Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2005 (15/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de diciembre de 2005

necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas cercano se encuentra ubicado en la localidad de Tayapampa a 5 kilometros de distancia, al cual se llega por un MORDAZA de herradura en 2 horas de recorrido a pie; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 144-2005-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Caserio Chiapon, distrito y provincia de San MORDAZA, departamento y Distrito Judicial de Cajamarca; Que, por el numero de habitantes a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan como conflictos asuntos de naturaleza Civil: deudas de minima cuantia, incumplimiento de obligaciones; Penal: faltas contra la persona, faltas contra el patrimonio; Familia: alimentos de menores, reconocimiento de menores; Laboral: pago de jornal, incumplimiento de faenas; y Notarial: legalizacion de documentos, y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserio Chiapon, con competencia ademas en los Caserios La Meseta, La Comunidad y MORDAZA MORDAZA, y los Anexos Las MORDAZA, El Lindero y El Pindo; distrito y provincia de San MORDAZA, departamento y Distrito Judicial de Cajamarca. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 21202

establece que el traslado por razones de salud procede cuando la atencion de una dolencia del Magistrado, su conyuge o hijos menores de edad, requieren tratamiento especializado permanente que no se pueda obtener en la sede de origen, o cuando su clima o la ubicacion geografica les MORDAZA perjudiciales a su salud; requiriendose informe medico sustentatorio expedido por ESSALUD del lugar o sede de origen asi como del lugar de destino; Que, la solicitud de traslado por razones de salud presentada por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, a una plaza de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, se sustenta en que conforme aparece del Informe Medico S/N-RLLC.-HIII-CH-RAAN-ESSALUD2005, expedido por el doctor MORDAZA Llave MORDAZA, medico neumologo del Hospital III Chimbote - RAAN de ESSALUD, de la MORDAZA de Chimbote, la nombrada magistrada esta siendo atendida con diagnostico de asma bronquial persistente moderado - MORDAZA, con gran compromiso de vias aereas pequenas (espirometia: 11 de MORDAZA del 2005), con evolucion estacionaria, por encontrarse laborando en MORDAZA con gran exposicion de alergenos, recibiendo actualmente tratamiento con broncodilatadores, anticolinergicos, corticoides y antihistaminicos y control medico periodico en la especialidad de neumologia, sugiriendose cambio de ambiente fisico; Que, asimismo, mediante informe medico expedido por el doctor MORDAZA MORDAZA Sisniegas, medico neumologo del Hospital III MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA, aparece que la recurrente ha recibido multiples atenciones en Emergencia de dicho Hospital, lo que se explica por la contaminacion ambiental de la MORDAZA de Chimbote en la que domicilia, y que constituye un factor desencadenante de importancia para su enfermedad, recomendandosele que cambie su residencia, ademas de continuar con el respectivo control y tratamiento en dicho Hospital; Que, en tal sentido, la nombrada magistrada declara que su traslado a la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA se fundamenta en razon a las recomendaciones de los medicos que la han atendido; por lo que teniendo en cuenta los informes medicos que sustentan el pedido de la recurrente, resulta procedente por razones de salud la solicitud de traslado que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12º del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado, por motivos de salud, presentada por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Santa; disponiendose en consecuencia su traslado a una plaza de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia de La Libertad; el mismo que se efectivizara en la primera oportunidad que se presente plaza vacante de Vocal Superior. Articulo Segundo.- Transcribase la presente Resolucion al Presidente del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y de La MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a la interesada, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 21204

Disponen el traslado de magistrada a una plaza de Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 252-2005-CE-PJ MORDAZA, 2 de diciembre del 2005 VISTO: El expediente administrativo que contiene los actuados relacionados a la solicitud de traslado presentada por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, por razones de salud; y, CONSIDERANDO: Que, con arreglo a lo dispuesto en el articulo 1º, numeral b), del Reglamento de Traslados de Magistrados, aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 05293-CE-PJ, un Magistrado Titular puede ser trasladado con su consentimiento o a su solicitud por razones de salud; de igual modo, el articulo 3º del citado Reglamento

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