de operación y de mantenimiento que se reconocerán alCoordinador por la coordinación de la operación en tiempo real del Sistema, sin que sea necesaria su prepublicación por no tratarse de una tarifa de servicio público; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en elReglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; así como en sus normas modificatorias, complementarias yconexas. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Fijar los costos eficientes de inversión, de operación y de mantenimiento que se reconocerán alcoordinador por la coordinación de la operación en tiempo real del Sistema en los siguientes valores: TABLA Nº 1 Descripción Costo Total (US$) Costos Eficientes de Inversión 2 629 238 Costos Eficientes de la Operación anual 617 108 Costos Eficientes del Mantenimiento anual 33 713 Artículo 2º.- Los costos eficientes consignados en el artículo 1º serán vigentes para el período comprendido entre el 1 de enero de 2006 al 31 de diciembre de 2010. Artículo 3º.- El primer pago anual que efectuarán los integrantes del COES-SINAC al Coordinador y a las Entidades Delegadas se realizará dentro de los primerosveinte (20) días del mes de febrero de 2006, de acuerdo con los criterios, lineamientos y parámetros establecidosen el artículo 8º de la Norma “Procedimiento para el Pago de los Costos Eficientes al Coordinador de la Operación del SEIN y a las Entidades Delegadas”,aprobada por Resolución OSINERG Nº 099-2005-OS/ CD. El pago anual correspondiente a los costos eficientes de inversión se calculará con un factor de actualización que considere el pago al inicio del período. Artículo 4º.- Incorpórese como Anexo de la presente resolución, el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 092- 2005. Artículo 5.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y, junto con su Anexo, en la página WEB de OSINERG: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 20443 Precisan cómputo de plazo a que se refiere el "Procedimiento parasupervisar la generación en sistemaselØctricos aislados" RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 442-2005-OS/CD Lima, 29 de noviembre de 2005 VISTO:El Memorando Nº GFE-745-2005 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al ConsejoDirectivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía que precise lo establecido en el numeral 10 del “Procedimiento para supervisar la generación ensistemas eléctricos aislados”, respecto al plazo para la presentación de los Planes de Contingencias Operativo y los Planes de Adecuación de Confiabilidad deSuministro; CONSIDERANDO:Que, OSINERG publicó el 1 de julio de 2005 en el Diario Oficial El Peruano el “Procedimiento parasupervisar la generación en sistemas eléctricos aislados”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo de OSINERG Nº 152-2005-OS/CD, el cual permitirá mejorarla confiabilidad y calidad del suministro del servicio público de electricidad en los Sistemas Aislados; Que, de acuerdo al numeral 10 del referido Procedimiento, se estableció que el plazo para presentar los Planes de Contingencias Operativo y los Planes de Adecuación de Confiabilidad de Suministro es de 120días de publicado el Procedimiento en el Diario Oficial El Peruano, siendo requisito para ello, que la Gerencia de Fiscalización Eléctrica apruebe previamente loscorrespondientes lineamientos para su presentación; Que, actualmente se están elaborando los referidos lineamientos para la presentación de los citados Planes,por lo que es conveniente precisar que el mencionado plazo de 120 días deberá computarse a partir del día siguiente en que la Gerencia de Fiscalización Eléctricaentregue a las Empresas obligadas los respectivos lineamientos para su presentación; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalización Eléctrica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que el plazo de 120 días al que se refiere el numeral 10 del “Procedimiento para