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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (08/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G38/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de diciembre de 2005 Artículo Tercero.- RATIFICAR, en todos sus extremos lo indicado en la Resolución Gerencial Nº 401- 2004-GDU-GCDL-MSS de fecha 23.7.2004, con excepción del Artículo Segundo de la mencionada Resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER que el BANCO WIESE SUDAMERIS S.A. efectúe la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de los artículos precedentes a la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ENMA VALVERDE MONTOYA Subgerente de Licencias y Hab. Urbanas 20771 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G75/G69/G64/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000036 Callao, 28 de noviembre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 28.NOV. de 2005; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: ORDENANZA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDO CONSIDERANDO:Que, el inciso 22º del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el Artículo 59º de la Ley General del Ambiente, aprobada por Ley Nº 28611, determina que los gobiernos locales ejercen sus funciones y atribuciones de conformidad con lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas y lo dispuesto en la presente Ley; Que, el Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, determina que es función específica exclusiva de las municipalidades provinciales el regular y controlar la emisión de ruidos; Que, el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, aprobado por Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM, especifica en sus Artículos 12º y 23º que las municipalidades provinciales son competentes para elaborar e implementar, en coordinación con las municipalidades distritales los planes de prevención y control de la contaminación sonora de las actividades domésticas, comerciales y de servicios para no exceder los estándares de calidad ambiental para ruido, de conformidad con los lineamientos que, para tal fin, apruebe la Comisión Nacional del Ambiente, así como determinar los límites máximos permisibles de ruido para dichas actividades bajo nuestra competencia;APORTE REGLAMENTARIO % ÁREA OBSERVACIONES Recreación Pública 24% 2,949.71 m² Redimido en dinero a la Municipalidad de Santiago de Surco según Recibo Único de Caja Nº. 0738170 de fecha 19.4.01, por la cantidad de S/. 520,957.30 Nuevos Soles Ministerio de Educación 2% 245.81 m² Redimido en dinero al Ministerio de Educación según Factura Nº 13137099 de fecha 3.7.00, correspondiente a la valori- zación de aportes según Resolución Jefatural Nº 010- 2000-ED de fecha 29-5-2000 por el monto de S/. 16,908.80 Nuevos Soles Parques Zonales 1% 122.90 m² Redimido en dinero a SERPAR LIMA , según Recibo de Ingresos Nº 032472 de fecha 26-5-2000, por el monto de S/. 2,081.28 Nuevos Soles Otros Fines 4% 491.62 m² Redimido en dinero a la Municipalidad de Santiago de Surco según Recibo Único de Caja Nº 00334987-2000 de fecha 3.5.00, por la cantidad de S/. 33,619.46 Nuevos soles TOTAL 14% 3,810.04 m² DEBE DECIR: Artículo Segundo.- DETERMINAR que del área bruta total de 12,800.00m2, corresponden a Área Útil de Lotes 12,290.47m2, según el Cuadro de Áreas siguiente: DISEÑO URBANO.- El cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: Área Bruta según Partida Electr ónica Nº 704264 12,800.00 m² Área cedida para vía 509.53 m² Área Útil del Terreno materia de Recepción 12,290.47 m² AREA ÚTIL : El Área Útil se distribuye de la siguiente manera: MANZANA Nº de LOTES NUMERACIÓN ÁREA Lote 22-A 01 01 1,113.08 m² Lote 22-B 01 02 11,177.39 m² TOTAL 12,290.47 m² APORTE REGLAMENTARIO % ÁREA OBSERVACIONES Recreación Pública 24% 3,072.00 m² Redimido en dinero a la Municipalidad de Santiago de Surco según Recibo Único de Caja Nº 0738170 de fecha 19.4.01, por la cantidad deS/. 520,957.30 Nuevos Soles Ministerio de Educación 2% 256.00 m² Redimido en dinero al Ministerio de Educación según FacturaNº 13137099 de fecha 3.7.00,correspondiente a la valoriza-ción de aportes según Resolu-ción Jefatural Nº 010-2000-ED de fecha 29-5-2000 por el monto de S/. 16,908.80 Nuevos Soles Parques Zonales 1% 128.00 m² Redimido en dinero a SERPAR LIMA , según Recibo de Ingresos Nº 032472 de fecha 26-5-2000, por el monto de S/.2,081.28 Nuevos Soles Otros Fines 4% 512.00 m² Redimido en dinero a la Municipalidad de Santiago deSurco según Recibo Único deCaja Nº 00334987-2000 defecha 3.5.00, por la cantidad de S/. 33,619.46 Nuevos soles TOTAL 31% 3,968.00 m²