Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2005 (08/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- DETERMINAR que la sede de la Municipalidad del Centro Poblado de Juzgara, sera el lugar del mismo nombre "JUZGARA" Articulo Tercero.- LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE JUZGARA, territorialmente, estara comprendida por los siguiente caserios: Juzgara, Nueva MORDAZA, Singo, Quispampa Alto, MORDAZA ­ Capsol, Chamanan, Tocllapite, Quilan, Alumbre, MORDAZA MORDAZA de Congona, Sauce Chiquito y Sagrado Corazon de Jesus. Articulo Cuarto.- LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO DE JUZGARA, tendra Un MORDAZA y 5 (cinco) Regidores, elegidos democraticamente conforme a la ley de la materia. El Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras y el MORDAZA las funciones ejecutivas. La administracion municipal esta integrada por funcionarios servidores publicos, empleados y obreros, que prestaran servicios para la municipalidad, organizados de acuerdo con sus necesidades, servicios delegados y presupuesto aprobado, segun el Organigrama que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Son funciones delegadas de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE JUZGARA, las siguientes: 1.- Otorgamiento de Licencias de Apertura de locales comerciales y de servicios. 2.- Realizar Servicios de Limpieza Publica, ubicando un lugar apropiado para su acumulacion y tratamiento de los residuos solidos. 3.- Instalacion y cobro de los servicios higienicos adecuados. 4.- Controlar el aseo, higiene y salubridad en locales de expendio de alimentos, de uso publico, asi como en escuela y viviendas de su ambito territorial. 5.- Inscripcion de Actas de Nacimiento y Actas de Defuncion, previa aprobacion del RENIEC. Articulo Sexto.- ASIGNAR a favor de la MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO DE JUZGARA su respectivo Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de conformidad con el Presupuesto Participativo y demas leyes que rigen el Sistema Presupuestario Publico Nacional, debiendo rendir cuentas documentadas de conformidad con las normas generales de Tesoreria y Contabilidad y, a la Directiva que debe formular la Direccion de Planificacion, Presupuesto, Desarrollo, Cooperacion Tecnica, Informatica y Estadistica. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Las funciones y servicios delegados deberan estar senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y en el Texto Unico Ordenado de Tasas (TUOT), que debe ser propuesto por la Municipalidad de Centro Poblado y ser aprobado por el Concejo Municipal. Segunda.- Para el mejor logro de sus propositos, la Municipalidad del Centro Poblado de Juzgara, podra establecer estrategias de cooperacion con la Municipalidad Provincial de Huancabamba. POR TANTO; MANDO: se registre, publique y cumpla. Dada en la Sede de la Municipalidad Provincial de Huancabamba a los veintinueve dias del mes de noviembre del dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20773

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ALTO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la ejecucion de los subproyectos "Estacion 74" y "Tanques El Alto" del proyecto "Etapa I Linea de Impulsion y Almacenamiento de Agua El Alto"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 113-11-2005-MDEA El Alto, 28 de noviembre de 2005 LA SENORA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ALTO VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre de 2005, el Informe Tecnico Nº 2352005-DIDU/ESCB-MDEA-D, de la Direccion de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA y el Informe Legal Nº 100-11-2005-AL-MDEA, de la Oficina de Asesoria Juridica, referentes a la exoneracion del MORDAZA de Seleccion por situacion de desabastecimiento inminente para la ejecucion de las Obras Sub-Proyecto "Estacion 74" y Sub-Proyecto "Tanques El Alto", vinculados al Proyecto "ETAPA I LINEAS DE IMPULSION Y ALMACENAMIENTO DE AGUA LINEAS EL ALTO"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194 de la Constitucion del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Organos de Gobierno Local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, en concordancia con el considerado anterior la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 consagra en el Art. II del Titulo Preliminar la autonomia politica, economica, y administrativa que en asuntos de su competencia ejercen los Gobiernos Locales. Que, segun Resolucion de Alcaldia Nº 602-11-2005MDEA, su fecha 8 de noviembre de 2005, se dispuso aprobar el Expediente Tecnico del Proyecto definitivo denominado "ETAPA I LINEAS DE IMPULSION Y ALMACENAMIENTO DE AGUA EL ALTO", con un valor referencial de S/. 15´082.721.90, para ser ejecutado bajo la modalidad de ejecucion presupuestaria indirecta, a suma alzada, con un plazo de ejecucion de 120 dias calendario; el mismo que se subdivide en 3 subproyectos: - Subproyecto denominado "Estacion 74", con un valor referencial a S/. 1´553.386.64 Nuevos Soles, siendo su plazo de ejecucion 60 dias calendario. - Subproyecto denominado "Lineas de Impulsion Sanitaria", con un valor referencial de S/. 12´531.390.41 Nuevos Soles, siendo su plazo de ejecucion de 120 dias calendario. - Subproyecto denominado "Tanques El Alto", cuyo valor referencial importa la suma de S/. 997.944.85 Nuevos Soles, siendo su plazo de ejecucion de 60 dias calendario. Que, segun el articulo MORDAZA de la precitada Resolucion se autoriza la ejecucion del Subproyecto "Estacion 74", el mismo que cuenta con la disponibilidad presupuestal, senalada en el Informe Nº 1091-2005MDEA/GPP, de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto. Que, segun el articulo tercero de la precitada Resolucion se autoriza la ejecucion del Subproyecto "Tanques El Alto", el mismo que cuenta con la disponibilidad presupuestal, senalada en el Informe Nº 1091-2005-MDEA/GPP, de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto. Que, la Gerencia Municipal segun Informe Nº 0492005-GM-MDEA, su fecha 11 de noviembre de 2005, sustenta la necesidad de emitir los Informes tecnicos y

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