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PÆg. 305529 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de diciembre de 2005 Aprueban Actualización de Linea- mientos de la Comisión de Acceso alMercado sobre Arbitrios COMISIÓN DE ACCESO AL MERCADO RESOLUCION Nº 0191-2005/CAM-INDECOPI Lima, 3 de noviembre del 2005 ACTUALIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE LA COMISIÓN DE ACCESO AL MERCADO SOBRE ARBITRIOS La Comisión de Acceso al Mercado: CONSIDERANDO: 1. Que el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 807 faculta a las Comisiones a aprobar pautas o lineamientos que, sin tener carácter vinculante, orienten sobre los alcances y criterios de interpretación de las normas cuyaaplicación tiene encomendada. 2. El artículo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 establece que la Comisión es la encargada de evitar quelas entidades de la Administración Pública generen barreras burocráticas que impidan u obstaculicen, ilegal o irracionalmente, el acceso o permanencia de losagentes económicos en el mercado. 3. Al respecto, la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, a través de la ResoluciónNº 0085-2000/TDC-INDECOPI del 1 de marzo del 2000, precisó la competencia de la Comisión de Acceso al Mercado para evaluar la legalidad y racionalidad de loscobros por concepto de arbitrios en aquellos casos en que los cobros afecten el desarrollo de las actividades de los agentes económicos en el mercado. 4. La Comisión ha venido conociendo una serie de denuncias que tienen por objeto cuestionar la legalidad y la racionalidad este tipo de tributos, por lo que en el año2003 la Comisión consideró pertinente la elaboración de los lineamientos correspondientes (los cuales fueron aprobados mediante Resolución Nº 008-2003-CAM-INDECOPI 1). Sin embargo, con posterioridad a la aprobación de dicho documento, se han producido modificaciones legales y, asimismo, el TribunalConstitucional ha emitido diversos pronunciamientos en el marco de procesos de inconstitucionalidad que recogen diversos criterios sobre la materia que son deaplicación vinculante para esta Comisión. 5. En atención a lo expuesto, la Comisión considera necesario adecuar el contenido de los referidoslineamientos a la normativa actualmente vigente. POR LO EXPUESTO:En uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868y los artículos 10, 26 y Sexta Disposición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 807; RESUELVE: Primero.- Aprobar la Actualización de los Lineamientos de la Comisión de Acceso al Mercado sobre Arbitrios, los mismos que forman parte integrante de la presente resolución. Segundo.- Solicitar al Directorio del Indecopi la publi- cación de los mismos en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervención y aprobación de los señores miembros: José Chueca Romero, César Peñaranda Castañeda, Verónica Zavala Lombardi, José Luis Sardón de Taboada, Jorge Chávez Alvarez y Alfredo Mendiola Cabrera. JOSE CHUECA ROMEROPresidente RESUMEN EJECUTIVO El documento denominado “Actualización de los Lineamientos de la Comisión de Acceso al Mercado sobreArbitrios” pretende ser una herramienta de difusión general sobre los aspectos normativos y de los criteriosque se han formado a través de varios años sobre esta materia. Ello, con la finalidad de orientar a las autoridades municipales, a los agentes económicos y la ciudadaníasobre cómo deben ser establecidos los cobros por arbitrios y cuáles deben ser los criterios a utilizar para determinar los montos a pagar por cada contribuyente. Asimismo, debido al reciente cambio en la legislación y a los pronunciamientos que sobre la materia ha emitido el Tribunal Constitucional, se ha considerado convenienteactualizar su contenido respecto del documento elaborado en el año 2003. Los arbitrios constituyen tasas (tipo de tributo) que se pagan por la prestación de servicios públicos individualizados en los contribuyentes tales como la limpieza pública, mantenimiento de parques y jardines yseguridad ciudadana o serenazgo. Al tratarse de tributos municipales, la entrada en vigencia de los arbitrios supone su aprobación mediante ordenanza y la publicación de lamisma. Adicionalmente, en el caso de las municipalidades distritales, la ordenanza deberá obtener la ratificación correspondiente por parte de la municipalidad provincialcorrespondiente, decisión que también deberá ser publicada. Todos estos requisitos deberán ser cumplidos hasta el 31 de diciembre del año anterior al que sepretende aplicar. El incumplimiento de dicho plazo implicará la imposibilidad de la autoridad local de exigir los montos establecidos en la ordenanza y corresponderá aplicarlos montos dispuestos en el ejercicio anterior, reajustados con el Indice de Precios al Consumidor. Con la finalidad de facilitar la labor de fiscalización de la ciudadanía sobre las autoridades locales, las ordenanzas que aprueban arbitrios deben consignar el monto de las tasas a pagar, explicar los costos efectivosque demanda el servicio según el número de contribuyentes de la localidad beneficiada y consignar los criterios que justifiquen los incrementos que sehubieran realizado. Para la determinación de la cuantía de los arbitrios y en atención al carácter general de los servicios públicosy a su necesaria individualización, las municipalidades deberán diseñar sistemas de distribución de los costos totales entre los contribuyentes de manera que loscriterios que reflejen la prestación general y en la intensidad en el uso de los servicios. En el presente documento se recogen los criterios indicados por elTribunal Constitucional para efecto de realizar una distribución acorde con la naturaleza de cada servicio. De acuerdo con lo señalado por el Tribunal Constitucional, el valor del predio no debe utilizarse como criterio determinante para distribuir los costos entre los contribuyentes, sino como criterio secundario osubsidiario y con la finalidad de reducir la cuota respecto del estándar (como por ejemplo, para establecer exoneraciones y tarifas sociales para los contribuyentesde menores recursos), pero no para incrementarla. A través del presente documento, el Indecopi busca lograr que la ciudadanía, los agentes económicos y losmunicipios conozcan cuál es el verdadero sentido del régimen de los arbitrios, con miras a lograr el respeto a la normatividad vigente y a entenderlo como una herramientaque permita un disfrute óptimo de los servicios por parte de los vecinos de la localidad y como un mecanismo para alcanzar los cometidos de las entidades a quienes lescorresponde administrar dichos servicios públicos. ACTUALIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE LA COMISIÓN DE ACCESO AL MERCADO SOBRE ARBITRIOS I. INTRODUCCIÓN 1. Un objetivo prioritario del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI es lograr la predictibilidad y transparencia en las decisiones de susórganos funcionales. 1 Documento publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de marzo del 2003.