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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (09/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G38/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de diciembre de 2005 efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEVla documentación e información a que se refieren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento. La colocación de los valores deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, siempre y cuando el plazo delprograma y del trámite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud deprórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 3º.- La inscripción a la que se refiere el artículo 1 de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Losdocumentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Banco Wiese Sudameris, en su calidad de emisor, entidad estructuradora y agente colocador; a Banco Sudamericano,en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Cavali ICLV S.A.; y, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y Emisores Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 20827 INDECOPI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G73 /G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G64/G61/G73/G20 /G70/G6F/G72/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G73/G20 /G64/G65 /G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G65/G73 /G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G55/G73/G6F/G20/G52/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61 RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0100-2005/CRT-INDECOPI Lima, 17 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de ReglamentosTécnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figuracomo Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución LegislativaNº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración yAprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas debenrealizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos deNormalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Seguridad Eléctrica, b) Conductores Eléctricos y c) UsoRacional de Energía y Eficiencia Energética, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos deNormalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas(PNTP) en las fechas indicadas: a) Seguridad Eléctrica, 1 PNTP, el 30 de junio del 2005. b) Conductores Eléctricos, 1 PNTP, el 2 de setiembre del 2005. c) Uso Racional de Energía y Eficiencia Energética, 1 PNTP, el 15 de setiembre del 2005. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante elSistema de Adopción y sometidos a Discusión Pública por un período de treinta días contados a partir del 7 de octubre del 2005; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de laComisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánimede sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 17 de noviembre del 2005; RESUELVE: APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP-IEC 61008-1:2005 Interruptores automáticos para actuar por corriente residual (interruptores diferenciales), sin dispositivo de protección contrasobrecorrientes, para uso domés- tico y similares. Parte 1: Reglas generales. 1ª Edición NTP-IEC 60811-1-1:2005 Materiales de aislamiento y cubierta de cables eléctricos.Métodos de ensayos comunes. Parte 1: Aplicaciones generales. Sección 1: Medición de espesoresy dimensiones exteriores. Ensayos para la determinación de las propiedades mecánicas. 1ª Edición NTP-IEC 60921:2005 Balastos para lámparas fluores- centes tubulares. Requerimientosde funcionamiento. 1ª Edición Con la intervención de los señores miembros: Fabián Novak, Augusto Ruiloba, Julio Paz Soldán, MarioSandoval y Aldo Bresani. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 20811 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G73 /G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G64/G61/G73/G20 /G70/G6F/G72/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G73/G20 /G64/G65/G43/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G49/G6E/G63/G65/G6E/G2D/G64/G69/G6F/G73/G2C/G20/G42/G69/G73/G75/G74/G65/G72/GED/G61/G2C/G20/G43/G61/G6C/G7A/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G63/G61/G6F/G20/G79/G43/G68/G6F/G63/G6F/G6C/G61/G74/G65 RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0101-2005/CRT-INDECOPI Lima, 24 de noviembre de 2005