TEXTO PAGINA: 44
PÆg. 306234 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de diciembre de 2005 necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más cercano se encuentra ubicado en la localidad de Tayapampa a 5 kilómetros de distancia, al cual se llega por un camino de herradura en 2 horas de recorrido a pie; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Que, el Informe Nº 144-2005-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Caserío Chiapón, distrito y provincia de San Miguel, departamento y Distrito Judicial de Cajamarca; Que, por el número de habitantes a los que beneficiaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan como conflictos asuntos de naturaleza Civil: deudas de mínima cuantía, incumplimiento de obligaciones; Penal: faltas contra la persona, faltas contra el patrimonio; Familia: alimentos de menores, reconocimiento de menores; Laboral: pago de jornal, incumplimiento de faenas; y Notarial: legalización de documentos, y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y eficaz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserío Chiapón, con competencia además en los Caseríos La Meseta, La Comunidad y Santa María, y los Anexos Las Cuevas, El Lindero y El Pindo; distrito y provincia de San Miguel, departamento y Distrito Judicial de Cajamarca. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ21202 Disponen el traslado de magistrada a una plaza de Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia de La Libertad RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 252-2005-CE-PJ Lima, 2 de diciembre del 2005 VISTO: El expediente administrativo que contiene los actuados relacionados a la solicitud de traslado presentada por la magistrada Alicia Iris Tejeda Zavala, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Santa, por razones de salud; y, CONSIDERANDO: Que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1º, numeral b), del Reglamento de Traslados de Magistrados, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 052- 93-CE-PJ, un Magistrado Titular puede ser trasladado con su consentimiento o a su solicitud por razones de salud; de igual modo, el artículo 3º del citado Reglamentoestablece que el traslado por razones de salud procede cuando la atención de una dolencia del Magistrado, su cónyuge o hijos menores de edad, requieren tratamiento especializado permanente que no se pueda obtener en la sede de origen, o cuando su clima o la ubicación geográfica les sean perjudiciales a su salud; requiriéndose informe médico sustentatorio expedido por ESSALUD del lugar o sede de origen así como del lugar de destino; Que, la solicitud de traslado por razones de salud presentada por la magistrada Alicia Iris Tejeda Zavala, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Santa, a una plaza de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, se sustenta en que conforme aparece del Informe Médico S/N-RLLC.-HIII-CH-RAAN-ESSALUD- 2005, expedido por el doctor Ramiro Llave Cortez, médico neumólogo del Hospital III Chimbote - RAAN de ESSALUD, de la ciudad de Chimbote, la nombrada magistrada está siendo atendida con diagnóstico de asma bronquial persistente moderado - severo, con gran compromiso de vías aéreas pequeñas (espirometía: 11 de julio del 2005), con evolución estacionaria, por encontrarse laborando en zona con gran exposición de alérgenos, recibiendo actualmente tratamiento con broncodilatadores, anticolinérgicos, corticoides y antihistamínicos y control médico periódico en la especialidad de neumología, sugiriéndose cambio de ambiente físico; Que, asimismo, mediante informe médico expedido por el doctor Abel Arroyo Sisniegas, médico neumólogo del Hospital III Víctor Lazarte Echegaray de la ciudad de Trujillo, aparece que la recurrente ha recibido múltiples atenciones en Emergencia de dicho Hospital, lo que se explica por la contaminación ambiental de la ciudad de Chimbote en la que domicilia, y que constituye un factor desencadenante de importancia para su enfermedad, recomendándosele que cambie su residencia, además de continuar con el respectivo control y tratamiento en dicho Hospital; Que, en tal sentido, la nombrada magistrada declara que su traslado a la Corte Superior de Justicia de La Libertad se fundamenta en razón a las recomendaciones de los médicos que la han atendido; por lo que teniendo en cuenta los informes médicos que sustentan el pedido de la recurrente, resulta procedente por razones de salud la solicitud de traslado que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12º del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Javier Román Santisteban, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado, por motivos de salud, presentada por la magistrada Alicia Iris Tejeda Zavala, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Santa; disponiéndose en consecuencia su traslado a una plaza de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de La Libertad; el mismo que se efectivizará en la primera oportunidad que se presente plaza vacante de Vocal Superior. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del Santa y de La Libertad, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a la interesada, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ21204