Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2005 (15/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 15 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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lineamientos de politica y planes de accion, evaluando los sistemas de administracion, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a traves de la adopcion de acciones preventivas y correctivas pertinentes; Que, asimismo, la citada Ley Nº 27785, en el articulo 8º establece, que se entiende por control externo el conjunto de politicas, normas, metodos y procedimientos tecnicos que compete aplicar a la Contraloria General de la Republica u otro organo del Sistema por encargo o designacion de esta, con el objeto de supervisar, vigilar y verificar la gestion, la captacion y el uso de los recursos y bienes del Estado, el cual, y en concordancia con sus roles de supervision y vigilancia, podra ser preventivo o simultaneo, cuando se determine taxativamente por la Ley o por normativa expresa, sin que en ningun caso conlleve injerencia en los procesos de direccion y gerencia a cargo de la administracion de la entidad, o interferencia en el control posterior que corresponda: Que, en dicho contexto, el articulo 28º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG modificado por Resoluciones de Contraloria Nos 014 y 047-2004CG, ha establecido como funcion de los Organos de Control Institucional, entre otros, efectuar control preventivo sin caracter vinculante, al mas alto nivel de la entidad con el proposito de optimizar la supervision y mejora de los procesos, practicas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinion que comprometa el ejercicio del control posterior que le corresponde; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 14º de la Ley Nº 27785, el ejercicio del control gubernamental se efectua bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloria General, en su calidad de ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos tecnicos correspondientes a su proceso; Que, en consecuencia, a fin de fortalecer el rol preventivo del control gubernamental, resulta necesario establecer las disposiciones, lineamientos y criterios destinados a regular el ejercicio del control preventivo por parte de los Organos de Control Institucional, con el proposito de contribuir a la mejora de la gestion de las entidades sujetas a control; En uso de las atribuciones establecidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 001-2005CG/OCI-GSNC, "Ejercicio del Control Preventivo por los Organos de Control Institucional", la cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion de Sub Contralor Nº 021-2001-CG, que aprueba la Directiva Nº 06-2001-CG "Participacion y Suministro de Informacion de los Organos de Auditoria Interna en los Actos Publicos de Otorgamiento de Buena Pro en los Procesos de Adquisiciones y Contrataciones", asi como las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Tercero.- La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

control preventivo por parte de los Organos de Control Institucional - OCI, que coadyuven en el mantenimiento de una actitud vigilante respecto del desempeno de la funcion publica. II. FINALIDAD 1. Promover el ejercicio del control preventivo a traves del OCI para contribuir en la mejora de la gestion en las entidades bajo el ambito del Sistema Nacional de Control. 2. Impulsar el fortalecimiento del control interno en las entidades para el eficiente, transparente y MORDAZA ejercicio de la funcion publica en el uso de los recursos del Estado y la observancia del MORDAZA legal, de conformidad con lo previsto por el Plan Estrategico de la Contraloria General de la Republica. III. ALCANCE Las disposiciones de la presente Directiva son de aplicacion a: a) Los titulares, o quienes MORDAZA sus veces, de las entidades sujetas al ambito del Sistema Nacional de Control, dentro de los alcances de los literales a), b), c), d) y e) del articulo 3º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, asi como de las empresas en las que el Estado tenga una participacion accionaria total o mayoritaria a que refiere el literal f) del citado articulo 3º. b) Los Organos de Control Institucional de dichas entidades, MORDAZA estas ultimas de caracter sectorial, regional, local, institucional o se regulen por cualquier otro ordenamiento organizacional, de conformidad con el articulo 13º, literal b) de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica. c) La Gerencia de Organos de Control Institucional y las Unidades Organicas de la Contraloria General, segun su competencia. IV. BASE LEGAL - Constitucion Politica del Peru 1993, articulo 82º. - Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y sus modificatorias. - Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y sus modificatorias. - Ley Nº 27588 - Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores publicos, asi como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual. - Decreto Supremo Nº 019-2002-PCM Reglamento de la Ley Nº 27588 que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores publicos, asi como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual. - Plan Estrategico de la Contraloria General de la Republica periodo 2004-2006 - Resolucion de Contraloria Nº 387-2003-CG, y sus modificatorias. - Resolucion de Contraloria Nº 367-2003-CG Reglamento de Infracciones y Sanciones, y normas modificatorias. - Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG Reglamento de los Organos de Control Institucional y sus modificatorias. - Resolucion de Contraloria Nº 368-2003-CG Directiva Nº 003-2003-CG/AC "Normas de Transparencia en la Contraloria y Desempeno de los Funcionarios y Servidores de la Contraloria General de la Republica y de los Organos de Control Institucional". - Resolucion de Contraloria Nº 077-99-CG - Codigo de Etica del Auditor Gubernamental. - Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG Normas de Control Interno para el Sector Publico y normas modificatorias. - Resolucion de Contraloria Nº 162-95-CG Normas de Auditoria Gubernamental, y normas modificatorias.

DIRECTIVA Nº 001-2005-CG/OCI-GSNC "EJERCICIO DEL CONTROL PREVENTIVO POR LOS ORGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL" I. OBJETIVO Establecer las disposiciones, lineamientos y criterios destinados a regular, orientar y fortalecer el ejercicio del

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