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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (19/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G36/G36/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de diciembre de 2005 y Vigilancia del Ministerio de la Producción y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de laProducción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 21396 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65 /G72/G65/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G36/G31/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G50/G52/G4F/G44/G55/G43/G45/G2F/G44/G4E/G45/G50/G50 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 414-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 12 de diciembre del 2005 Visto el escrito de registro Nº 00033605 de fecha 26 de octubre del 2005, presentado por EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 261-2005- PRODUCE/DNEPP de fecha 5 de octubre del 2005, se declaró improcedente la solicitud presentada por la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C., sobreel cambio del titular de permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "VIVERE" de matrícula Nº CO-11940-PM, por cuanto a través del OficioNº V.200-143 de fecha 31 de marzo del 2005, el Director de Control de Intereses Acuáticos de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministeriode Defensa informa que según el Certificado Nacional de Arqueo Nº 243-97-A, la mencionada embarcación consigna un Arqueo Neto de 82.36 que equivale a328.99 m 3 de capacidad de bodega, la misma que en la actualidad se encuentra vigente, contraviniendo lo dispuesto por el artículo 34º del Reglamento de la LeyGeneral de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, al no ser posible transferir el permiso de pesca en los mismos términos y condiciones enque fue otorgado, por haberse producido una variación en la capacidad de bodega de la mencionada embarcación; Que mediante el escrito del visto, la recurrente interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral citada en el considerandoprecedente, alcanzando en calidad de nueva prueba la copia simple de la solicitud de certificado de arqueo, a fin de sustentar su recurso interpuesto; Que de la evaluación a la documentación presentada así como lo argumentado por la recurrente se establece que, en lo concerniente a la solicitud de certificado dearqueo presentado en calidad de prueba nueva no contiene algún elemento que desvirtúe la validez y certeza del Certificado Nacional de Arqueo Nº 243-97-A y elCertificado de Matrícula de Naves expedido por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del 6 de octubre del 2005, manteniéndose el fundamentoestablecido en la Resolución materia de impugnación, por lo que el Recurso de Reconsideración interpuesto deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 366-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinión favorable del Área Legal Pesquera Acuícola a través de su Informe Nº 00112-2005-PRODUCE/ALPA; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 207º y 208º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y porel literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. contra la ResoluciónDirectoral Nº 261-2005-PRODUCE/DNEPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a lasDirecciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarseen el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 21397 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 966-2005/MINSA Lima, 16 de diciembre del 2005 Vista la renuncia presentada por el licenciado en administración José Gerardo Zapata Mena y el OficioNº 2773-2005-OGPE; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 126-2005/ MINSA, de fecha 16 de febrero de 2005, se designó al licenciado en administración José Gerardo Zapata Mena, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutivade Organización de la Oficina General de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud; Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada y designar a la profesional propuesta; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de laCarrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el licenciado en administración José Gerardo ZAPATA MENA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Organización de la Oficina General dePlaneamiento Estratégico del Ministerio de Salud, Nivel F-4, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la licenciada en administración Ana María LEÓN MESCUA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva deOrganización de la Oficina General de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud, Nivel F-4. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 21446