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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

PÆg. 306229 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de diciembre de 2005 Supremos Nºs. 030-2002-MTC, 014-2002-VIVIENDA y Nº 011-2003-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002- VIVIENDA, se declaró de interés nacional la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ámbito del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y bajo la administración del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda; Que, mediante Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, se creó el Bono Familiar Habitacional como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, otorgado por una sola vez al grupo familiar beneficiario, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, mediante el Reglamento del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, aprobado por Resolución Ministerial Nº 273-2003- VIVIENDA, se establecieron los requisitos para la inscripción en el Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, considerados proyectos de viviendas de interés social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2005- VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento del Bono Familiar Habitacional y, por Resolución Ministerial Nº 215- 2005-VIVIENDA y su modificatoria Resolución Ministerial Nº 227-2005-VIVIENDA se aprobó el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional, que contiene las modalidades de aplicación del BFH, así como otras disposiciones referidas a la postulación, asignación y desembolso del mismo; Que, es necesario efectuar modificaciones al Reglamento de Registro de Entidades Técnicas aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2005-VIVIENDA; para su mejor operatividad; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el artículo 10º y el artículo 11º, del Reglamento de Registro de Entidades Técnicas del Programa Techo Propio, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2005-VIVIENDA. “Artículo 10º.- Documentación Requeridaa. Presentar una solicitud de inscripción al Registro de Entidades Técnicas del Programa Techo Propio, en formulario oficial. (Anexo 1) b. Declaración jurada, en formulario oficial, sobre la veracidad de datos consignados, firmada y sellada por la persona natural o por el(los) representante(s) legal(es) de la persona jurídica. (Anexo 2) c. En el caso de personas naturales, presentar: - Copia del documento de identidad del promotord. En el caso de personas jurídicas, presentar:- Constitución de la Empresa - Poder(es) del(los) representante(s) legal(es) vigente(s) con una antigüedad no mayor a treinta (30) días. - Copia del(los) documento(s) de identidad del(los) representante(s) legal(es). e. Certificado de habilidad vigente del Colegio de Ingenieros del Perú o Colegio de Arquitectos del Perú del profesional responsable del equipo de trabajo. f. Carta de compromiso, a trabajar con todos los profesionales que conforman el equipo. (Anexo 3) g. Documentos que acrediten la experiencia presentada: contratos, actas de recepción, certificados de trabajo o currículum vitae de la empresa o profesional. h. Certificado de asistencia al curso taller sobre Mejoramiento de Vivienda y Construcción en Sitio Propio del Programa de Vivienda Techo Propio.” i. Información financiera de sus actividades de ser el caso, la misma que podrá ser presentada al momento de la inscripción o cuando le sea solicitada. j. Suscribir un compromiso de cumplimiento deobligaciones, que sea extensivo para todos los proyectos que presente dentro del marco del Programa Techo Propio. (Anexo 4) Las personas que suscriban la referida, asumen la responsabilidad sobre la veracidad y exactitud de la información y documentación que presentan, conscientes de los efectos previstos por la Ley y por los casos de fraude y falsedad.” “Artículo 11º .- Recepción del expediente Los expedientes se presentarán en original y una (1) copia en la Gerencia de Operaciones del FMV o en las oficinas del Proyecto Techo Propio en el ámbito nacional. La Gerencia de Operaciones del Fondo MIVIVIENDA luego de verificar la documentación presentada, remitirá el expediente original al Comité Ejecutivo, quien a su vez remitirá los mismos al Comité Técnico para su evaluación. Toda documentación, que se adjunta al expediente en fecha posterior al registro del proyecto levantando observaciones o presentando alguna modificación del mismo, será presentada directamente al Comité Ejecutivo, a través del VMVU.” Regístrese, publíquese y cúmplase.RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 21218 Aprueban Reglamento Interno de Trabajo del CONATA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2005-VIVIENDA Lima, 14 de diciembre de 2005 Que, mediante Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se estableció que el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, es un Organismo Público Descentralizado adscrito a este Sector; Que, la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA de fecha 9 de setiembre de 2002, establece que el Consejo Nacional de Tasaciones, entre otros organismos y empresas del Sector, se encuentran bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2003- VIVIENDA, de fecha 6 de octubre 2003, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, en el que se establece entre otras funciones, proponer al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la aprobación de su Reglamento Interno de Trabajo; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Reglamento Interno de Trabajo del Consejo Nacional de Tasaciones; De conformidad con la Ley Nº 27792, Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 026-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento Interno de Trabajo - RIT del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, que consta de sesenta y tres (63) artículos y cuatro (4) Disposiciones Complementarias y Finales, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Reglamento de Asistencia y Permanencia del Consejo Nacional de Tasaciones que fuera aprobado mediante Resolución Directoral Nº 014-95- MTC-9320, de fecha 11 de julio de 1995. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 21219