Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (07/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G37/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de diciembre de 2005 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 007 - Pro VíasNacional del Ministerio de Transportes yComunicaciones, aprobado mediante ResoluciónViceministerial Nº 0022-2005-MTC/02 y sus modificatorias, la adquisición y contratación de los bienes, servicios y obras destinados a superar lasituación de emergencia de la ejecución de los trabajosde sostenimiento de la transitabilidad de la CarreteraDv. Las Vegas-Tarma-La Merced debido al colapso delPuente Yanango, ubicado en el Km. 77+100 de la Carretera Dv. Las Vegas-Tarma-La Merced, distrito de San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamentode Junín, los mismos que se detallan en el anexo queforma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Declarar en situación de emergencia la ejecución de los trabajos de sostenimiento de latransitabilidad de la Carretera Dv. Las Vegas-Tarma-LaMerced debido al colapso del Puente Yanango, hasta porel monto de S/. 4’007,000.00 (cuatro millones siete mil y00/100 Nuevos Soles). Artículo 3º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de los procesos de selección a que serefiere el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 4º.- Autorizar al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIASNACIONAL, la adquisición y contratación de los bienes,servicios y obras destinados a superar la situación deemergencia de ejecución de los trabajos de sostenimiento de la transitabilidad de la Carretera Dv. Las Vegas-Tarma- La Merced debido al colapso del Puente Yanango, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 148º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado. Artículo 5º .- La contratación a que se refieren los artículos precedentes se efectuará con cargo a la fuenteRecursos Directamente Recaudados de la UnidadEjecutora 007 - Pro Vías Nacional del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, con la finalidad de ejecutar los trabajos vinculados al objeto de la presente exoneración. Artículo 6º.- La presente Resolución, así como el Informe Nº 096-2005-MTC/20-7.5-ASLL, el Memorándum Nº 4907-2005-MTC-20.7, el Informe Nº 097-2005-MTC-20- 7.5-ASLL y el Informe Legal Nº 2571-2005-MTC/08 seránpuestos en conocimiento de la Contraloría General de laRepública y del Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábilessiguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 7º.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM, la presente Resolución Ministerial deberá publicarse también a través del SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20742 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 908-2005 MTC/02 Lima, 2 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizacionesde viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y sus normas modificatorias disponen que los viajes al exterior queirroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejerciciofiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectoresRelaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asícomo la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policía Nacional delPerú del Ministerio del Interior, en cuyos casos los viajesserán autorizados a través de resolución del Titular delPliego respectivo, la misma que deberá ser publicada enel Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre AviaciónCivil y poder mantener la calificación de Categoría - Iotorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadoresaéreos en el país, basado en las disposiciones establecidasen el citado Convenio y en los estándares de la Organizaciónde Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 858/11/05, del 8 de noviembre de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a laDirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar un chequeo técnico ensimulador de vuelo del equipo Boeing 767, en el Centrode Entrenamiento ALTEON de la ciudad de Miami, a supersonal aeronáutico propuesto, durante el día 08 dediciembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 31788 y 31789, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondiente alProcedimiento a que se refiere el considerando anterior,ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportesy Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 2199-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector Simón Samolski Edery, para realizar un chequeotécnico en simulador de vuelo del equipo Boeing 767, en elCentro de Entrenamiento ALTEON, al personal aeronáuticopropuesto por la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad deMiami, Estados Unidos de América, durante los días 7 al 8 de diciembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar el chequeo técnico a que se contrae la Orden de Inspección Nº 2199-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, el Decreto deUrgencia Nº 025-2005 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Simón Samolski Edery, Inspector de la Dirección General de