Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2005 (15/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, jueves 15 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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tos de fecha 13 de diciembre de 2005, emitidos por el Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 0005-2005INPE/U.E.001 "Adquisicion de Equipos para el Sistema de Seguridad Electronica", por los cuales se propone la cancelacion de los items Nºs. 1 y 2, el Oficio Nº 24872005-INPE/10 de la Oficina General de Administracion; y, Oficio Nº 855-2005-INPE/06 de la Oficina General de Asesoria Juridica, ambos documentos de fecha 13 de diciembre de 2005. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 027-2005INPE/P de fecha 14 de enero de 2005, se modifico el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Instituto Nacional Penitenciario para el Ano Fiscal 2005, entre los cuales se encuentra incluida la LP "Adquisicion de Equipos para el Sistema de Seguridad Electronica", con un valor referencial de S/. 4´824,341.70 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 70/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Oficio Nº 009-2005-INPE/CEAESSE de fecha 13 de diciembre de 2005, la Presidenta del Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 0005-2005INPE/U.E.001, remite a la Oficina General de Asesoria Juridica el recurso de apelacion interpuesto por el consorcio UNIVERSAL TRADING S.A. & SMITHS DETECTION MONTREAL INC., participantes en el item Nº 1: Adquisicion de Equipos Detectores por Rayos X, contra el acto de MORDAZA de propuestas, el cual se realizo el dia 12 de diciembre del presente ano, debido a que el referido colegiado deniega su propuesta al no haber acreditado debidamente al apoderado comun; Que, mediante Informe Nº 001-2005-INPE/CEAESSE de fecha 13 de diciembre de 2005, el Comite Especial del presente MORDAZA de licitacion, pone en conocimiento de la Presidencia la apelacion mencionada en el considerando precedente, ademas de indicar que de la evaluacion de las Propuestas Tecnicas relacionadas al item Nº 2: Detectores de Metal, de la evaluacion de las Bases Originales y las Bases Integradas existe un error material al haberse consignado la palabra MORDAZA en lugar de minimo, al referirse al sub-item 2.2 Paletas Portatiles detectoras de metal, las cuales debian contar con un peso minimo de 450 gr. y no como se integro en las Bases, hecho que se encuentra corroborado con el Informe Nº 016-2005-CDG, debidamente sustentado por el Asesor Tecnico designado para este proceso; Que, debido a estos hechos el Comite Especial en sesion de fecha 13 de diciembre de 2005, considerando que la Entidad respecto a la apelacion interpuesta por el referido consorcio participante en el item Nº 1, cuenta con un plazo de 8 dias para resolverla, mas 5 dias para que quede consentido dicho acto administrativo, sumando un total de 13 dias habiles, llegandose al 30 de diciembre de 2005 para la apertura del sobre economico y otorgamiento de la Buena Pro, sin considerar que el consorcio impugnante pueda recurrir al CONSUCODE, para presentar recurso de revision, extendiendo el MORDAZA y la ratificacion del otorgamiento de la Buena Pro para el proximo ejercicio fiscal 2006, situacion que impediria la afectacion del presupuesto asignado para el ano fiscal 2005, y por ende la perdida de dichos recursos a nuestra Institucion, que ademas observandose el error material en las Bases Integradas del item Nº 2, el mismo que seria materia de observacion, decide por unanimidad informar al Titular del Pliego los hechos referidos, asi como las consecuencias de lo expuesto, toda vez que estas impugnaciones generarian una dilacion hasta el proximo ano, constituyendo estos motivos las razones de fuerza mayor que afectan el desarrollo de los demas items integrantes de la Licitacion Publica Nº 0005-2005INPE/U.E.001; Que, mediante Oficio Nº 2487-2005-INPE/10 de fecha 13 de diciembre de 2005, la Oficina General de Administracion remite a la Presidencia, el Oficio Nº 24872005-INPE/10 por el cual concluye la Oficina de Logistica que la Licitacion Publica MORDAZA referida, no se podra adjudicar en el presente ejercicio presupuestal, debido a que la MORDAZA del recurso de apelacion del consorcio integrado por las empresas UNIVERSAL TRADING DEL PERU S.A. y MORDAZA DETENTION MONTREAL INC., genera razones de fuerza mayor que

afectan la adquisicion de dichos bienes en el presente ano; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica a traves del Oficio Nº 855-2005-INPE/06 de fecha 13 de diciembre de 2005, informa que es legalmente procedente la cancelacion de los items 1 y 2 de la L.P. Nº 0005-2005INPE/U.E.001, debido a que la misma se sustenta en el articulo 34º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, por los motivos de fuerza mayor sustentados por la Oficina General de Administracion y el Comite Especial a cargo de dicho MORDAZA, considerando ademas lo establecido en los articulos 79º y 86º del Reglamento de la MORDAZA acotada, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, por intermedio de los cuales se establece que los items integrantes de cualquier MORDAZA de seleccion, constituyen un MORDAZA menor dentro del principal, siendo posible la aplicacion en el presente caso, de las reglas correspondientes a la referida Licitacion Publica, para lo cual esta decision debe ser debidamente motivada y comunicada al dia siguiente por escrito al Comite Especial, con las formalidades que la MORDAZA establece, registrando la misma en el SEACE e informando a los participantes en el MORDAZA de seleccion; Que, al estar acreditada la situacion de fuerza mayor, prevista en el articulo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, que senala que "En cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, la entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito (...)", debiendo formalizarse dicha cancelacion mediante la correspondiente Resolucion Presidencial debidamente sustentada; Que, mediante los documentos MORDAZA senalados se sustenta la cancelacion de los items Nºs. 1 y 2 integrantes del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 00052005-INPE/U.E.001 "Adquisicion de Equipos para el Sistema de Seguridad Electronica", toda vez que por fuerza mayor no se podra adquirir dichos bienes durante el presente ejercicio presupuestal; Estando a lo solicitado por el Comite Especial de la referida Licitacion Publica y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CANCELAR, los items Nºs. 1 y 2 el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 0005-2005-INPE/ U.E.001 "Adquisicion de Equipos para el Sistema de Seguridad Electronica", segun se detalla en el siguiente cuadro, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendo continuarse con el desarrollo del referido MORDAZA de licitacion en los demas items que la integran.
iTEM 1. 1.1 DESCRIPCION EQUIPOS DETECTORES POR RAYOS X 5 EQUIPOS DE RAYOS X PARA REVISION DE SACOS, MORDAZA, PAQUETES DE ALIMENTOS FRESCOS, CONGELADOS. S/. 271, 227.72 S/. 4´186,100.28 UNITARIO TOTAL

1.2

13 EQUIPOS DE RAYOS X PARA REVISION DE BULTOS, BOLSAS, ENVASES CON ALI- S/. 217,689.36 MENTOS PREPARADOS, CAJAS. DETECTORES DE METAL 20 MORDAZA DETECTORES DE METAL ALTO MORDAZA 22 PALETAS PORTATILES DETECTORES DE METAL S/. 11,512.85 S/. 246,329.76 S/. 730.58

2. 2.1 2.2

Articulo 2º.- DISPONER que la Oficina General de Administracion publique la presente cancelacion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, del Consejo Superior de

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