TEXTO PAGINA: 69
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G38/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de diciembre de 2005 Artículo Segundo.- DETERMINAR que la sede de la Municipalidad del Centro Poblado de Juzgara, será el lugar del mismo nombre "JUZGARA" Artículo Tercero.- LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE JUZGARA, territorialmente, estará comprendida por los siguiente caseríos: Juzgara, Nueva Esperanza, Singo, Quispampa Alto, Cajas – Capsol, Chamanán, Tocllapite, Quilán, Alumbre, Santa Rosa de Congona, Sauce Chiquito y Sagrado Corazón de Jesús. Artículo Cuarto.- LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO DE JUZGARA, tendrá Un Alcalde y 5 (cinco) Regidores, elegidos democráticamente conforme a la ley de la materia. El Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras y el Alcalde las funciones ejecutivas. La administración municipal está integrada por funcionarios servidores públicos, empleados y obreros, que prestarán servicios para la municipalidad, organizados de acuerdo con sus necesidades, servicios delegados y presupuesto aprobado, según el Organigrama que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Son funciones delegadas de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE JUZGARA, las siguientes: 1.- Otorgamiento de Licencias de Apertura de locales comerciales y de servicios. 2.- Realizar Servicios de Limpieza Pública, ubicando un lugar apropiado para su acumulación y tratamiento de los residuos sólidos. 3.- Instalación y cobro de los servicios higiénicos adecuados. 4.- Controlar el aseo, higiene y salubridad en locales de expendio de alimentos, de uso público, así como en escuela y viviendas de su ámbito territorial. 5.- Inscripción de Actas de Nacimiento y Actas de Defunción, previa aprobación del RENIEC. Artículo Sexto.- ASIGNAR a favor de la MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO DE JUZGARA su respectivo Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de conformidad con el Presupuesto Participativo y demás leyes que rigen el Sistema Presupuestario Público Nacional, debiendo rendir cuentas documentadas de conformidad con las normas generales de Tesorería y Contabilidad y, a la Directiva que debe formular la Dirección de Planificación, Presupuesto, Desarrollo, Cooperación Técnica, Informática y Estadística. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Las funciones y servicios delegados deberán estar señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y en el Texto Único Ordenado de Tasas (TUOT), que debe ser propuesto por la Municipalidad de Centro Poblado y ser aprobado por el Concejo Municipal. Segunda.- Para el mejor logro de sus propósitos, la Municipalidad del Centro Poblado de Juzgara, podrá establecer estrategias de cooperación con la Municipalidad Provincial de Huancabamba. POR TANTO; MANDO: se registre, publique y cumpla. Dada en la Sede de la Municipalidad Provincial de Huancabamba a los veintinueve días del mes de noviembre del dos mil cinco. VALENTÍN QUEVEDO PERALTA Alcalde 20773MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ALTO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G73/G75/G62/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G22/G45/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G37/G34/G22/G20/G79/G20/G22/G54/G61/G6E/G71/G75/G65/G73/G20/G45/G6C/G20/G41/G6C/G74/G6F/G22/G20/G64/G65/G6C/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G45/G74/G61/G70/G61/G20/G49/G20/G4C/GED/G6E/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6D/G70/G75/G6C/G73/G69/GF3/G6E /G79/G20/G41/G6C/G6D/G61/G63/G65/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G75/G61/G20/G45/G6C/G20/G41/G6C/G74/G6F/G22 ACUERDO DE CONCEJO Nº 113-11-2005-MDEA El Alto, 28 de noviembre de 2005LA SEÑORA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ALTO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre de 2005, el Informe Técnico Nº 235- 2005-DIDU/ESCB-MDEA-D, de la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano y el Informe Legal Nº 100-11-2005-AL-MDEA, de la Oficina de Asesoría Jurídica, referentes a la exoneración del Proceso de Selección por situación de desabastecimiento inminente para la ejecución de las Obras Sub-Proyecto “Estación 74” y Sub-Proyecto “Tanques El Alto”, vinculados al Proyecto “ETAPA I LÍNEAS DE IMPULSIÓN Y ALMACENAMIENTO DE AGUA LÍNEAS EL ALTO”; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Art. 194 de la Constitución del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos de Gobierno Local. Tienenautonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, en concordancia con el considerado anterior la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 consagra en el Art. II del Título Preliminar la autonomía política, económica, y administrativa que en asuntos de su competencia ejercen los Gobiernos Locales. Que, según Resolución de Alcaldía Nº 602-11-2005- MDEA, su fecha 8 de noviembre de 2005, se dispuso aprobar el Expediente Técnico del Proyecto definitivo denominado “ETAPA I LÍNEAS DE IMPULSIÓN Y ALMACENAMIENTO DE AGUA EL ALTO”, con un valor referencial de S/. 15´082.721.90, para ser ejecutado bajo la modalidad de ejecución presupuestaria indirecta, a suma alzada, con un plazo de ejecución de 120 días calendario; el mismo que se subdivide en 3 subproyectos: - Subproyecto denominado “Estación 74”, con un valor referencial a S/. 1´553.386.64 Nuevos Soles, siendo su plazo de ejecución 60 días calendario. - Subproyecto denominado “Líneas de Impulsión Sanitaria”, con un valor referencial de S/. 12´531.390.41 Nuevos Soles, siendo su plazo de ejecución de 120 días calendario. - Subproyecto denominado “Tanques El Alto”, cuyo valor referencial importa la suma de S/. 997.944.85 Nuevos Soles, siendo su plazo de ejecución de 60 días calendario. Que, según el artículo segundo de la precitada Resolución se autoriza la ejecución del Subproyecto “Estación 74”, el mismo que cuenta con la disponibilidad presupuestal, señalada en el Informe Nº 1091-2005- MDEA/GPP, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto. Que, según el artículo tercero de la precitada Resolución se autoriza la ejecución del Subproyecto “Tanques El Alto”, el mismo que cuenta con la disponibilidad presupuestal, señalada en el Informe Nº 1091-2005-MDEA/GPP, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto. Que, la Gerencia Municipal según Informe Nº 049- 2005-GM-MDEA, su fecha 11 de noviembre de 2005, sustenta la necesidad de emitir los Informes técnicos y