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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G36/G37/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de diciembre de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente la adquisición de Suministros de Alimentos Preparados para internos,niños, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Sentenciados, Máxima Seguridad y Mujeres de Picsi de la DirecciónRegional Norte Chiclayo, por el período de cuarenta y tres (43) días calendario a partir de la fecha de la presente Resolución, mientras concluye el proceso de seleccióny se perfeccione el contrato respectivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º. - EXONERAR a la Dirección Regional Norte Chiclayo, del requisito de Licitación Pública para la adquisición de Alimentos Preparados a que se refiere elartículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º. - AUTORIZAR a la Dirección Regional Norte Chiclayo, para la adquisición de Suministros deAlimentos Preparados para los internos, niños, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Sentenciados,Máxima Seguridad y Mujeres de Picsi de la Unidad Ejecutora 003: Dirección Regional Norte Chiclayo, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DIAS TOTAL S/. 1 E.P.S. VARONES PICSI 43 135,600.50 2 E.P. MAXIMA SEGURID AD PICSI 43 5,117.00 3 E.P. MUJERES PICSI 43 2,322.00 TOTAL 143,039.50 Dicha autorización es por el período de cuarenta y tres (43) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situación de Desabastecimiento Inminente prevista enel artículo precedente debiendo de adquirir los alimentos preparados mediante procesos de adjudicación de Menor Cuantía bajo responsabilidad, según corresponda, conestricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, adoptando todas las providencias quepermitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º. - COMUNICAR a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contratacionesy Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º. - DISPONER que la Oficina General de Auditoría inicie de las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuraciónde la Situación de Desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6º. - REMITIR copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fines deLey. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA PresidenteInstituto Nacional Penitenciario 21433 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 664-2005-INPE/P Lima, 15 de diciembre de 2005 VISTOS, el Oficio Nº 749-2005-INPE/20, que adjunta el Informe Técnico Legal Nº 004-2005-INPE/20.05.04, ambos de fecha 2 de diciembre de 2005, de la DirecciónRegional Sur Oriente Cusco, por el que solicita se declare en Situación de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Alimentos Preparados para elEstablecimiento Penitenciario de Sentenciados Quenccoro Varones y Mujeres de su Jurisdicción, OficioNº 2462-2005-INPE/10 de fecha 12 de diciembre de 2005, suscrito por la Oficina General de Administración, e Informe Nº 410-2005-INPE/06 de fecha 13 de diciembrede 2005, de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDOQue, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciariaproporciona al interno la alimentación preparada que cumpla con las normas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud, concordante conel artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 004-2005- INPE/20.05.04 de fecha 2 de diciembre de 2005, la Dirección Regional Sur Oriente Cusco informa que el 01 de julio de 2004, se otorgó la Buena Pro a la empresa LAFAVORITA SRL, en el Rubro II de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2004-INPE/21, Segunda Convocatoria para la “Adquisición de alimentos preparados para losEstablecimientos Penitenciarios de Quenccoro Varones y Mujeres de la Dirección Regional Sur Oriente Cusco", firmándose el respectivo contrato el 31 de agosto de2004, por el monto de S/. 689,797.50 Nuevos Soles, el cual con fecha 30 de julio de 2005 fue ampliado hasta por un 30% del monto original; refiere además que el 01 deoctubre de 2004, se suscribió un contrato con doña ROSA NAYHUA VIZA, por el monto de S/. 48,000.00 Nuevos Soles, para la provisión de alimentos preparadospara el personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Sentenciados Quenccoro Varones y Mujeres del Cusco, realizándosecon fecha 10 de agosto de 2004, una ampliación del contrato hasta por el 30% del monto original; Que, de otro lado mediante Informe Nº 049-2005- INPE/20.05.LOG de fecha 2 de diciembre de 2005, la Unidad de Recursos Materiales y Servicios de la Dirección Regional Sur Oriente Cusco, refiere que através de la Resolución Directoral Nº 155-2005-INPE/20 de fecha 18 de julio de 2005, se designó al Comité Especial para llevar a cabo la Licitación Pública Nº 0001-2005-INPE/20 para el "Suministro de Alimentos Preparados para internos, niños, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los EstablecimientosPenitenciarios de Sentenciados Quenccoro Varones y Mujeres del Cusco", incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobadopor Resolución Presidencial Nº 068-2005-INPE/P de fecha 26 de enero de 2005; habiéndose convocado dicho proceso el 22 de agosto de 2005, siendo el caso que confecha 17 de setiembre de 2005 el postor LA FAVORITA S.R.L. solicita que las observaciones a las Bases Administrativas sean elevadas al CONSUCODE, quiencon fecha 10 de octubre de 2005, emite el Pronunciamiento Nº 282-2005/GTN, acogiendo la observación de la empresa, por lo que el Comité Especialmodifica el calendario del citado proceso de selección, realizándose la presentación de propuestas el 31 de octubre de 2005, otorgándose la Buena Pro alCONSORCIO LA CHOMBA AJA WASI, el 2 de noviembre de 2005; sin embargo con fecha 08 de noviembre de 2005, el CONSORCIO COMERCIAL TRES ESTRELLASS.A. - CEDAQUI S.R.L. interpone recurso de apelación contra la etapa de calificación del expediente técnico del referido proceso, el mismo que a través de la ResoluciónDirectoral Nº 265-2005-INPE/20 de fecha 18 de noviembre de 2005, la Dirección Regional Sur oriente Cusco declara la nulidad de oficio, retrotrayendo elproceso de selección, a la etapa de evaluación de propuestas técnicas y económicas; Que, asimismo, la indicada Unidad de Recursos Materiales y Servicios informa que el Comité Especial ha señalado para el día 5 de diciembre de 2005 la evaluación de los sobres técnicos - económicos y el otorgamientode la Buena Pro, indica además que se pueden presentar impugnaciones al proceso de selección, siendo necesario que se declare en situación de urgencia el suministro dealimentos; además indica que la Dirección de Planificación a través del Oficio Nº 162-2005-INPE/20.03 de fecha 30 de noviembre de 2005, ha señalado que se cuenta con