Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2005 (03/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 3 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Aprueban Actualizacion de Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre Arbitrios
COMISION DE ACCESO AL MORDAZA RESOLUCION Nº 0191-2005/CAM-INDECOPI MORDAZA, 3 de noviembre del 2005 ACTUALIZACION DE LOS LINEAMIENTOS DE LA COMISION DE ACCESO AL MORDAZA SOBRE ARBITRIOS La Comision de Acceso al Mercado: CONSIDERANDO: 1. Que el articulo 9 del Decreto Legislativo Nº 807 faculta a las Comisiones a aprobar pautas o lineamientos que, sin tener caracter vinculante, orienten sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas cuya aplicacion tiene encomendada. 2. El articulo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 establece que la Comision es la encargada de evitar que las entidades de la Administracion Publica generen barreras burocraticas que impidan u obstaculicen, ilegal o irracionalmente, el acceso o permanencia de los agentes economicos en el mercado. 3. Al respecto, la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, a traves de la Resolucion Nº 0085-2000/TDC-INDECOPI del 1 de marzo del 2000, preciso la competencia de la Comision de Acceso al MORDAZA para evaluar la legalidad y racionalidad de los cobros por concepto de arbitrios en aquellos casos en que los cobros afecten el desarrollo de las actividades de los agentes economicos en el mercado. 4. La Comision ha venido conociendo una serie de denuncias que tienen por objeto cuestionar la legalidad y la racionalidad este MORDAZA de tributos, por lo que en el ano 2003 la Comision considero pertinente la elaboracion de los lineamientos correspondientes (los cuales fueron aprobados mediante Resolucion Nº 008-2003-CAMINDECOPI 1 ). Sin embargo, con posterioridad a la aprobacion de dicho documento, se han producido modificaciones legales y, asimismo, el Tribunal Constitucional ha emitido diversos pronunciamientos en el MORDAZA de procesos de inconstitucionalidad que recogen diversos criterios sobre la materia que son de aplicacion vinculante para esta Comision. 5. En atencion a lo expuesto, la Comision considera necesario adecuar el contenido de los referidos lineamientos a la normativa actualmente vigente. POR LO EXPUESTO: En uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 y los articulos 10, 26 y Sexta Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 807; RESUELVE: Primero.- Aprobar la Actualizacion de los Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre Arbitrios, los mismos que forman parte integrante de la presente resolucion. Segundo.- Solicitar al Directorio del Indecopi la publicacion de los mismos en el Diario Oficial El Peruano.

Arbitrios" pretende ser una herramienta de difusion general sobre los aspectos normativos y de los criterios que se han formado a traves de varios anos sobre esta materia. Ello, con la finalidad de orientar a las autoridades municipales, a los agentes economicos y la ciudadania sobre como deben ser establecidos los cobros por arbitrios y cuales deben ser los criterios a utilizar para determinar los montos a pagar por cada contribuyente. Asimismo, debido al reciente cambio en la legislacion y a los pronunciamientos que sobre la materia ha emitido el Tribunal Constitucional, se ha considerado conveniente actualizar su contenido respecto del documento elaborado en el ano 2003. Los arbitrios constituyen tasas (tipo de tributo) que se MORDAZA por la prestacion de servicios publicos individualizados en los contribuyentes tales como la limpieza publica, mantenimiento de parques y jardines y seguridad ciudadana o serenazgo. Al tratarse de tributos municipales, la entrada en vigencia de los arbitrios supone su aprobacion mediante ordenanza y la publicacion de la misma. Adicionalmente, en el caso de las municipalidades distritales, la ordenanza debera obtener la ratificacion correspondiente por parte de la municipalidad provincial correspondiente, decision que tambien debera ser publicada. Todos estos requisitos deberan ser cumplidos hasta el 31 de diciembre del ano anterior al que se pretende aplicar. El incumplimiento de dicho plazo implicara la imposibilidad de la autoridad local de exigir los montos establecidos en la ordenanza y correspondera aplicar los montos dispuestos en el ejercicio anterior, reajustados con el Indice de Precios al Consumidor. Con la finalidad de facilitar la labor de fiscalizacion de la ciudadania sobre las autoridades locales, las ordenanzas que aprueban arbitrios deben consignar el monto de las tasas a pagar, explicar los costos efectivos que demanda el servicio segun el numero de contribuyentes de la localidad beneficiada y consignar los criterios que justifiquen los incrementos que se hubieran realizado. Para la determinacion de la cuantia de los arbitrios y en atencion al caracter general de los servicios publicos y a su necesaria individualizacion, las municipalidades deberan disenar sistemas de distribucion de los costos totales entre los contribuyentes de manera que los criterios que reflejen la prestacion general y en la intensidad en el uso de los servicios. En el presente documento se recogen los criterios indicados por el Tribunal Constitucional para efecto de realizar una distribucion acorde con la naturaleza de cada servicio. De acuerdo con lo senalado por el Tribunal Constitucional, el valor del predio no debe utilizarse como criterio determinante para distribuir los costos entre los contribuyentes, sino como criterio MORDAZA o subsidiario y con la finalidad de reducir la cuota respecto del estandar (como por ejemplo, para establecer exoneraciones y tarifas sociales para los contribuyentes de menores recursos), pero no para incrementarla. A traves del presente documento, el Indecopi busca lograr que la ciudadania, los agentes economicos y los municipios conozcan cual es el verdadero sentido del regimen de los arbitrios, con miras a lograr el respeto a la normatividad vigente y a entenderlo como una herramienta que permita un disfrute optimo de los servicios por parte de los vecinos de la localidad y como un mecanismo para alcanzar los cometidos de las entidades a quienes les corresponde administrar dichos servicios publicos. ACTUALIZACION DE LOS LINEAMIENTOS DE LA COMISION DE ACCESO AL MORDAZA SOBRE ARBITRIOS I. INTRODUCCION 1. Un objetivo prioritario del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI es lograr la predictibilidad y transparencia en las decisiones de sus organos funcionales.

Con la intervencion y aprobacion de los senores miembros: MORDAZA Chueca MORDAZA, MORDAZA Penaranda Castaneda, MORDAZA MORDAZA Lombardi, MORDAZA MORDAZA Sardon de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Mendiola Cabrera.
MORDAZA CHUECA MORDAZA Presidente RESUMEN EJECUTIVO El documento denominado "Actualizacion de los Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre

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Documento publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de marzo del 2003.

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