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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 306236 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de diciembre de 2005 Que tomando en cuenta que la participación de Magistrados en eventos de capacitación, repercute en beneficio de la administración de Justicia y por ende a un adecuado servicio a los usuarios, es que este despacho convoca a los señores magistrados, citados en la relación adjunta, a concurrir al mencionado evento, teniéndose en cuenta que no afectará el normal desarrollo del despacho judicial; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90º del mismo cuerpo de normas; SE RESUELVEArtículo Primero.- CONVOCAR la participación de los señores Magistrados, según lo señalado en relación adjunta, al Tercer Taller de debates denominado “Aproximación a la problemática de los Procesos Penales con Reos en Cárcel”, el mismo que se llevará a cabo los días 16 y 17 de diciembre del año en curso. Artículo Segundo.- PONER el contenido de la presente Resolución, a conocimiento de la Corte Suprema de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Jefatura de Administración Distrital y de la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Relación de Magistrados participantes 1. María A. Zavala Valladares Presidenta de la Corte Superior de Lima 2. Carmen Rojjasi Pella 3. Carlos Escobar Antezano 4.Juan Pablo Quispe Alcalá 1ra. Sala Penal Reos 5.Ana Espinoza Sanchezen Cárcel 6.Hermilio Vigo Zevallos 7.Hernan Saturno Vergara 8. Wills Anselmo Hugo Gonzales Muñoz 9. Julio Enrique Biaggi Gómez 2da. Sala Penal Reos Vocales Superiores 10.Andrés Paredes Lauraen Cárcel de Reos en Cárcel 11.Malzon Urbina La Torre 12.Carlos Augusto Manrique Suarez 13.Walter Julio Peña Bernaola 14. Josué Pariona Pastrana 15.Manuel Carranza Paniagua 16.Raúl Acevedo Otrera 3ra. Sala Penal Reos 17.Arturo Zapata Carvajalen Cárcel 18.Maria Teresa Ynoñan De Timarchi 19.Demetrio Ramirez Descalzi 20. Carlos Ventura Cueva 21.Saul Peña Farfan 4ta. Sala Penal Reos 22.José De Vinatea Vara Cadilloen Cárcel 23.Luisa Napa Levano 24.Rosa Sotelo Palomino 25.Martha Vargas Gonzales 26.José Antonio Neyra Flores 6ta. Sala Penal Reos Libres 27.Víctor Prado Saldarriaga Vocales Titulares - 28Ivan Sequeiros Vargas Sala Penal Especial –Catedráticos 29Pablo Talavera ElgueraSala Nacional de Terrorismo [invitados]30Ricardo Brousset Salas 31Susana Castañeda Otsu 32Flor de Maria Deur Moran 3er. Juzgado Penal 33Ruth Monge Guillerguia 4to. Juzgado Penal 34Uriel Estrada Pezo 18vo. Juzgado Penal 35Norma Carvajal Chavez 24vo. Juzgado Penal 36Sonia Pacora Portella 28vo. Juzgado Penal 37José Luis Carrasco Barolo 32do. Juzgado Penal 38Yolanda Gallegos Canales 34vo. Juzgado Penal 39Patricia Giselle Oversluijs Razzeto 38vo. Juzgado Penal Jueces Penales 40Cecilia Polack Baluarte 44to. Juzgado Penalde Reos en Cárcel 41Sergio Casana Bejarano 45to. Juzgado Penal 42Myriam Elba Jaqui Mendoza 46to. Juzgado Penal 43Luís Alberto Quispe Choque 48vo. Juzgado Penal 44Toribio Juan Carlos Pomar Arias 49no. Juzgado Penal 45Marco Aurelio Tejada Ortiz 50mo. Juzgado Penal 46Laura Lucho D’isidoro 51ro. Juzgado Penal 47Ana Vásquez Bustamante 52do. Juzgado Penal 48Isaias Jose Ascencio Ortiz 1er. Juzgado Penal de Cañete 21226 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Aprueban Directiva "Ejercicio del Control Preventivo por los Órganos deControl Institucional" RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 528-2005-CG Lima, 13 de diciembre de 2005 VISTO; la Hoja de Recomendación Nº 083-2005-CG/ OCI, de la Gerencia de Órganos de Control Institucional, mediante la cual se propone la aprobación de la Directiva sobre el ejercicio del Control Preventivo por los Órganos de Control Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 82º de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República, goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica, y tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, tiene como objeto propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la finalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en beneficio de la Nación; Que, el artículo 6º de la mencionada Ley Orgánica establece que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los